Expte. Nº 5.526/15.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipios y Comunas Nº 2756.
El Decreto Nº 760/15, y
CONSIDERANDO:
El interés municipal en fomentar y sostener la cultura, en correlación con la cada vez más amplia competencia atribuida a los entes locales en ese y otros rubros como por ejemplo Educación.
Que constituye un ejemplo que genera orgullo para nuestra ciudad el desempeño local y extramuros del Ballet “Municipal de Villa Gobernador Gálvez”, conducido y dirigido por el Sr. Víctor Molina, que exhibe calidad y compromiso en la difusión, docencia y práctica de danzas folklóricas.
Que el Profesor Víctor Molina, ha participado, desde el año 1992 en el Ballet” Sendas Argentinas”, que fuera dirigido por el profesor Alfredo Leiva. En el año 2002, Molina toma la dirección de este grupo denominado por la sociedad de esta ciudad, y desde ese momento, “Ballet Municipal de Villa Gobernador Gálvez”. Comenzó entonces a representarnos en diversos festivales de nivel nacional e internacional. Llevaron siempre como bandera el orgullo de ser nativos de Villa Gobernador Gálvez.
Conocieron y disfrutaron de su prestigio: Las 3 Lunas de Cañada de Gómez, Coronel Brandsen, Festival Nacional del Ballet Municipal, el encuentro de Luján, certamen Monte Vera, Santa Fe, Festival por los Caminos, Uruguay Montevideo, San Jerónimo Norte, Santa Fe San Jorge, Santa Fe, Tres Arroyos, Buenos Aires, Festival Nacional Cosquín, Festival de Entre Ríos, Ballet Municipal El Reencuentro, Festival de laZamba Tucumán, Festival de la Chaya, La Rioja, Mar del Plata, Festival Nacional de San Luis entre otros.
Que, además, el Profesor Molina paseó su talento por Europa (Italia y Bermeo, del País Vasco), en el Festival UNESCO.
Que no debe agotarse el apoyo municipal a la actividad mencionada, con la sola declaración de Interés.
Que, a los efectos de dar contenido y respaldo a la representación de nuestra ciudad que, en el rubro en consideración, ejerce el Ballet referido, conviene a los intereses de la comunidad incorporar al grupo de danzas a la estructura municipal, en el ámbito de la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura, Casa de la Cultura, como órgano de enseñanza y práctica de danzas folklóricas argentinas, y participación en eventos y actividades, en representación de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 765/2015
ART. 1°) Incorpórese, como actividad de enseñanza, práctica y representación municipal en el rubro “danzas folklóricas argentinas” de la Casa de la Cultura Municipal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura, al Ballet que se denominará oficialmente desde la fecha del presente, “BALLET MUNICIPAL DE VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ”
ART. 2°) El Ballet mencionado en el artículo precedente, seguirá siendo conducido y supervisado-salvo disposición administrativa futura que modifique el presente decreto-por el Sr. Víctor Molina, D.N.I. Nº 28.097.342, no revistiendo ni generando su labor y la de quienes eventualmente se desempeñen en el rubro, relación de empleo público alguno, situación que el prenombrado ha declarado conocer y aceptar.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de junio de 2015