Viernes, 17 Mayo 2013 18:07

Decr. 486/13 Dar cumplimiento a lo establecido en Ordenanza 2032/12

Valora este artículo
(0 votos)

Expte. Nº 4.770/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

La Ley Provincial N° 12385 "Fondos para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados", y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 17 de Mayo de 2012, este Cuerpo aprobó la Ordenanza N° 2032/2012, por la cual se solicitaba al Superior Gobierno de la Provincia la asignación de aportes no reintegrables en el marco de la Ley Provincial N° 12385.

Que dicho aportes solicitados, tenían como destino, entre otros, el fresado y repavimentación de las calles Eva Perón y Juan B. Justo desde Av. San Martín hasta Fornieles y la calle Ing. Mosconi y Av. Mitre desde Av. Filippini hasta vías del FFCC.

Que al día de la fecha, los mencionados aportes, a través del fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados, no han sido recibidos.

Que desde el momento  que se aprobó la Ordenanza, el estado de las citadas arterias ha empeorado  considerablemente, lo cual la hace prácticamente intransitable en algunos tramos.

Que los vecinos frentistas de estas calles y los que transitan por las mismas, realizaron numerosos reclamos ante este Concejo por el estado de las mismas.

Que estas calles, todas céntricas, son de vital importancia para el tránsito de nuestra Ciudad ya que en ellas se encuentran el Club Independiente, La Casa de la Cultura, la Seccional N° 29, tres escuelas primarias, una secundaria, la Municipalidad, el Banco Nación, las Cooperativas Telefónica e Integral, y por allí circulan las líneas de Transporte Urbano de Pasajeros.

Que el bacheo de estas calles sería, según el entender este Cuerpo Deliberativo, un “gasto extraordinario para las arcas» de la Municipalidad, ya que el arreglo de las mismas estaría cubierto por los fondos requeridos y podría afectarse a otras calles que también deben ser reacondicionadas.

Que es deber de este Concejo velar para que las rentas municipales en una situación de emergencia económica no se vean afectadas por gastos onerosos y a la vez, defender al municipio para que reciba lo que le corresponde desde el estado provincial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 486/2013

 

ART. 1º) Cúmplase con lo dispuesto en la Ordenanza N° 2032/2012, de fecha 17/05/2012.

 

ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, remitirá a este Cuerpo la respuesta a lo formulado.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  16 de  mayo de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

     

 

 

 

 

Visto 158 veces