Expte. Nº 4.546/12.
VISTO:
El Decreto Nº 347/11 de Emergencia Económica y Financiera, Sanitaria y Social Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que entre las obligaciones encomendadas por
Que dicha tarea la encontramos en el Art. 5º de
Que la tarea de confección de la aludida oblea encuentra como principal óbice la escasa disponibilidad económica para hacer frente a la compra de insumos y demás erogaciones consecuentes.
Que
Que se han recibido ofrecimientos de comerciantes del rubro BOTTI ELECTRONICS de Karina Ortiz Servicie y Venta de Artefactos Electrónicos con domicilio en Av. Filippini 1605 de esta Ciudad y de CUSTOM SOUND de Roberto Carlos Romero con domicilio en Av. General Juan D. Perón 1799 de esta Ciudad con intención de realizar una donación de dinero de $ 40.000.- (Pesos Cuarenta Mil) para cumplimentar con la carga impuesta por el Art. 5º de
Que resulta atendible considerar tales propuestas en aras de poner en marcha el sistema que la norma implementa y consecuentemente, ahorrar en gastos dinerarios que el municipio no se encuentra en condiciones de afrontar.
Que el Art. 10º de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2055/2012
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del Área correspondiente acepte la donación hasta $ 40.000.- (Pesos Cuarenta Mil), de particulares comerciantes de
Texto anterior
ART.2º) Deberá remitirse a este Concejo Deliberante informe sobre el ingreso de las sumas donadas, cuando ello se produzca y de su aplicación a los fines consignados en la presente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de octubre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci