Decr. 783/15 Pedido de informe si la empresa concesionaria de la obra de ensanche de la Ruta Pcial. Nº 21 ha solicitado permiso para el retiro de árboles
Expte. Nº 5.571/15.
VISTO:
La Ley 2.756
El Código de Faltas Municipal, Ordenanza 490/89, en su TITULO II. FALTAS CONTRA LA SEGURIDAD E HIGIENE., Art. 93° “Destrucción de árboles”, y
CONSIDERANDO:
Que desde el comienzo del ensanchamiento de la ruta provincial Nº 21 se ha observado que la empresa concesionaria a cargo de la obra ha retirado numerosos ejemplares de árboles que se encontraban al costado del camino.
Que vecinas y vecinos han manifestado su preocupación y malestar a este Concejo Deliberante y a sus miembros en reiteradas oportunidades al respecto.
Que el código de faltas municipal establece multas y sanciones para el retiro de árboles sin su debido permiso, señalando claramente en su art. 93° que “La extracción de árboles, arbustos o plantas y/o su destruccióno muerte de cualquier medio que se emplee, ubicados en lugares públicos será penado con multa de 5 a 100 u.p. por cada planta y/o clausura y/o arresto hasta 30 días.”
Que es importante que se tomen acciones con respecto a esto, y que la empresa además de resarcir económicamente al municipio, sea obligada a la plantación de nuevos ejemplares con el fin de favorecer al medio ambiente y con ello mejorar la calidad de vida de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 783/2015
ART. 1°)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que informe si la empresa concesionaria de la obra de ensanche de la Ruta Provincial N °21 ha solicitado los permisos correspondientes para el retiro de árboles a la vera de la misma, o si en su defecto, presentó un plan de reforestación como consecuencia de la extracción de los ejemplares antes citados.
ART. 2°) En caso de no existir permisos solicitados para la extracción de los ejemplares arbóreos, el Departamento Ejecutivo Municipal elevará las multas correspondientes a los responsables, e intimará a la empresa a presentar un plan de reforestación.
ART. 3°) Cualquier información derivada de lo solicitado anteriormente deberá ser enviada por el Departamento Ejecutivo a este Concejo Deliberante, en el plazo de 10 días de aprobado el presente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de agosto de 2015
Decr. 652/14 Relevamiento de las especies arbóreas con inminente peligro de caída
Expte. Nº 5.252/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El estado de deterioro que presentan determinadas especies arbóreas, dispuestas en diferentes sectores de la ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que se pueden ver tanto en diferentes espacios verdes como en la vía pública, determinados ejemplares de árboles que por su estado, tamaño y edad, presentan un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.
Que por la ubicación de las especies, ya sea sobre veredas, plazas o boulevares; se tornan una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.
Que a simple vista, se presentan múltiples situaciones, como: ahuecamiento de las base o de ramas de gran magnitud, procesos de desecado de algunas zonas o ramas, presencia de hongos y demás características, que manifiestan un avanzado estado de deterioro de estos árboles.
Que la Municipalidad cuenta con un vivero propio, que facilita la inmediata reposición de aquellas especies que ineludiblemente, necesiten ser removidas por presentar, un peligro inminente de caída.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 652/2014
ART. 1º) Se solicita al Departamento Ejecutivo, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar un relevamiento en toda la ciudad, de aquellas especies arbóreas que por su condición de deterioro, ahuecamiento o descomposición, presenten un peligro inminente de caída.
ART. 2º) Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.
ART. 3º) En caso de que estas tareas no puedan realizarse de manera simultánea, se solicita que se disponga de un vallado que inhabilite la zona de peligro, para el paso peatonal, hasta tanto se resuelva la dificultad.
ART. 4º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de julio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 553/13 Trabajos de obras públicas en Plaza “San Martín”
Expte. Nº 4.997/13.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
La Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013;
Los reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
Considerando:
Que la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi se encuentra en pésimas condiciones.
Que la misma es un espacio de esparcimiento para niños y adultos.
Que es un lugar de concurrencia masiva por la cercanía de tres escuelas –Escuela Nro. 132 Asamblea del Año XIII, Escuela Técnica Nro. 8.235 Ingeniero Gomara y Escuela Primaria Nro. 1.315 Cooperación.
Que frente a la Plaza se encuentra la municipalidad y la Iglesia Santa María de los Ángeles.
Que en la zona funcionan varios negocios de diversos rubros.
Que en la plaza se encuentran caños de hierro cortados ocultos entre el pasto, los cuales al no ser advertidos pueden ocasionar accidentes, lesiones de considerable riesgo e incluso pueden ser letales en los niños que frecuentan el lugar.
Que las columnas de alumbrado tienen los cables a la vista ya que carecen de las tapas que los cubran. La única medida de seguridad de dichos cables son las cintas adhesivas que los separan.
Que algunos armazones carecen de su correspondiente recipiente de residuos.
Que los árboles están añejos, en riesgo de caerse, y que podrían provocar serios daños materiales en los vehículos estacionados en las dársenas. Que incluso tendríamos que lamentar víctimas fatales si cayera sobre alguna persona.
Que los juegos necesitan mantenimiento, restauración de hamacas, pintura y medidas de seguridad.
Que dichos juegos no pueden ser usados durante varios días luego de periodos de lluvias ya que en el lugar el agua permanece estancada.
Que las rampas utilizadas por las personas de movilidad reducida se encuentran en deplorables condiciones, dificultando su acceso a la plaza.
Que hubo reiterados reclamos a través de los medios gráficos locales sobre las condiciones de la Plaza San Martín.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la seguridad de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 553/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda:
ü proceda a retirar los caños cortados que se encuentran en distintos puntos de la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi.
ü coloque las correspondientes tapas a las columnas de alumbrado público ubicados en los laterales de los caminos que atraviesan la Plaza San Martín.
ü restaure la columna de alumbrado público faltante en la Plaza San Martín.
ü reponga los cestos de residuos en sus correspondientes armazones en la Plaza San Martín.
ü proceda a reacondicionar los juegos ubicados en la Plaza San Martín.
ü reconstruya las rampas de acceso para la personas con movilidad reducida en la Plaza San Martín.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013 aprobada en marzo del corriente año, en la que se solicitaba el reemplazo de los árboles añejos por otros más jóvenes en Plaza San Martín.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva