Expte.Nº 4.327/12.

VISTO:

La Ley 2756 Art. 39º Incs. 24 y 34 .

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que en calle Temporelli y San Nicolás, sobre los terrenos ferroviarios existe un basural al cruzar el paso a nivel peatonal, que conecta a calle Pueyrredón.

Que existe una garita deteriorada y la gente espera el transporte en medio de la basura desparramada sobre el suelo.

Que los vecinos se quejan por el olor nauseabundo de la basura y por las enfermedades que pueden padecer niños y adultos.

Que la canchita de futbol y los juegos para niños se encuentran abandonados sin mantenimiento y dado que es un populoso barrio de gran cantidad de familias con hijos, que quieren mantener las viejas costumbres de disfrutar el juego de los niños, y jóvenes.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1903/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través de la Secretaría que corresponda,  acondicionamiento y mantenimiento de la plaza y cancha de fútbol ubicada en calle Temporelli, en su intersección con calle San Nicolás.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a realizar las siguientes tareas en calle Temporelli en su intersección con calle San Nicolás:

-          Limpieza y colocación de carteles de prohibición de arrojar basura.

-          Mantenimiento de la garita de transporte de pasajeros sobre calle Temporelli

-          Acondicionamiento del paso peatonal que atraviesa las vías del ferrocarril con salida a calle Pueyrredón.   

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de abril de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº  4.322/12.

VISTO:

            La Ley 2756 Art. 39º Inc. 30, y

 CONSIDERANDO:

            Que en Av. General Juan D. Perón a la altura del 900 al 1000, existe una curva que comienza en 3 de Febrero hacia calle Nogués o viceversa siendo de gran peligrosidad por la cantidad de vehículos que circulan.

Que los que entran o salen de calle 3 de Febrero o por calle Nogués, tienen el riesgo de producir un accidente por la falta de visibilidad de ambas manos de Av. General Juan D. Perón.

Que se requiere con urgencia la colocación de reductores de velocidad por considerar que en dichas esquinas de 3 de Febrero y Av. General Juan D. Perón, existe una garita de parada de colectivo de la Línea 142 Negra y por tal motivo cruzan niños y adultos con el consiguiente peligro que ocasiona cruzar por la curva.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1902/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, estudie la factibilidad de la colocación de reductores de velocidad en la curva de Av. General Juan D. Perón a la altura del 900 al 1000.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de abril de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Expte.Nº 4.335/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39º Inc. 30.

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que en la esquina de las arterias formadas por Av. Filippini y Jean Jaures, con circulación al Sur por Jean Jaures, se encuentra un bache de amplias dimensiones, con acumulación de agua estancada.

Que los vecinos manifiestan su preocupación por el estado de deterioro del pavimento, con un riesgo permanente de accidentes agravado por la intensa circulación de vehículos particulares y de transporte público de pasajeros.

Que este Concejo Deliberante debe bregar por un mejoramiento en la calidad de vida de nuestros vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1901/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área que corresponda, proceda a realizar tareas de bacheo y mantenimiento en la esquina de Jean Jaures y Av. Filippini y en Av. Filippini al 1600.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2.012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte.Nº 4.331/12.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.

El Presupuesto General de Gastos.

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que en calle Chubut desde Av. San Martín hasta calle Alberdi se encuentra en muy mal estado para la transitabilidad de vehículos.

Que hay numerosos baches y hundimiento de loza del pavimento en diferentes tramos del sector antes mencionado.

Que dicha arteria tiene doble sentido de circulación y un continuo flujo de vehículos particulares y unidades de transporte de pasajeros de la empresa Rosario Bus.

Que el deterioro y falta de mantenimiento de la calzada hace muy dificultoso el tránsito.

Que se puede llegar a ocasionar algún tipo de accidente vial debido a las malas condiciones de esta arteria.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento del pavimento de las calles de nuestra Ciudad, para así tener un correcto ordenamiento en el tránsito y velar por una mejor y segura circulación vehicular.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1900/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través de la Secretaría que corresponda, tareas de reparación integral de calle Chubut entre Av. San Martín y calle Alberdi.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Expte.Nº 4.330/12.

VISTO:

 La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de Av. General Juan D. Perón y calle Garay se halla sobre la acera una tapa de boca de tormenta en muy malas condiciones, que está hundida produciendo un desnivel sobre la acera.

Que el cordón cuneta que la circunda se encuentra despegado y levantado de su base, y que numerosos transeúntes a diario caminan por el lugar antes nombrado.

 Que entre ellos se encuentran personas mayores, que las mismas muchas veces tienen problemas físicos para desplazarse, que pueden llegar a sufrir algún tipo de accidente debido al mal estado de la acera en ese sector.

Que es obligación del municipio la reparación y mantenimiento de las tapas de bocas de tormenta que se encuentran en los diferentes sectores de la ciudad a fin de evitar que se produzca algún tipo de daño físico sobre las personas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1899/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través del Área que corresponda, proceda a la reparación de la tapa de boca de tormenta y cordón cuenta que se encuentra en la intersección de Av. General Juan D. Perón y calle Garay de nuestra Ciudad.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte.Nº 4.314/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la Ordenanza Nº 2016/12 con fecha 02 de febrero de 2012 se autoriza la pavimentación de las calles: Richieri entre Soldado Aguirre y Temporelli, Nahuel Huapi entre Soldado Aguirre y Pasaje Capuchino y Carlos Pellegrini desde Nahuel Huapi hasta Richieri.

Que los vecinos de la mencionada zona, correspondiente a la Sección 15 ven la necesidad de extender el pavimento de la calle Carlos Pellegrini desde Richieri hasta Av. Pte. Raúl Alfonsín.

Que dicha arteria tiene salida rápida para la ciudad de Rosario y/o Alvear por Av. Pte. Raúl Alfonsín.

Que sobre calle Carlos Pellegrini se encuentra un club de fútbol infantil llamado Defensores de Newell’s y un comedor comunitario y muy cerca se encuentra el Cementerio San Lorenzo.

Que los vecinos reclaman la presente extensión del pavimento de la calle Carlos Pellegrini, por crecimiento del barrio y el tránsito de vehículos como entrada de ambulancias, policías, y transporte escolares, que en la actualidad no entran por las condiciones de dicha calle.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1898/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través de  la Secretaría que corresponda, un estudio de  factibilidad de la extensión del pavimento y/o carpeta asfáltica en caliente de 6 cm de espesor en la calle Carlos Pellegrini entre Richieri y Av. Pte. Raúl Alfonsín.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte.Nº 4.292/12.

VISTO:

            El estado del sumidero ubicado en Av. San Martín y Guido Spano.

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.

El Presupuesto General de Gastos.

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de la Av. San Martín y Guido Spano se halla un sumidero en malas condiciones, pudiendo el mismo causar cualquier tipo de accidente a las personas y vehículos que circulan por el lugar.

Que este es un lugar de transito peatonal y automotor intenso.

Que es deber del municipio la limpieza y mantenimiento de los sumideros de la ciudad para la erradicación de dichos problemas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1897/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través de la Secretaría que corresponda, tareas de reposición de la rejilla, reparación y mantenimiento del sumidero ubicado en la intersección de la Av. San Martín y Guido Spano.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte.Nº 4.293/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El reclamo de vecinos; y 

CONSIDERANDO:

            Que en la intersección de las calles Libertad y Ctda. 25 de Mayo, la falta de cartel de señalización indicando sentido único de circulación de calle Libertad hacia calle Rivadavia, ocasiona inconvenientes a los peatones y vehículos que circulan por el lugar.

            Que este es un lugar de tránsito peatonal y automotor intenso, debido a la presencia de Establecimientos Escolares que se encuentran en el sector.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1896/2012

           

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación  del cartel de señalización en la intersección de las calles Libertad y Ctda. 25 de Mayo, indicando sentido único de circulación de calle Libertad hacia calle Rivadavia.

ART.  2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº  4.369/12.

VISTO:

            La Ley 2756 Art. 39º Inc. 64.

La Ordenanza Nº 1.947/10 , y 

CONSIDERANDO:

 

            Que el 22 de abril se realizará el 5to. Campeonato Sudamericano Abierto de Artes Marciales, en donde se entregara la copa “Ciudad de Villa Gobernador Gálvez”.

 

Que se realizará en el mismo evento el 8vo. Desafío Internacional de Sanda que contará con atletas de Uruguay, Chile, Paraguay y Brasil.

 

Que la jornada deportiva organizada por Liga Garra de Águila de Argentina-Kung Fu-Wushu-Shuai Chiao contará con exhibiciones, categoría de formas, combate, sanda, palo corto, tai-chi y formas con armas.

 

Que este campeonato será un clasificatorio para el Campeonato del Mundo en Chile 2012.

 

Que es importante declarar a este evento de interés municipal ya que jerarquiza a la ciudad con la presencia de atletas internacionales.

 

Que el arte marcial es una fuente de fortaleza para la salud física y mental.

 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

 

 

DECLARACIÓN Nº 229/2012

 

 

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal al “5to. Campeonato Sudamericano Abierto de Artes Marciales” a realizarse el día 22 de abril en las instalaciones del Club Talleres R.P.B.”

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  19 de abril de 2012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº  4.352/12.

VISTO:

La Ley Nº 2.756,

La Ordenanza Nº 1.066/95

El 50º Aniversario de Villa Gobernador Gálvez como Ciudad, y

 

CONSIDERANDO:

Que 74 años después de su fundación, el 25 de Febrero de 1888, Villa Gobernador Gálvez, mediante el Decreto de la Provincia de Santa Fe Nº 3925/1962 firmado por el entonces gobernador el Doctor Carlos Silvestre Begnis, pasó a ser Ciudad el 12 de abril de 1962.

Que la ciudad nace con los tres poblados que se formaron alrededor de la Estación Coronel Aguirre (en el año 1886), la Estación Villa Diego (1910) y la radicación de la industria frigorífica (1924) formando Pueblo Nuevo.

Que con el desarrollo del ferrocarril y la industria frigorífica surgió una fuerte corriente migratoria que atrajo a aquellos que buscaban trabajo y progreso: primero, desde comienzos de siglo XX, llegaron principalmente inmigrantes europeos; luego, aproximadamente desde 1950, crecieron también las migraciones internas, dando ambas conjuntamente una particular identidad cultural a nuestro pueblo.

Que, desde entonces, la ciudad ha recorrido un largo camino y ha multiplicado su población al amparo de la pujanza de sus industrias, creciendo sostenidamente en el tiempo y proyectándose hacia el futuro.

Que, justamente, las ciudades progresan de la mano de su población y apoyadas en la memoria y los proyectos, y que aniversarios como el presente son oportunidades para renovar el ímpetu y el compromiso de seguir trabajando por el desarrollo y el crecimiento.

Que en busca de afianzar el sentimiento de pertenencia de los vecinos hacia la ciudad es fundamental recordar estas fechas.

Que este 12 de Abril cobra especial importancia dado que se cumplen nada menos que las bodas de oro de Villa Gobernador Gálvez como Ciudad, siendo deber y orgullo de todos nosotros recordar los acontecimientos fundamentales de nuestra historia como pueblo.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº 228/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante, en las bodas de oro de Villa Gobernador Gálvez como Ciudad, declara de interés cultural municipal la realización de todos los actos conmemorativos de este especial Aniversario.

ART. 2º) El Concejo declara asimismo su voluntad de contribuir a afianzar la memoria y el sentimiento de pertenencia cultural a nuestra ciudad otorgando esta fecha “12 de Abril” como nombre a un espacio público de relevancia de Villa Gobernador Gálvez.

ART. 3º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  12 de abril de 2012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci