Expte. Nº 3.547/09.
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.807/08 y la prórroga establecida mediante Ordenanza Nº 1.827/09 .
La Ordenanza Nº 1.415/99 (Código Tributario Municipal ) y Ordenanzas complementarias.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo informa que los contribuyentes se han acercado masivamente al municipio formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.
Que ante tan masiva respuesta y por los numerosos pedidos efectuados por quienes todavía no han podido regularizar su situación tributaria, manifestando su real intención de acogerse a los beneficios de la normativa vigente, mencionada en los Vistos, se torna imprescindible una nueva prórroga de
Que la actual situación económica del país justifica esta necesidad de prórroga, otorgándole posibilidades a los contribuyentes de revertir su situación tributaria ante el municipio
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.839/2009
ART. 1º) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles (Ordenanza Nº 1.807/08 ), desde el día 30 de mayo hasta el 31 de julio de 2.009.
ART. 2º) Dese amplia difusión a lo establecido en la presente para conocimiento de los contribuyentes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de mayo de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale