Expte. Nº 4.439/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, la Declaración de Emergencia Habitacional Ordenanza Nº 2033/12.
El Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para vivienda única familiar “PROCREAR BICENTENARIO”, Y
CONSIDERANDO:
Que la demanda de vivienda en nuestra Ciudad es cada vez mayor.
Que en los últimos tiempos se han cometido hechos de ocupaciones que son de público conocimiento de terrenos tanto privados como públicos.
Que desde el año 2008 no se han adjudicado viviendas sociales para ciudadanos de bajos recursos.
Que se han lanzado programas vinculados con el acceso a créditos para VIVIENDA UNICA desde el Poder Ejecutivo Nacional, el último de ellos “PROCREAR BICENTENARIO ARGENTINO" tendientes a reducir el déficit habitacional.
Que estos programas garantizan una adjudicación inmediata para aquellas personas que sean propietarias de terrenos, de un crédito para la construcción de una vivienda en caso de que aún no posean ninguna, y que en dichos casos, el crédito comenzará a saldarse una vez finalizada la construcción. Por otro lado se plantea la situación del resto de los postulantes que deberán adquirir una de las viviendas nuevas que formarán parte del plan, que serán edificadas en terrenos estatales "OCIOSOS DISPONIBLES" con capacidad de albergar nuevas viviendas
Que ante el PROYECTO NACIONAL de facilitar el acceso a una vivienda única para todos los habitantes, es necesario que la provincia aporte información para la rápida concreción de un plan que va a beneficiar a nuestros ciudadanos con un hogar propio.
Que en diferentes reuniones que se mantuvieron con las distintas familias que protagonizaron manifestaciones reclamando viviendas se mostraron con voluntad de pagar por una vivienda digna si hubiere un plan que sea accesible a sus recursos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
D E C R E TO Nº 380/2012
ART. 1º) EL Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a realizar las gestiones ante el Superior Gobierno Provincial para que disponga de TIERRAS FISCALES OCIOSAS O IMPRODUCTIVAS en apoyatura de los distintos programas de viviendas que se han puesto en marcha desde el Gobierno Nacional.
ART 2º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que disponga de terrenos fiscales ociosos o improductivos aptos para la construcción de viviendas, que no estén incluidos ni preasignados a ningún proyecto municipal, para incluirlos en el Programa Nacional para Vivienda Unica Familiar “PROCREAR BICENTENARIO”.
ART 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de junio de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci