Expte. Nº 4.409/12.
VISTO:
Ley Provincial Nº 11.717.
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art 39º Inc. 37, Inc. 56, Inc. 62 , Art. 41º Inc. 24, y
CONSIDERANDO:
Que vecinos de la zona de Nogués y 17 de Octubre nos han manifestado la problemática que le genera el funcionamiento de la empresa que produce grasa bovina ubicada en calle Nogués entre calles 17 de Octubre y Pasaje Musto.
Que durante todo el día, el aire es contaminado por diferentes olores que emana dicho establecimiento, el cual se respira a más de tres cuadras a la redonda y genera molestias constantes para las personas del barrio y transeúntes.
Que es necesario corroborar con que habilitaciones cuenta esta industria que se encuentra en el medio de un populoso barrio, si utiliza algún tipo de filtros para las chimeneas y si las mismas se controlan periódicamente.
Que es deber del Concejo Deliberante generar medidas para proteger la salud de los ciudadanos y el bienestar de la población en general.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
D E C R E TO Nº 374/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaría que corresponda realice los controles necesarios en la empresa que se encuentra en calle Nogués entre calles 17 de Octubre y Pasaje Musto en el plazo de 15 días hábiles
ART. 2º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, eleve a este Cuerpo un informe detallado con las habilitaciones correspondientes del establecimiento mencionado en el Art. 1º e informe evaluación de impacto ambiental o cualquier información que resultare relevante.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci