07 Junio 2025
Sábado, 06 Septiembre 2008 17:40

Ord. 1786/08 Calidad en la Gestión Tributaria

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Expte. Nº  3.296/08.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 , el Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99 y sus modificatorias, las Ordenanzas Tributarias Complementarias, la tendencia de los últimos Presupuestos Generales de Gastos y Cálculo de Recursos y sus ejecuciones, y
 

CONSIDERANDO:

Que el nivel de evasión, incumplimiento y morosidad en el sistema tributario  afecta directamente a la equidad del mismo ya que cuánto mayor sea la irresponsabilidad social en la observancia en el cumplimiento de sus obligaciones ciudadanas y menor la eficiencia en la recaudación menor equidad se conseguirá, siendo uno de los supuestos de este trabajo precisamente la eficiencia  y la equidad del sistema.

Que los valores reales de una sociedad se definen por lo que esa sociedad premia o castiga. Un sistema de premios y castigos coherente con el pensamiento democrático conduce a la conformación de una sociedad más justa.

Que es ésta una forma de premiar a todos aquellos comercios, industrias y particulares que estén al día con los impuestos municipales y de exponer por descarte a aquellos  que no lo están.

Que la gente no le tiene a la Municipalidad el mismo temor y respeto que a la AFIP, por lo que se debe salir fuertemente a la calle, para que el contribuyente tenga más percepción del riesgo que implica no pagar los impuestos municipales.

Que esta sería  una manera más de avisarle al contribuyente que tiene que estar al día con los impuestos, además de instar al vecino a que cumpla y evitar el juicio.

Que en Estados Unidos hay una frase muy popular: "En la vida hay sólo dos certezas: la muerte y los impuestos". Así los estadounidenses grafican la rigurosidad con que el Estado cobra tributos y penaliza a los incumplidores.

Que entre crisis crónicas de la economía y una tendencia a la evasión casi "deportiva" a las administraciones públicas se les hace difícil sostener o aumentar sus ingresos.

Que desde hace algunos meses varias  provincias y municipios aplican iniciativas originales para levantar la recaudación, desde sorteos o descuentos hasta "escraches" y planes de pago a medida de cada bolsillo.

Que las herramientas tecnológicas actuales permiten mejorar la eficacia de los sistemas tributarios rápida y sensiblemente.

Que la tendencia al no pago de las obligaciones fiscales se afianzó tras la crisis de 2001, derrumbando el índice de cobro de la Nación, las provincias y los municipios.

Que ante la falta de crédito las administraciones agudizaron el ingenio  llegando a aceptar algunas de ellas el pago en especies e instrumentando otras variantes complementarias como son tarjeta Rentas Global (Buenos Aires), bonificaciones y/o descuentos, sorteos, los medios electrónicos de pago (Internet, sistemas de pago rápido y otros) que se instalaron en los 90 y ampliaron las facilidades para que los vecinos estén al día.

 

Que en La Provincia de Buenos Aires  se observan los casos más llamativos en políticas tributarias dirigidas a quiénes tienen que cancelar deudas como la implementación de planes de financiación casi “a medida” en los que, por ejemplo, pueden pagar más cuando cobran aguinaldo, auto embargarse parte del sueldo, “Plan de los 5 pesos”, cupones con descuentos para compras en negocios locales, etc.
 
Que otra forma que encontraron 12 distritos del Gran Buenos Aires para garantizar recaudación fue firmar un convenio con las concesionarias de electricidad por el cual la empresa les cobra a los vecinos 5 pesos bimestrales por el alumbrado público, que se descuentan del ABL.
 
Que estos premios se implementen de manera tal que no sólo sirvan para levantar la recaudación sino como compensación a quiénes siempre pagan y ven cómo los incumplidores se salvan con moratorias.
 
Que se observa un resultado bastante alentador en los municipios donde se han aplicado algunas de estas metodologías mejorando notablemente la eficiencia en la cobranza de estos tributos. Tales son los casos de Morón, San Martín, San Miguel, La Matanza, Hurlingham, Pilar, Merlo, Ituzaingó, Malvinas Argentinas, Moreno, San Fernando, José C. Paz., Avellaneda, Lomas de Zamora, Quilmes, Berazategui, Florencio Varela, Ezeiza, Esteban Echeverría y Almirante Brown.

Que frases tales como: “en cualquier país normal la gente paga sus impuestos pero el Gobierno le devuelve ese dinero en servicios”, “¿para qué voy a pagar si después se roban la plata?”, “¿Por qué no les van a cobrar a las grandes empresas en vez de perseguir a la gente?”, “¿Para qué voy a estar al día si total sacan una moratoria?”, son cada vez mas frecuentes en los medios de comunicación, las páginas de diarios y revistas especializadas como así también del público en general.

Que en este contexto la gobernabilidad es casi una utopía por lo que buscar formas de mejorar la recaudación se convierte en una tarea que se debe realizar con mucha fidelidad dado el actual estado de sensibilización en que se encuentra el contribuyente.

Que con el tiempo se fueron instalando conceptos muy peligrosos para el funcionamiento de cualquier distrito y es menester un cambio radical en el funcionamiento de estos organismos que redundará no sólo en mejorar la imagen institucional  sino también en lograr un óptimo equilibrio de las cuentas fiscales.

Que uno de los factores que influye en la mayor o menor tolerancia de la presión fiscal es el nivel de transparencia y eficiencia de la actuación de la Administración Tributaria. Cuanto mayor es la transparencia mayor será la eficiencia de la actividad pública y mayor será la equidad. En consecuencia, mayor será la tolerancia a una mayor presión fiscal.

Que es importante la opinión que los contribuyentes tengan del destino de los impuestos, de la racionalidad con la que se gastan los ingresos públicos y de la pertinencia de los bienes y servicios públicos financiados. Son aspectos que también hacen más o menos aceptable al sistema frente a los contribuyentes.

 Que existe una gran diferencia en cuanto a los niveles de presión fiscal, en gran medida a las diferencias de eficiencia y transparencia que existen en Europa y América Latina. El promedio de presión fiscal en estos países es 14,9%, mientras que en los países europeos es 40%. La Argentina junto con Brasil y Uruguay son los países de mayor presión fiscal de América Latina mientras que en Europa son Suecia, Dinamarca y Bélgica. Estas grandes diferencias se relacionan con la falta de eficiencia y transparencia. Se supone que a mayor transparencia y equidad de un sistema tributario los ciudadanos estarán más dispuestos a tolerar una alta presión fiscal.

Que por el contrario, cuando existe poca transparencia el nivel de eficiencia también será bajo, se alcanzará poca equidad y la tolerancia será escasa. Por lo tanto un incremento del tipo de gravamen puede que no genere un aumento en la recaudación esperada.

Que también podemos entender dentro del concepto de transparencia referida al ámbito tributario el hecho de que los impuestos sean claros, de fácil aplicación, coherentes, estables y que incorporen seguridad jurídica en su aplicación, pues sólo así el importe que cada uno está obligado a pagar será más cierto y habrá mayor seguridad jurídica para el ciudadano.

Que existe un conjunto de factores que influyen en las decisiones de evasión, alentándola o inhibiéndola. Las sanciones previstas en caso de fraude o evasión fiscal constituyen un sistema de premios y castigos. Se supone que cuanto más severas sean estas sanciones más grande es el desincentivo a evadir; sin embargo existen estudios que señalan que las sanciones elevadas pueden alentar la corrupción, puesto que la negociación entre contribuyente y fiscalizador se hace más rentable para ambas partes. Asimismo, también importa el rigor con el que estas sanciones sean aplicadas y el tiempo que transcurre entre el delito y la aplicación del castigo.

Que la eficacia en la implementación de las políticas públicas depende fundamentalmente de la capacidad de inserción social y del consenso de los involucrados; más allá de que en el caso de los objetivos tributarios sea también importante el componente coercitivo y la capacidad de fiscalización, reclamos, penalización,  legitimidad, agentes estatales comprometidos, que en la mayoría de los casos está ausente.

Que la evidente escasez de recursos y la multiplicidad de objetivos a satisfacer por los gobiernos locales exige una administración pública eficiente y eficaz de modo tal que se favorezca el control ciudadano de la asignación de los recursos y una mayor racionalidad y representatividad de las decisiones.

Que es sabido que no habrá resultados satisfactorios en materia fiscal si no hay resultados de igual signo en la gestión pública municipal tomada en su conjunto, es decir, en el cumplimiento de los objetivos de la gestión.

Que en lo específico se trata básicamente de pasar desde una “filosofía” de administración tributaria pasiva, se cobra a "quien viene" y desea pagar sus obligaciones tributarias, a otra de tipo activo en donde se intenta cobrar a quien se detecta obligado a pagar, fiscalizando y facilitando su pago.

Que en principio podemos sintetizar algunas recomendaciones básicas para formular e implementar un plan de reforma fiscal tributaria:

                        a) Realizar un primer diagnóstico de la situación que exponga claramente los problemas detectados.

                        b)  Formular un plan abarcativo de todos los procesos que hacen a la gestión tributaria, designando responsables y estableciendo objetivos específicos en el tiempo, debidamente cuantificados, por ejemplo: ordenar padrones, simplificar procedimientos, eliminar errores, reorganizar la satisfacción de reclamos y de respuestas en general, etc.

                        c) Formar equipos de trabajo para involucrar a los agentes en los planes y objetivos y para la resolución de problemas, con parte de su remuneración según desempeño (resultados e impactos).

                        d) Clasificar tareas discriminando entre aquellas que son programables y/o rutinarias y aquellas otras que demandan mayor discrecionalidad del operador que las ejecuta por ser más discontinúas e incluso novedosas diseñando un esquema de incentivos que se adecue a las especificidades de ambos tipos.

                        e) Desarrollar instrumentos de medición de los resultados para evaluar lo realizado y establecer incentivos remunerativos asociados a la mejor recaudación, siempre sobre la base del cumplimiento de metas parciales que impliquen superar diversas restricciones detectadas (por ejemplo de insuficiencia de información) y ordenadas según el diagnóstico realizado.

                        f) Establecer adecuados canales de comunicación con los contribuyentes y mejorar la atención en general (por ejemplo: adecuación de espacios físicos, mejoramiento del entorno, cuidado de imagen, mas ventanillas de pago aprovechando las opciones tecnológicas disponibles, etc.).

                        g) Luego de evaluar fortalezas y debilidades, pragmatismo para recurrir a la provisión privada de servicios cuando se justifique sin renunciar a la responsabilidad municipal y más concentrado en los roles de control y la regulación.

                        h) Trabajar en la imagen de la Municipalidad (guiarse por lo que sería una especie de creación de marca).

Que sabemos que la política y la administración tributaria municipal son antes que nada un problema político-institucional, después de gestión y luego de organización. Ya no se trata sólo de un problema de recursos disponibles, de marco normativo acorde o de adopción de tecnologías “duras”, sino todo eso y mucho más. 

Que los principios de transparencia y de igualdad de tratamiento frente a una misma situación fiscal que deben guiar toda acción o medida tributaria no son menos importantes que la estabilidad o permanencia de las mismas en el tiempo. Es por ello que resulta conveniente erradicar las prácticas de corto plazo o la improvisación de soluciones temporarias. 

Que no es apropiado adoptar medidas basadas en la imprevisión o en la necesidad de revertir un déficit transitorio de ingresos sino que se trata de trabajar en el marco de un plan global, abarcativo de las distintas cuestiones y de los disímiles actores involucrados en la gestión tributaria.


Que al diseñar un plan se deben evaluar pacientemente las restricciones que obstaculizan el logro de los objetivos tributarios tales como: estructuras inadecuadas, filosofías y culturas imperantes, inexistencia de sistemas de información adecuados o lisa y llanamente escasez de datos, lo cual supone reflexionar sobre el modelo de organización, el de gestión y el marco institucional.

Que ya no se trata solamente de reformas administrativas como las que se intentaron otras veces, en tanto meros cambios en el organigrama, en el manual de procedimientos o centradas en la incorporación de tecnologías o inversión en equipamiento. También se debe pensar en términos de acuerdos y de consensos que hagan a la promoción de la responsabilidad social e individual de los integrantes de la comunidad local y un mayor compromiso de los agentes públicos.

Que ya no alcanza con pensar al Estado como “sistema de organizaciones” (recursos humanos, financieros, técnicos) sino también como “sistema institucional" de incentivos para los actores sociales y los agentes municipales. No es el camino más fácil dado que la transformación institucional como la que aquí se refiere es el producto del aprendizaje social, pero sí es el más efectivo si queremos realmente construir capacidades estatales para lograr mayor eficacia en el logro de los objetivos públicos. 

Que la verdadera dimensión de contribuyente que deben desarrollar los ciudadanos es todavía una construcción pendiente en países como el nuestro. Es decir que nos estamos refiriendo a una entidad con “sustancia”, con un “algo más” que el simple reparto de rentas, que trascienda las lógicas predatorias e inequitativas de intereses sectoriales y/o particularistas, a favor de un estado para las mayorías.

Que debe dejarse de lado el hábito tan arraigado de acciones que visualicen exclusivamente las urgencias del corto plazo que hablan esencialmente de nuestra impotencia cuando decidimos lanzar moratorias “generosas” en forma recurrente. Muchas veces la baja cobrabilidad no es más que un reflejo de la inexistencia de política tributaria y de prácticas predatorias y “rentísticas”, cuando no un verdadero y grave correlato de ineficacia y divorcio de los intereses mayoritarios.


Que un déficit crónico enfrenta a los gobiernos municipales a una situación de extrema gravedad, conforme se acrecienta la brecha entre los gastos y los recursos, y con ellos, los incumplimientos de pago con los proveedores (que conlleva sobreprecios o compensaciones vía menor calidad) o con los agentes municipales (por ejemplo, afectando su disposición al trabajo) o afectando las posibilidades de acceso al crédito público (inversiones), dando como resultado final una menor calidad y cantidad de servicios prestados retroalimentando la “ espiral descendente” del no pago. Se debe evitar toda acción que no sancione el incumplimiento fiscal y aporte confusión en vez de señales claras acerca de la orientación de la política tributaria.

Que la formulación de un plan de reforma fiscal tributaria suele enfrentarse con cierta justificación autocomplaciente acerca de las causas de una baja recaudación (y cobrabilidad), invocando argumentos tales como el de “la persistente crisis económica” que soporta la comunidad o el de los altos porcentajes de “pobreza” existente, siendo que en realidad, suelen ocultarse las ineficiencias e incapacidades propias de la gestión fiscal tributaria.

Que hay que superar la “barrera mental” que implica suponer que la crisis económica impide adoptar medidas contra la baja recaudación, la mora o la evasión. Se debe entender, por ejemplo, que en toda crisis económica hay ganadores, perdedores y no afectados.

Que se requiere adoptar medidas de cambio y/o modernización en el marco de un plan global de reforma fiscal tributaria de mediano y largo plazo, jugando un rol fundamental la institucionalización de un régimen creíble de “premios y castigos” para cumplidores e incumplidores de sus obligaciones tributarias municipales.

Que en pocas de las funciones indelegables del municipio la credibilidad es un componente tan fundamental, por lo que debemos ponderar cuidadosamente si todo lo que hacemos cotidianamente no la lesiona, visto que se trata de una construcción de largo plazo. 

Que todo plan de reforma fiscal debe priorizar la reconstrucción de una conducta tributaria cumplidora, que el contribuyente evidencie que el municipio tiene conocimiento (información confiable) de las deudas que se acumulan, capacidad de seguimiento de las cuentas y que está dispuesto a actuar en consecuencia existiendo real riesgo de sanción punitiva. De ahí que resulta muy fructífero aplicar las medidas punitivas seleccionando a los que hubieren demostrado alta irresponsabilidad y, con carácter ejemplificador, imponer sanciones ampliamente publicitadas.

Que la acción punitiva debe ejercerse siempre que se tengan condiciones “materiales” suficientes para el éxito, exista respaldo político, y así lo justifique la caracterización del deudor. Ello implica el desarrollo de una capacidad de selectividad que evite consecuencias indeseables como, por ejemplo, la emisión de excesivos volúmenes de demandas judiciales imposibles de procesar, o actuaciones iniciadas por terceros intimados en forma indebida (instituciones de bien público o carecientes que solicitan beneficios de condonación o exención de deudas); todo lo cuál ocasiona costos políticos innecesarios y debilita la credibilidad de la gestión.

Que lo antedicho pone de manifiesto la importancia que tiene en la agenda de una reforma fiscal tributaria el desarrollo de un sistema de información apropiado para lograr cumplir uno de los principios básicos de la política tributaria: el principio de igualdad, entendiendo por ello, igual tratamiento frente a igual situación fiscal, y de equidad. Usualmente la información con que se opera es defectuosa, insuficiente y/o no existen canales adecuados y fluidos para el correcto registro de pagos, deudas y actualizaciones de datos identificatorios, motivo por el cuál no es posible actuar con selectividad, apelándose a acciones masivas, o bien, basadas en criterios de selectividad muy poco efectivos.

Que las acciones punitivas generalizadas que no concluyan en una sanción efectiva, por ejemplo aquellas no concretadas por problemas operativos, también afectan la credibilidad (algo muy común cuando se plantean planes de certificación masiva de deudas a través de terceros a riesgo), ya que minan la necesaria sensación de riesgo de sanción. 

Que debemos contar con los instrumentos que nos permitan tratar distintos casos de manera apropiada; es decir, poder estratificar a los contribuyentes según su capacidad económica y establecer medidas acordes a su situación, nivel de morosidad, evitando entonces las prácticas clientelísticas o de “soluciones a medida” sin ningún sustento, que por igual afectan la credibilidad y, más que nada la equidad.

Que se debe apuntar a simplificar el ya excesivo menú de tasas, contribuciones y derechos municipales que se vino ampliando con la idea de que se pueden gravar más actividades y hechos a los fines de asegurar un elevado nivel de recursos propios. Lo aconsejable es una estructura de tributos simplificada y bien focalizada.

Que la existencia de abultadas deudas imposibles de satisfacer bajo condiciones ordinarias puede tener cierta influencia negativa en la voluntad de pagar las obligaciones contributivas corrientes. Es fundamental privilegiar una conducta tributaria cumplidora para con las obligaciones corrientes ya que ello motiva a mantenerse en situación de no deudor y simultáneamente debe acompañarse de una política tendiente a facilitar el pago de las deudas (por ejemplo: no se trata de penalizar con altos intereses o multas, sino de reflejar el mayor costo del no pago, para lo cuál se exige desarrollar instrumentos novedosos).

Que se trata de enraizar socialmente (institucionalizar) un régimen creíble de incentivos, es decir, de premios y castigos que orienten las conductas hacia objetivos sociales deseables. Como medidas  concretas podemos citar entre otras:

            a) Simplificación del régimen fiscal: derogación de obligaciones tributarias de dudosa justificación y con pobre incidencia económica, (“menos tributos, mejor cobrados”), a fin de facilitar la gestión a los contribuyentes y reducir costos y contribuir con la “desburocratización” de tramitaciones engorrosas (por ejemplo: establecer importes fijos para pequeños contribuyentes).

            b) Unificación en una cuenta única de todas las obligaciones que recaigan sobre un mismo contribuyente facilitando su identificación y fiscalización.

            c) Unificación de los vencimientos de las obligaciones de pago (evitar la multiplicación de fechas de pago por fraccionamientos propios de situaciones de inestabilidad de precios).

            d) Clasificación y segmentación de los contribuyentes a los fines de adecuar la carga tributaria y mejorar la fiscalización.

            e) Simplificación de procedimientos en la determinación de las obligaciones: procurar la eliminación de la obligación de presentar frecuentes declaraciones juradas, avanzando hacia formas de “predeterminación” de la obligación tributaria en forma relativamente estable en el tiempo, de modo tal que se pueda realizar la emisión y remisión domiciliaria de recibos de pago.

            f) Desarrollar instrumentos de fiscalización selectivos orientados por sus resultados dejando de lado las prácticas masivas y/o de presentación espontánea.

            g) Desarrollar una modalidad de gestión tributaria orientada por objetivos y menos centrada en aspectos de procedimientos (más centrada en resultados e impactos y menos “garantizadora“ de condiciones de empleo).

            h) Reforma de las estructuras orgánico-funcionales: guiarse por una visión de proceso productivo que supere la excesiva departamentalización o sectorialización de las áreas tributarias y desarrollo de un área centralizada de sistemas de información que facilite el recupero y registro de datos vinculados con la administración fiscal (por ejemplo: catastro, habilitaciones, obras particulares, etc.).

            i) Institucionalizar la evaluación de desempeños como política de recursos humanos.

            j) Establecer formas de remuneración del personal ligada a la obtención de resultados en materia de incremento de recaudación.

            k)  Promover la rotación del personal en procura de una mayor polivalencia en materia de funciones (hacia centros de atención polifuncionales).

            l) Procurar el reclutamiento de personal en base a criterios meritocráticos como forma de garantizar menor politización en la gestión tributaria.

            m) Asegurar la modernización tecnológica involucrando muchas de las opciones de soportes técnicos disponibles (extensión de redes y puestos informáticos, incorporación de tarjetas inteligentes, etc.).

            n) Extender los lugares y facilitar los medios de pago (por ejemplo: débito automático, Pago Fácil, Rapi Pago, ampliación de horarios, etc.).

            o) Mejorar y ampliar espacios de atención al público, favoreciendo con ello un mejoramiento de la imagen del Municipio  como organización y como institución.

            p) Fortalecer las áreas que entienden en materia legal y técnico-tributaria y asociarlas a un criterio de “socialización” de la información.

            q) Inversión en capital humano y “obsesión” por actualizar las bases de datos.

            r) Generar instancias de complementación con el sector privado  y con el sector público no estatal (ONG, organizaciones de la sociedad civil).

            s) Generar cambios en la cultura organizacional tradicional: profesionalismo versus amateurismo, actuaciones conforme a normativas renovadas y no improvisación de “soluciones a medida”, difusión de valores de planificación estratégica, mayor horizontalidad en las relaciones entre agentes (cultura de redes), mayor compromiso, mayor cultura de mérito, etc. 

Que un plan de reforma tributaria debe concluir en un programa de mejoramiento permanente de la calidad en la gestión tributaria lo cual supone dar un salto cualitativo respecto a obtener mayor satisfacción del contribuyente, por ejemplo pensando en su comodidad para cumplir con sus obligaciones hasta la institucionalización de una figura tipo “defensor del contribuyente” puede ser útil para ahorrar intermediaciones costosas y hasta parasitarias.

Que la real medida del éxito de la administración tributaria es la extensión del cumplimiento voluntario.

Que es condición necesaria para mejorar la calidad de gestión la incorporación de nuevas tecnologías informatizadas y la modernización tecnológica en sentido amplio, más allá de los grados de avance en la ejecución de un plan de reforma fiscal tributaria. No obstante, la clave de un programa de mejoramiento de la calidad pasa por la formación de equipos de trabajo profesionalizados y debidamente capacitados, comprometidos y con “permanencia”, es decir, menos sujeto a los vaivenes políticos y más a los resultados que se obtengan.

Que lo decisivo del éxito en la recaudación se define en el “día a día”, aspecto que a veces queda obnubilado cuando discutimos las necesarias reformas ambiciosas.

Que en líneas generales entendemos como elementos significativos para la formulación de un plan de mejoramiento de la calidad en la gestión tributaria que impacte visiblemente en la atención de los contribuyentes a los siguientes aspectos:

            a)  Información: El contribuyente debe tener pleno conocimiento de lo que paga.

            b) Comunicación: Se debe cuidar la mejor atención del público y desarrollar todo instrumento que facilite la comunicación contribuyente-administración.

            c)  Seguridad: Se deben brindar las máximas condiciones de seguridad y garantías en los registros de pagos y deuda.

            d) Accesibilidad: Se debe facilitar el pago de las obligaciones tributarias a través de los instrumentos y tecnologías de gestión que mejor lo hagan posible (por ejemplo: más ventanillas de cobro).

            e) Capacidad de respuesta: Se debe ofrecer una respuesta veloz y suficiente ante el requerimiento del ciudadano-contribuyente con personal altamente capacitado y comprometido con los objetivos y las metas de la política tributaria.

            f)  Credibilidad y mayores niveles de profesionalismo.

Que un aspecto muy importante a tener en cuenta cuando se instrumentan estos programas que se deben implementar soluciones pensadas que vayan más allá de la mera avidez recaudatoria ya que muchas aparentes soluciones pueden no sólo revelarse como impotentes para superar problemas sino también contribuir a agravarlos, cuestión ésta que a veces perdemos de vista urgidos por nuestra propensión al “cortoplacismo” por ejemplo: los efectos de las “moratorias generosas de deudas” que desalientan a los cumplidores es inequitativa y relajan la credibilidad; o cuando se resuelve una cuestión “a la medida” de un caso particular que alienta a que todo el mundo trate siempre de “ver a alguien” antes de pagar.

Que no hablamos de una reforma administrativa “a secas” en el sentido tradicional del término sino que estamos hablando esencialmente de un nuevo modelo de gestión. Se trasciende lo meramente organizacional (distribución de responsabilidades y tareas, organigrama, definición de tareas) y ni que hablar de la sola inversión en equipamiento informático o paquetes tecnológicos para más bien  apuntar a las formas mismas de concebir y ejecutar las acciones públicas concretas: mayor interacción con la sociedad; mayor activismo fiscalizador, capacidad de innovación; flexibilidad operativa; "cultura" de metas, resultados e impacto; involucramiento y compromiso de los agentes municipales; capacidad de resolución de imprevistos; gestión domiciliaria vs. esperas tipo "llamado a presentación espontánea”; componentes remunerativos ligados a resultados.

Que toda reforma fiscal tributaria requiere sustento político como condición insoslayable en el sentido de que debe ser un objetivo prioritario del gobierno y liderado con convicción por la conducción política. Ello supone, desde ya, superar la vieja concepción de la política tributaria como “piantavotos”, en la medida en que percibamos que ningún objetivo de gobierno puede concretarse sin financiamiento apropiado siendo que la tributación es el medio legal y legítimo para ello, además de ser canal natural de los ciudadanos para expresar formalmente la voluntad de vivir en una sociedad civilizada y solidaria, sosteniendo los requerimientos de capital físico, social y humano.

Que también se trata de “despolitizar” la ejecución de las tareas propias de la gestión tributaria asegurando la autonomización de la administración tributaria respecto de toda presión e influencia política en favor de intereses individuales o sectoriales, no sólo para lograr credibilidad, previsibilidad y transparencia, sino fundamentalmente para asegurar la igualdad que exige toda política tributaria en cuánto al tratamiento de los particulares erradicando de raíz las prácticas clientelistas de “soluciones a medida” aún cuando estas puedan responder a móviles aparentemente nobles.

Que el contribuyente que se enfrenta al pago de múltiples obligaciones con recursos limitados selecciona o prioriza aquellas que va a satisfacer según su propia escala de valores, costos de oportunidad por no-pago, penalidades, etc. El objetivo básico es lograr que el contribuyente incorpore o internalice en su “agenda permanente” el pago de las obligaciones municipales; ciertamente lo será en correspondencia con el reconocimiento de los beneficios positivos que obtiene de la gestión municipal pero también del costo negativo que implica el incumplimiento o la evasión.

Que en nuestra sociedad se encuentra ampliamente difundida una conducta tributaria incumplidora y su reversión no es espontánea, sino que se construye probablemente en forma muy lenta a partir de “ingredientes” de satisfacción en provisión de servicios y resolución de problemas colectivos pero también  de sanción en el legítimo ejercicio del poder coercitivo estatal.

Que en lo que hace a los elementos sancionatorios se debe asegurar por todos los medios que la conducta evasora implique mayores costos y que exista riesgo real de ser sancionado. No tenemos dudas acerca de que los contribuyentes optan por priorizar otras obligaciones cuando:

            a) No haya riesgo de corte de servicio.

            b) No haya costos de oportunidad más altos por el no pago.

            c) No poseen una buena imagen de la Municipalidad.

            d) No conozca con precisión la magnitud de sus obligaciones o las considere indebidas o desproporcionadas.

            e) Pueda desentenderse de la obligación como resultado de la ineficiencia e ineficacia administrativa (incapacidad de control o falta de registro) o cualquier medida esperable que lo favorezca (condonación, exención, etc.).

            f)  Dudan acerca de la profesionalidad y/o la seriedad de los funcionarios, en particular, de los que desempeñan funciones en las áreas de recaudación.

Que lo expuesto implica entender la reforma fiscal tributaria como un programa de acciones continuas para asegurar los máximos niveles de recaudación tributaria posible a partir de sólidas bases que aseguren un flujo sostenido de ingresos en el tiempo y no quedar reducidos a “paquetes de emergencia” para solucionar desequilibrios presupuestarios de corto plazo.

Que se debe de perseverar en adoptar una visión  fundada en la certeza de que los cambios reales se construyen pacientemente, ya que estamos apuntando a cambios “culturales e institucionales”, a la base misma de los compromisos y las responsabilidades individuales y sociales en donde los “insumos” principales son:  apoyo político, construcción de credibilidad, inversión en infraestructura de información, gestión orientada por resultados e impactos, buena comunicación social y la institucionalización de un esquema creíble de premios y castigos. 


Que se debe partir de la premisa de “Convalidar lo que sea bueno, corregir lo mejorable y desechar lo que se considere, pero debe ser rápidamente”.

Que sabemos que no hay grandes secretos para formular y ejecutar un plan de reforma tributaria salvo el de persistir con las medidas en el tiempo y ser capaces de renovar la forma de concebir y ejecutar la gestión, lo cuál no es poco en un país con una tradición de improvisaciones e inestabilidad como el nuestro, aunque los avances “macro” al respecto van consolidando un marco mucho más favorable.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 1786/2008.

           

ART.1º) Créese el Plan de Mejoramiento de la Calidad en la Gestión Tributaria. 

 
ART.2º) 
Sus objetivos serán:

 

  • Mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en tiempo y forma.
  • Generar una mayor cultura tributaria.
  • Incentivar a los contribuyentes a abonar regularmente sus tributos, mediante la instauración de un sistema de premios y castigos, garantizando así la vigencia del principio de equidad que debe reinar en todo sistema tributario.

 

ART.3º) Sus funciones serán:

 

  • Diferenciar a los contribuyentes que cumplen con quienes no lo hacen previendo distintos tipos de beneficios entre unos y otros; es decir instaurar un programa de Premios y Castigos basados en los puntos establecidos en los considerandos de esta Ordenanza.
  • Establecer formas de regularización que podrán ir desde planes de pago prorrogados con quita de intereses (esto sólo en casos excepcionales) a premios, sorteos, bonificaciones por pagos totales adelantados, identificación con oblea para aquellos que cumplieron con cada obligación tributaria, etc.
  • Implementar medidas como “visitas domiciliarias” con inspectores y notificadores para el recupero de deuda y con el objetivo principal de acercarles y facilitarles las distintas formas de financiación y regularización de sus deudas.
  • Instrumentar un plan de  regularización de obligaciones para evitar su envío al cobro por  vía de apremio y ejecución de la sentencia.
  • Aplicar a las cuotas que emerjan del plan de pago solicitado un interés accesible de financiación mensual, sobre saldo en atención a la oportunidad en que dicho plan de pagos sea suscripto.    
  • Establecer  "premios al buen contribuyente".
  • Facilitar el acceso y gestión de trámites mediante la página web oficial del municipio.
  • Instrumentar un sistema de cobro de las tasas previo análisis y diferenciación de las distintas capacidades de pago que tienen los          ciudadanos complementándose con una fuerte política de cobro de impuestos a los grandes contribuyentes.
  • Convocar  a los contribuyentes a pagar sus deudas brindando un trato directo y personal.
  • Realizar campañas de concienciación de cumplimiento tributario.
  • Habilitar servicios al contribuyente como el pago electrónico a través de cajeros e internet o débito automático en bancos.

 

ART.4º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  21 de agosto de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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