07 Junio 2025
Miércoles, 23 Mayo 2012 07:28

Ord. 2033/12 Declara la Emergencia Habitacional en la ciudad

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Expte. Nº  4.398/12.

VISTO:

            La Constitución Nacional en su Artículo 14 bis,

            La Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 2.756, Art. 39 Inc. 51,

            La Ordenanza Nº 1004/94 , por la cual se crea el Servicio Público Municipal de la Vivienda,

            La actual situación que vive la ciudad a raíz de las ocupaciones masivas de terrenos públicos y privados y

CONSIDERANDO QUE:

            La inexistencia de políticas públicas serias tendientes a solucionar la falta de vivienda hace que miles de familias de nuestra ciudad, por carencia de recursos económicos, por la imposibilidad de acceder a medios de pagos acordes a sus ingresos, y/o por la inaccesibilidad a créditos hipotecarios, hoy se encuentren sin gozar de un derecho fundamental contemplado por el Artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional.

            Los actuales valores del mercado inmobiliario y los precios de alquiler, sumada la infinidad de requisitos solicitados, hacen que las personas se encuentren cada vez mas lejos de solucionar la problemática que hoy nos toca abordar, agudizando la crisis habitacional que vivimos en nuestro país.

            De no tomarse las medidas necesarias desde el sector público Nacional, Provincial y Municipal, esta problemática seguirá dando lugar a las ocupaciones que en los últimos años, y en especial en los últimos meses, se manifiestan de manera masiva generando en muchos casos una superposición del derecho de una vivienda digna de los ocupantes con el derecho a la propiedad de los dueños de la tierra, derivándose la situación en prolongadas acciones legales que por mucho tiempo no hacen más que vulnerar a ambas partes.

            Entre los problemas que suscitan este tipo de ocupaciones, está el enfrentamiento entre vecinos de los barrios que ven como son privados de espacios verdes que eran usados con fines recreativos, la saturación de los servicios públicos que no estaban programados para atender las necesidades de los ocupantes y los problemas que conlleva la falta de planificación urbana.

            La urgente intervención que amerita lo mencionado, debe centrarse en proponer soluciones a corto plazo, y planificar a mediano y largo plazo las acciones para garantizar que nuestra ciudad cuente con planes sociales de vivienda que incluyan a todos los sectores de la población que lo necesiten, evitando con esto que solo sean beneficiados quienes por la fuerza ocuparon espacios que no eran de su propiedad, ya que existen innumerables familias que desde hace años sueñan con un techo propio.

            Toda acción relacionada con las actuales tomas de terrenos deben girar en torno a evitar la violencia y a procurar que sean atendidas las familias con mayor prioridad, y a que sean castigados los oportunistas, que aprovechando esta situación, se hicieron de terrenos sin necesidad o con el solo fin de venderlos; debemos garantizar ante todo el respeto al Estado de Derecho, contemplando las realidades de todos los sectores y actuando en base a ello.

            Esta situación que vive nuestra ciudad motivó la participación en distintos espacios y de distintos sectores de organizaciones intermedias de la ciudad, donde se pudieron escuchar y compartir distintas ideas de como encarar una pronta solución, entre las cuales se sostenía la necesidad de "declarar la Emergencia Habitacional", entre otros conceptos,

Nuestra Ciudad en el año 1.994, creó por medio de la Ordenanza Nº 1.004/94 “el Servicio Público Municipal de la Vivienda”, que contemplaba en sus fundamentos que “el mismo debe orientarse a actividades y objetivos que estén de acuerdo a la actualidad en que vivimos y con previsiones de futuro”, fin que sigue vigente pero que necesita una actualización y modernización  en sus funciones, de acuerdo a la actual situación municipal.

            La "Declaración de Emergencia Habitacional" y la puesta en marcha del"Departamento Municipal de la Vivienda" serían señales claras de parte del Municipio hacia la sociedad de que se está abordando el tema de manera prioritaria entre las incontables urgencias por las que se está atravesando, trayendo tranquilidad a las vecinas y vecinos de Villa Gobernador Gálvez que ven con preocupación lo que viene sucediendo.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2033/2012

           

ART. 1º) Declárese la EMERGENCIA HABITACIONAL en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez, por el plazo de un año, con posibilidad de prórroga, previo tratamiento de este Concejo Deliberante.

ART. 2º) Derógase la Ordenanza Nº 1.004/94

ART. 3º) Créase el Departamento Municipal de la Vivienda en el ámbito de la Secretaria de Gobierno.

ART. 4º) Serán funciones del Departamento creado en el Art. Nº 3, las tareas relacionadas con el fomento e implementación de nuevos planes de vivienda y la coordinación de acciones con las áreas que abordan esta temática del Gobierno Provincial y Nacional.

ART. 5º) Crease el Registro Voluntario de solicitudes de vivienda o soluciones habitacionales en el ámbito del Departamento creado en el Art. Nº 3, donde constarán la situaciones individuales de los grupos familiares suscriptos con el fin de ordenar las prioridades referente al tema de vivienda.

ART. 6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de mayo de 2012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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