08 Junio 2025

Expte.  Nº  5.526/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipios y Comunas Nº 2756.

El Decreto Nº 760/15, y

CONSIDERANDO:

El interés municipal en fomentar y sostener la cultura, en correlación con la cada vez más amplia competencia atribuida a los entes locales en ese y otros  rubros como por ejemplo Educación.

Que constituye un ejemplo que genera orgullo para nuestra ciudad el desempeño local y extramuros del Ballet “Municipal de Villa Gobernador Gálvez”, conducido y dirigido por el Sr. Víctor Molina, que exhibe calidad y compromiso en la difusión, docencia y práctica de danzas folklóricas.

Que el Profesor Víctor Molina, ha participado, desde el año 1992 en el Ballet” Sendas Argentinas”, que fuera dirigido por el profesor Alfredo Leiva. En el año 2002, Molina toma la dirección de este grupo denominado por la sociedad de esta ciudad, y desde ese momento, “Ballet Municipal de Villa Gobernador Gálvez”. Comenzó entonces a representarnos en diversos festivales de nivel nacional e internacional. Llevaron siempre como bandera el orgullo de ser nativos de Villa Gobernador Gálvez.

Conocieron  y disfrutaron de su prestigio: Las 3 Lunas de Cañada de Gómez, Coronel Brandsen, Festival Nacional del Ballet Municipal, el encuentro de Luján, certamen Monte Vera, Santa Fe, Festival por los Caminos, Uruguay Montevideo, San Jerónimo Norte, Santa Fe San Jorge, Santa Fe, Tres Arroyos, Buenos Aires, Festival Nacional Cosquín, Festival de Entre Ríos, Ballet Municipal El Reencuentro, Festival de laZamba Tucumán, Festival de la Chaya, La Rioja, Mar del Plata, Festival Nacional de San Luis entre otros.

Que, además, el Profesor Molina paseó su talento por Europa (Italia y Bermeo, del País Vasco), en el Festival UNESCO.

Que no debe agotarse el apoyo municipal a la actividad mencionada, con la sola declaración de Interés.

Que, a los efectos de dar contenido y respaldo a la representación de nuestra ciudad que, en el rubro en consideración, ejerce el Ballet referido, conviene a los intereses de la comunidad incorporar al grupo de danzas a la estructura municipal, en el ámbito de la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura, Casa de la Cultura, como órgano de enseñanza y práctica de danzas folklóricas argentinas, y participación en eventos y actividades, en representación de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 765/2015

ART. 1°) Incorpórese, como actividad de enseñanza, práctica y representación municipal en el rubro “danzas folklóricas argentinas” de la  Casa de la Cultura Municipal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura, al Ballet que se denominará oficialmente desde la fecha del presente, “BALLET MUNICIPAL DE VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ”

ART. 2°)  El Ballet mencionado en el artículo precedente, seguirá siendo conducido y supervisado-salvo disposición administrativa futura que modifique el presente decreto-por el Sr. Víctor Molina, D.N.I. Nº 28.097.342, no revistiendo ni generando su labor y la de quienes eventualmente se desempeñen en el rubro, relación de empleo público alguno, situación que el prenombrado ha declarado conocer y aceptar.

ART. 3°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   18 de junio  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015

Expte.  Nº  5.515/15.

VISTO:

La Ley Nº 2756.

            La Convención Internacional sobre  los Derechos del Niño  ratificado por Ley 23849.
            La necesidad de promover políticas de inclusión a través de la cultura y especialmente de la música a los niños/niñas y jóvenes de la ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que a principios de la década de 1980 existían en nuestra ciudad 2 Bandas de Música Infanto Juveniles,  auspiciadas  por la Cooperativa Integral Limitada y por la Municipalidad de Villa Gobernador  Gálvez respectivamente.

Que estas agrupaciones estaban conformadas por niños/niñas y jóvenes  de distintas escuelas y de todos los barrios de la ciudad, recibían gratuitamente clases de teoría musical y solfeo, además de tener el primer contacto en su vida con un instrumento musical.

Que luego de una capacitación y formación estas Bandas Musicales llegaron a participar en distintos actos oficiales llevando  música, color y alegría en cada presentación  además de participar en competencias  con otras Bandas de distintas regiones del  país,  interactuando con niños de la misma edad que compartían la misma pasión por la música.

Que lamentablemente con el devenir de los años y las sucesivas crisis económicas que vivió el país   estás bandas se fueron desarticulando hasta desaparecer por completo.

Que a través de la Cultura y la Música  se puede lograr  una mayor integración social entre nuestros niños sobre todo los que no tienen posibilidades económicas  de pagar clases particulares en Institutos o Academias Musicales de gestión privada.

Que en todos los casos es necesario buscar la motivación a través de todo tipo de instrumentos musicales para generar un diálogo con niños y adolescentes, y al mismo tiempo estimular su concentración.

Que en las últimas décadas, la comunidad científica ha mostrado un gran interés por investigar los efectos benéficos que la música ejerce sobre el ser humano; y se ha comprobado que la música es capaz de producir notables cambios fisiológicos en el organismo. Entre los más importantes están los siguientes: acelera o retarda las principales funciones orgánicas (ritmo cerebral, circulación,respiración, digestión y metabolismo);  incrementa o disminuye el tono y la energía muscular; modifica el sistema inmunológico; altera la actividad neuronal en las zonas del cerebro implicadas en la emoción, e incrementa la resistencia para el trabajo y para las actividades de alto rendimiento, entre otros.

Que psicológicamente, la música puede despertar, evocar, estimular, robustecer y desarrollar diversas emociones y sentimientos. Es una fuente de placer, y puede provocar catarsis y sublimaciones. También puede traer a la memoria olores y colores, y modificar el estado de ánimo del oyente y su percepción del espacio y del tiempo. La música suscita el placer estético y mueve a la reflexión; incita y favorece la expresión de uno mismo e induce a la colaboración intergrupal y al entendimiento cultural.

Que intelectualmente, la música desarrolla la capacidad de atención y favorece la imaginación y la capacidad creadora; estimula la habilidad de concentración y la memoria a corto y largo plazo y desarrolla el sentido del orden y del análisis. Facilita el aprendizaje al mantener en actividad las neuronas cerebrales, y ejercita la inteligencia, ya que favorece el uso de varios razonamientos a la vez al percibir diferenciadamente sus elementos, y sintetizarlos en la captación de un mensaje integrado, lógico y bello.

Que terapéuticamente hablando, la música se utiliza en el tratamiento de dolencias como la hipertensión arterial, estados de ansiedad, depresión y estrés, y alteraciones del sueño. También se emplea en la rehabilitación de pacientes psicóticos, de niños autistas y de adolescentes con trastornos del comportamiento.

Que el empleo terapéutico de la música se denomina musicoterapia, ciencia que se ocupa del mantenimiento, la restauración y el acrecentamiento de la salud, tanto física como mental, a través de la música. Mediante técnicas específicas de la musicoterapia, se pueden estimular los neurotransmisores endógenos del cerebro, de tal forma que provoquen reacciones químicas que mejoren, aceleren o favorezcan el aprendizaje.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 760/2015

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda estudie la factibilidad de formación de la Banda Musical Infanto Juvenil de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

ART. 2°) Esta banda tendrá como objetivo fundamental brindar en forma gratuita una formación integral a través de la música a los niños/niñas y jóvenes de los distintos barrios de  la ciudad.Promoviendo la integración social y cultivando valores como el estudio, el sacrificio,  la superación personal y el trabajo en equipo e identidad;  incluyendo formación en la música folklórica popular e intrumentos tradicionales.

ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   28 de mayo  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015