Expte. Nº 4.512/12.
VISTO:
La problemática de la inseguridad urbana.
CONSIDERANDO:
Que la comunidad necesita de herramientas para acompañar la acción del gobierno municipal y provincial cuando intenta implementar distintos sistemas de coordinación y colaboración, que centran sus bases en los principios de solidaridad comunitaria orientada a la prevención del delito.
Que las llamadas "alarmas comunitarias" o cualquiera de los sistemas similares que se han implementado en otras localidades a lo largo del territorio nacional han surtido efectos positivos.
Que dichas alarmas son un sistema solidario que funciona con la participación activa de los vecinos en todos los eventos de emergencia conjuntamente con los equipos de seguridad pública de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2051/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que autorice la instalación de "alarmas comunitarias"; cuando los vecinos así lo requieran.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal pondrá a disposición de los vecinos y de las Asociaciones Vecinales los espacios físicos municipales para realizar charlas y talleres con participación de una persona representando al municipio y otra persona miembro de
ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal permitirá la colocación de dichas alarmas en los postes de alumbrado público y su conexión a dicha red, si fuera necesario para su óptimo funcionamiento.
ART. 4º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá tramitar ante
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de septiembre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci