08 Junio 2025

Expte.  Nº  5.427/14.

VISTO:

La Licitación Pública para la ejecución de fresado y repavimentación con concreto asfaltico en Av. Mitre en el tramo comprendido entre Av. San Martín y Av. Filippini llamado por Decreto Nº 5168/14, que surgiera del proyecto de fresado y repavimentación para las calles Mitre, Mosconi, entre otras correspondiente al Fondo de Obras Menores año 2012, aprobado según Ordenanza Nº 2032/12, y

CONSIDERANDO:

Que del informe técnico de la oficina de Inspección de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos surge que se observan fisuras y grietas en las losas de hormigón existentes, y que afecta la ejecución de la obra mencionada, en lo referido a la cantidad de metros.

Que los fondos no fueron transferidos en tiempo y forma, desde la aprobación original del proyecto por parte del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, produciéndose un alza considerable en los precios de materiales y mano de obra.

Que dado también lo emanado por el mencionado informe técnico es necesario efectuar la reparación de dichas lozas a lo largo de Av. Mitre entre Av. San Martín y Calle Bomberos Voluntarios, lo que implicaría efectuar cambio en le proyecto  original.

Que se cuenta con crédito a los fines de hacer frente a dicha erogación.

Que es menester dictar la medida legal que contemple el particular.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.274/2014.

ART.1º)  Modifíquese el proyecto original conforme a informe técnico emanado de la Oficina de Inspección de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos consistente en bacheo integral Av. Mitre y repavimentación de 5 cm de espesor con concreto asfáltico desde Av. San Martín hasta calle Bomberos Voluntarios.

ART.2º) Comuníquese la siguiente medida a la Secretaria de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   18  de diciembre  de 2014

 

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 4.770/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

La Ley Provincial N° 12385 "Fondos para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados", y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 17 de Mayo de 2012, este Cuerpo aprobó la Ordenanza N° 2032/2012, por la cual se solicitaba al Superior Gobierno de la Provincia la asignación de aportes no reintegrables en el marco de la Ley Provincial N° 12385.

Que dicho aportes solicitados, tenían como destino, entre otros, el fresado y repavimentación de las calles Eva Perón y Juan B. Justo desde Av. San Martín hasta Fornieles y la calle Ing. Mosconi y Av. Mitre desde Av. Filippini hasta vías del FFCC.

Que al día de la fecha, los mencionados aportes, a través del fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados, no han sido recibidos.

Que desde el momento  que se aprobó la Ordenanza, el estado de las citadas arterias ha empeorado  considerablemente, lo cual la hace prácticamente intransitable en algunos tramos.

Que los vecinos frentistas de estas calles y los que transitan por las mismas, realizaron numerosos reclamos ante este Concejo por el estado de las mismas.

Que estas calles, todas céntricas, son de vital importancia para el tránsito de nuestra Ciudad ya que en ellas se encuentran el Club Independiente, La Casa de la Cultura, la Seccional N° 29, tres escuelas primarias, una secundaria, la Municipalidad, el Banco Nación, las Cooperativas Telefónica e Integral, y por allí circulan las líneas de Transporte Urbano de Pasajeros.

Que el bacheo de estas calles sería, según el entender este Cuerpo Deliberativo, un “gasto extraordinario para las arcas» de la Municipalidad, ya que el arreglo de las mismas estaría cubierto por los fondos requeridos y podría afectarse a otras calles que también deben ser reacondicionadas.

Que es deber de este Concejo velar para que las rentas municipales en una situación de emergencia económica no se vean afectadas por gastos onerosos y a la vez, defender al municipio para que reciba lo que le corresponde desde el estado provincial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 486/2013

 

ART. 1º) Cúmplase con lo dispuesto en la Ordenanza N° 2032/2012, de fecha 17/05/2012.

 

ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, remitirá a este Cuerpo la respuesta a lo formulado.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  16 de  mayo de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

     

 

 

 

 

Publicado en 2013

Expte. Nº  4.399/12.

VISTO:

 La Ley Provincial N° 12.385 , sus modificaciones y Decreto Reglamentario y Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que este Concejo Deliberante entiende que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndole correspondido en la distribución para el año 2012 un fondo total no reintegrable de $ 7.000.775,01 corresponde aplicar el 50% en concepto de "Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamientos y rodados",

Que se considera prioritaria la asignación de una partida de $ 2.679.780,73 (Pesos dos millones seiscientos setenta y nueve mil setecientos ochenta con setenta y tres centavos) para fresado y repavimentación de las calles Eva Perón, Juan B. Justo desde Av. San Martín hasta Fornieles y las calles Ing Mosconi y Mitre desde Filippini a Vías del FFCC, y $ 808.388 (Pesos ochocientos ocho mil trescientos ochenta y ocho) para reconstrucción en hormigón armado de la calle Temporelli desde Cementerio local a la Av. Pte. Raúl Alfonsín ( Ex Ruta Provincial 22S)

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2032/2012

 

ART. 1°) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385 , sus modificaciones y Decreto Reglamentario, asigne a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el aporte no reintegrable de $ 2.679.780,73 (Pesos dos millones seiscientos setenta y nueve mil setecientos ochenta con setenta y tres centavos), correspondiente a parte del "Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados" asignados oportunamente para el año 2012 que serán destinados para fresado y repavimentación de las calles Eva Perón y Juan B. Justo, desde Av. San Martín hasta Fornieles y las calles Ing. Mosconi y Mitre desde Filippini a Vías del FFCC, y $ 808.388 (Pesos ochocientos ocho mil trescientos ochenta y ocho) para reconstrucción en hormigón armado de la calle Temporelli desde Cementerio local a la Av. Pte. Raúl Alfonsín (Ex Ruta Provincial 22S)

ART. 2°) Declárese como no susceptibles de recuperación mediante contribución de mejoras la obra consignada en el artículo primero.-

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de mayo de 2012.

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Publicado en 2012