Expte. Nº  4.512/12.

VISTO:

La problemática de la inseguridad urbana.

La Ley N° 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que la comunidad necesita de herramientas para acompañar la acción del gobierno municipal y provincial cuando intenta implementar distintos sistemas de coordinación y colaboración, que centran sus bases en los principios de solidaridad comunitaria orientada a la prevención del delito.

Que las llamadas "alarmas comunitarias" o cualquiera de los sistemas similares que se han implementado en otras localidades a lo largo del territorio nacional han surtido efectos positivos.

Que dichas alarmas son un sistema solidario que funciona con la participación activa de los vecinos en todos los eventos de emergencia conjuntamente con los equipos de seguridad pública de la Ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2051/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que autorice la instalación de "alarmas comunitarias"; cuando los vecinos así lo requieran.

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal pondrá a disposición de los vecinos y de las Asociaciones Vecinales los espacios físicos municipales para realizar charlas y talleres con participación de una persona representando al municipio y otra persona miembro de la CAS y empresas proveedoras de dichos equipos para capacitarlos en como y cuando usar las alarmas, como así también, como definir los procedimientos y planes de acción frente a una situación de emergencia, ya sea robos, incendios o accidentes.

 

ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal permitirá la colocación de dichas alarmas en los postes de alumbrado público y su conexión a dicha red, si fuera necesario para su óptimo funcionamiento.

 

ART. 4º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá tramitar ante la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda. el permiso necesario para instalar los equipos que forman parte de las alarmas comunitarias elegidas por los vecinos, si así se lo requiere en las columnas que pertenezcan a éstas.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. 4506/12.

VISTO:

            La Ley Nº 2.756,

El Expte. Nº 4504/12,

La visita del Secretario de Transporte de la Nación a nuestra ciudad y su reunión con autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal, y

 

CONSIDERANDO:

Que, dada la trascendencia del proyecto y en atención al hecho de que resulta imposible para las arcas municipales afrontar una iniciativa de esta magnitud, el Sr. Intendente Municipal se encuentra  realizando gestiones para concretar una obra ferro-urbanística que conecte la zona de calle Garay y Av. J. D. Perón hacia Stephenson, y viceversa.

Que, como se explica en los Considerandos del Expediente Nº 4504/12, el tráfico vehicular «ha aumentado considerablemente en el último tiempo, volviéndose necesario planificar y gestionar obras que ayuden a mejorar la circulación por las arterias de la ciudad, descomprimiendo el tránsito»

Que es un hecho que en la mencionada zona «no es posible cruzar hacia calle Stephenson, al otro lado de las vías del ferrocarril y que sería importante para la ciudad contar con un paso “bajo a nivel” que permita conectar las mencionadas arterias, estando además dicha zona libre para realizar una obra de estas características» y que un paso “bajo a nivel” sería sumamente beneficioso para el correcto funcionamiento del tránsito «al evitar la interrupción del mismo cuando las barreras de un simple paso a nivel se encuentran bajas, como es el caso sobre Av. San Martín».

 Que, además de aliviar la carga de tránsito vehicular sobre Av. San Martín, un paso que conecte Stephenson con Av. J. D. Perón garantizaría «la circulación de vehículos de urgencia tales como ambulancias y móviles policiales dado que cuando las barreras se encuentran bajas sobre Av. San Martín, dos grandes zonas de la ciudad quedan virtualmente desconectadas al ser el bajo a nivel de calle Nogués el único en la ciudad».

Que «es de público conocimiento que se han hecho obras similares en otras ciudades, como por ejemplo Pergamino, dándose muestra de la factibilidad de este tipo de trabajos».

Que este Cuerpo considera, finalmente, que es su deber estar al tanto de las gestiones que se estén llevando a cabo en torno a las obras para lograr un paso que conecte Av. J. D. Perón con Stephenson uniendo ambos lados de la ciudad y que, en tal sentido, es su prerrogativa instruir al Ejecutivo «la gestión ante los órganos superiores provinciales y nacionales correspondientes de obras puntuales que consideren de relevancia y que supongan un beneficio concreto para la ciudad».

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

D E C R E TO Nº 396/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal elevar a este Cuerpo Deliberante un informe detallando el estado en que se encuentran las gestiones para la obra de un Paso Bajo a Nivel que conecte, en la zona de calle Garay, Av. J. D. Perón con calle Stephenson.

 

ART. 2º) Dada la importancia del caso, el informe requerido en el artículo primero del presente será elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal en un plazo no superior a los 15 días hábiles a partir de la sanción del presente decreto.

 

ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

 

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Expte. Nº 4.472/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

La Ordenanza Nº 1.243/97 que refiere a la instalación de semáforos en diferentes arterias de la Ciudad.

Los reiterados accidentes de tránsito en Av. General Juan D. Perón y calle Edison.

El reclamo de vecinos, y

           

CONSIDERANDO:

Que Av. General Juan D. Perón es una de las principales arterias de la ciudad y que tiene una constante circulación vehicular durante todo el día, y que es uno de los principales ingresos a la ciudad para los vehículos que vienen desde Rosario por el sector Este de  nuestra Ciudad.    Que los vehículos que circulan por Av. General Juan D. Perón desarrollan velocidades muy altas, ya que el próximo semáforo se encuentra en la intersección con Bv. San Diego, volviéndose muy peligrosa la conducción de algunos automovilistas.

Que los automovilistas que transitan por calle Edison y quieren ingresar a Av. General Juan D. Perón, ven como una acción sumamente riesgosa esta maniobra, ya que la velocidad que desarrollan los vehículos que circulan por la avenida es un factor de riesgo y una causal de accidentes de tránsito.

Que es un área urbana y que cuenta con el agravante de que en la zona se encuentra  la Plaza del Ferroviario, donde muchas familias con niños concurren a realizar actividades de esparcimiento.

Que la Ordenanza Nº 1.243/97 refiere a la instalacion de semáforos en diferentes arterias de la ciudad, entre las que se encuentra la intersección de Av. General Juan D. Perón y calle Edison, que nunca fue ejecutado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Que se debe ordenar el tránsito vehicular en esa intersección para brindar mayor seguridad a los automovilistas y principalmente a los numerosos vecinos que concurren con sus niños a la Plaza del Ferroviario a realizar actividades recreativas, que son los que corren el mayor riesgo de sufrir accidentes de tránsito; siendo necesario que se efectúe un informe por personal idóneo en la materia para establecer la solución más conveniente en referencia a lo manifestado precedentemente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

D E C R E TO Nº 395/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría que corresponda, realice con el asesoramiento de personal técnico especializado en materia de seguridad vial, un estudio para determinar la factibilidad de la instalación de un semáforo en la intersección de la Av. General Juan D. Perón y calle Edison.

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Expte. Nº  4.509/12.

VISTO:

La Ley 2756.

El inmueble ubicado en calle Vélez Sarsfield Nº 843, y

           

CONSIDERANDO:

Que según información vertida por el Diario La Capital de Rosario de fecha 9 de agosto de 2012, se llevó a cabo un allanamiento solicitado por el Juzgado Federal Nº 3 de Morón, en un galpón ubicado en calle Vélez Sarsfield Nº 843 de nuestra Ciudad.

Que como resultado de dicho allanamiento, según manifiesta la misma fuente, se halló en el lugar materia prima y maquinaria de calidad para el armado y empaquetado de cigarrillos de diferentes marcas cuyo valor rondaría el millón de dólares.

Que la versión periodística aludida, hace referencia a la habilitación en dicho inmueble,  para funcionar como distribuidora de golosinas.

Asimismo, en el portal de noticias Rosario3.com con fecha 10 de agosto de 2012 el Secretario de Gobierno de la Municipalidad manifiesta que el día 4 de junio de 2012 se inicia un expediente administrativo donde se solicita la factibilidad para la elaboración de productos de tabaco.

Que es deber de este Concejo Deliberante requerir los informes necesarios para conocer  el estado de la habilitación municipal sobre la actividad desarrollada en el inmueble ubicado en calle Vélez Sarsfield Nº 843 de nuestra Ciudad.       

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

D E C R E TO Nº 394/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través del Área que corresponda, informe a este Cuerpo sobre el trámite municipal de habilitación correspondiente a actividades desarrolladas en el inmueble de calle Vélez Sarsfield Nº 843 de nuestra Ciudad.

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Expte. Nº  4.515/12.

VISTO:

La Ley 2756.

La nota presentada por la Fundación Roberto A. Rovere, elevada a este Concejo Deliberante por el Departamento Ejecutivo Municipal, y

 

CONSIDERANDO:

Que en la nota referida en los Vistos, la Fundación Roberto A. Rovere representada por su Pte. Sra. Sonia Rovere, conjuntamente con la Red de Mujeres Hacedoras de Villa Gobernador Gálvez, representada por su Vice Pte. Cintia Ríos Famoso, solicitan la sala de eventos de la Casa de la Cultura  para la realización de una campaña solidaria denominada “Los Niños por los Niños” el día 22 de septiembre de 2012, cuya finalidad  consiste en obtener fondos para comprar una bomba de infusión para el Hospital de Niños Zona Norte “Dr. Roberto Carra”, además de culminar  la sala de terapia intensiva del referido Centro de Salud.

Que asimismo, solicitan autorización para el cobro de una entrada de $ 20.- y que las personas que asistan al evento lleven un alimento no perecedero que será destinado a un comedor comunitario de Villa Gobernador Gálvez.

Que dentro del marco de la campaña solidaria “Los Niños por los Niños” se llevará a cabo una obra de teatro con la presencia de reconocidas figuras del espectáculo.

Que es necesario destacar la finalidad solidaria del evento, cuyo objetivo son los niños que asisten a dicho hospital.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

D E C R E TO Nº 393/2012

 

ART.1º) Autorízase a la Fundación “Roberto A. Rovere”,  conjuntamente con la Red de Mujeres Hacedoras de Villa Gobernador Gálvez, a utilizar la sala de eventos  de la Casa de la Cultura el día 22 de septiembre del corriente año para la realización de un espectáculo teatral, en el marco de la campaña solidaria denominada “Los Niños por los Niños”.

 

ART.2º) Autorízase a los organizadores del evento descripto en el Art. 1º al cobro de una entrada de $ 20.- (Pesos Veinte) cuya recaudación será destinada a la compra de una bomba de infusión para el Hospital de Niños Zona Norte “Dr. Roberto Carrá” de la Ciudad de Rosario; como así también, la concurrencia con un alimento no perecedero que será destinado a un comedor comunitario de nuestra Ciudad.

 

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Viernes, 07 Septiembre 2012 00:30

Ord. 2050/12 Deroga la Ordenanza 414/88

Expte. 4513/12.

VISTO:

            La Ley Nº 2.756.

La Ordenanza Nº 0414/88, actualmente caída en desuso.

La conmemoración anual del “Día Nacional del Inmigrante”, el 4 de Septiembre, y

 

CONSIDERANDO:

Que el 4 de Septiembre de 1812 el Primer Triunvirato sancionó un decreto cuyo texto rezaba: «el gobierno ofrece su inmediata protección a los individuos de todas las naciones y a sus familias que deseen fijar su domicilio en el territorio», abriendo así nuestra naciente República sus puertas a los inmigrantes de todos los rincones del globo.

Que el Proyecto de Argentina concebido fundamentalmente por la Generación del ’80 suponía una fuerte llegada de inmigrantes que poblaran nuestras inmensas tierras y que se convirtieran en la mano de obra necesaria para crecer.

Que, justamente, fue a partir de 1880 que se realzó fuertemente el carácter “aluvional” del poblamiento de nuestro país.

Que en todo el territorio nacional, y en particular en ciudades como la nuestra, con la llegada del ferrocarril y desarrollo de la industria frigorífica se ampliaron las corrientes inmigratorias que atrajeron numerosos hombres y mujeres a estas tierras.

Que Villa Gobernador Gálvez es un ejemplo de crecimiento de la mano de la inmigración y que es y sigue siendo fundamental, en tal sentido, cimentar el “sentimiento de pertenencia” de todos los vecinos hacia su ciudad, contando con que el recuerdo de fechas como ésta sean un paso más en pos de dicho objetivo.

Que, conviene recordar, aquellos inmigrantes (fundamentalmente europeos) que allá por fines del Siglo XIX y principios del XX se lanzaron hacia estas tierras venían escapando al hambre, la miseria y las desgracias y cargaban no sólo con esperanzas sino con un cúmulo de tradiciones, valores e identidades culturales que marcaron fuertemente su enraizamiento en estas tierras, así como los posteriores destinos de la patria.

Que allá por el año 1949 comenzó a festejarse formalmente el 4 de Septiembre como “Día Nacional del Inmigrante” a partir del Decreto Nº 21.430 del Poder Ejecutivo Nacional.

Que, en suma, esta conmemoración es un momento privilegiado para recordar a todos aquellos inmigrantes que llegaron a estas tierras al amparo de nuestra Constitución Nacional y de las palabras del Preámbulo que prometen «asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino».

  Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 2050/2012

 

 

ART. 1º) Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 0414/88 por encontrarse desactualizada.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

 

 

Expte. 4513/12.

VISTO:

            La Ley Nº 2.756.

La Ordenanza Nº 0414/88, actualmente caída en desuso.

La conmemoración anual del “Día Nacional del Inmigrante”, el 4 de Septiembre, y

 

CONSIDERANDO:

Que el 4 de Septiembre de 1812 el Primer Triunvirato sancionó un decreto cuyo texto rezaba: «el gobierno ofrece su inmediata protección a los individuos de todas las naciones y a sus familias que deseen fijar su domicilio en el territorio», abriendo así nuestra naciente República sus puertas a los inmigrantes de todos los rincones del globo.

Que el Proyecto de Argentina concebido fundamentalmente por la Generación del ’80 suponía una fuerte llegada de inmigrantes que poblaran nuestras inmensas tierras y que se convirtieran en la mano de obra necesaria para crecer.

Que, justamente, fue a partir de 1880 que se realzó fuertemente el carácter “aluvional” del poblamiento de nuestro país.

Que en todo el territorio nacional, y en particular en ciudades como la nuestra, con la llegada del ferrocarril y desarrollo de la industria frigorífica se ampliaron las corrientes inmigratorias que atrajeron numerosos hombres y mujeres a estas tierras.

Que Villa Gobernador Gálvez es un ejemplo de crecimiento de la mano de la inmigración y que es y sigue siendo fundamental, en tal sentido, cimentar el “sentimiento de pertenencia” de todos los vecinos hacia su ciudad, contando con que el recuerdo de fechas como ésta sean un paso más en pos de dicho objetivo.

Que, conviene recordar, aquellos inmigrantes (fundamentalmente europeos) que allá por fines del Siglo XIX y principios del XX se lanzaron hacia estas tierras venían escapando al hambre, la miseria y las desgracias y cargaban no sólo con esperanzas sino con un cúmulo de tradiciones, valores e identidades culturales que marcaron fuertemente su enraizamiento en estas tierras, así como los posteriores destinos de la patria.

Que allá por el año 1949 comenzó a festejarse formalmente el 4 de Septiembre como “Día Nacional del Inmigrante” a partir del Decreto Nº 21.430 del Poder Ejecutivo Nacional.

Que, en suma, esta conmemoración es un momento privilegiado para recordar a todos aquellos inmigrantes que llegaron a estas tierras al amparo de nuestra Constitución Nacional y de las palabras del Preámbulo que prometen «asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino».

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº 238/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de Interés Cultural Municipal la conmemoración del “Día Nacional del Inmigrante” el 4 de Septiembre y expresa su apoyo hacia todas las celebraciones que a propósito de dicha fecha se lleven a cabo en nuestra ciudad.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

 

 

Expte. Nº  4.510/12.

VISTO:

La Ley 2756 Art.39° Inc. 24 Inc.52, y

 

CONSIDERANDO:

Que en reunión con vecinos del sector comprendido por Pasaje 4 (del 1500 a 1700) y Pasaje 5 (del 1500 al 1700) ponen de manifiesto la necesidad de realizar un mejoramiento de dichas arterias.

Que es necesario nivelar, limpiar y zanjear dicho sector, mejorando el escurrimiento de los desagües pluviales para evitar inundaciones de las viviendas.

Que dichos pasajes están poblados y es importante para dichos vecinos obtener buenas vías de circulación, con el objetivo del buen acceso a las escuelas, comercios y Centro de Salud del barrio.

Que la falta de iluminación de dichos pasajes agrava la situación de inseguridad reinante en el sector.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1974/2012

 

ART. 1o) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, proceda a nivelar y compactar las calzadas comprendidas en Pasaje 4 y Pasaje 5 (desde la altura del 1500 a 1700) y mejorar el escurrimiento de los desagües pluviales para evitar anegamientos.

 

ART. 2º) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal mejorar la iluminación en el Pasaje 5 (del 1500 a 1700).

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de septiembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Expte. Nº 4.511/12.

VISTO:

La Ley 2756 Art.39°, y

 

CONSIDERANDO:

Que en la calle Buenamesson entre General Paz y Corrientes se encuentran baches de grandes proporciones imposibles de eludir.

Que en dicho sector se encuentran la Seccional N° 25 y frente a ella una escuela a la cual acceden numerosos alumnos, que se ve dificultado su tránsito de ambas manos.

Que la dificultad aumenta en los días de lluvia empeorando la situación de ingreso a la escuela.

Que es deber del municipio, la reparación y el mantenimiento de calles, para asegurar el tránsito de forma ordenada y segura.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1973/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante eleva al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras de mantenimiento en la calle Buenamesson entre Corrientes y General Paz.

 

 ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Expte. Nº 4.507/12.

VISTO:

Ley 2756, Art. 39, Inc.30 y

CONSIDERANDO:

Que en calle Unamuno a la altura del 2800 entre calle Int. Marino Bruno y Camino del Inmigrante se encuentra un inmenso pozo que obstruye el paso vehicular en dicha esquina.

Que se ha observado que cada vez que llueve es imposible cruzar la intersección mencionada.

Que es deber del departamento municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra cuidad a fin de bregar por una mejor calidad de vida a nuestros vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1972/2012

 

 ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamentos Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obra de bacheo en calles Unamuno entre calles Intendente Marino Bruno y Camino del Inmigrante.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de septiembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci