Decl. 406/17 Interés Social y Comunitario la imposición del nombre Bomberos Voluntarios al Taller de Educación Manual Nº 68 de nuestra ciudad
Expte. Nº 6.119/17.
VISTO:
La Ley Nacional N° 25.425, de conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina,
La Ley N° 12.969, Ley Provincial de Asociaciones de Bomberos Voluntarios,
La Ley N° 2.756 Orgánica de Municipalidades, Artículo 39,
La Resolución Ministerial de Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe Nº 852 de 1991, sobre imposiciones de nombre a establecimientos educativos,
La disposición Nº 092 del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe de fecha 25 de noviembre del 2016, por la cual se le impone el nombre de “Bomberos Voluntarios” al Taller de Educación Manual Nº 68,
La Declaración N° 226/2012, que declara a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez como “institución destacada de la ciudad”,
La Ordenanza Nº 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que los bomberos voluntarios son una institución social sin fines de lucro compuesta por hombres y mujeres que dejando a un lado, en cada llamada, sus propios proyectos de vida, dedican su tiempo al auxilio de sus vecinos en los momentos más críticos y riesgosos, en muchos casos, poniendo en riesgo hasta su propia vida.
Que en reconocimiento a los bomberos voluntarios, sobre todo a los que pertenecen a nuestra ciudad, la comunidad educativa del Taller de Educación Manual Nº 68 decidió imponer el nombre de “Bomberos Voluntarios” a la citada institución, medida que fue ratificada por el Secretario de Educación Provincial Dr. Oscar Alberto Di Paolo.
Que el reglamento de imposición de nombres para establecimientos educativos y otras dependencias escolares de todos los niveles de enseñanza, señala en su capítulo Nº 1 que las pautas para otorgamiento o imposición de nombre es por potestad establecida por el artículo 11 de la citada norma que sostiene “El titular de la jurisdicción resolverá los casos no previstos mediante resolución fundada”
Que la disposición del Ministerio de Educación 092 del 25 de Noviembre del 2016, instrumento jurídico por el cual se nombró la escuela como “Bomberos Voluntarios”, tuvo en cuenta en sus argumentos, que el nombre elegido fue “una propuesta aceptada por consenso y que imponerla a la institución en cuestión, significa reconocer a una agrupación, con vocación de servicio, que lo brinda ad honorem en la República Argentina.”
Que la historia indica que la primera organización de bomberos voluntarios tuvo su origen en el barrio porteño de La Boca, bajo el lema “querer es poder”. Desde allí, comenzaron a formarse diferentes cuerpos de bomberos voluntarios a lo largo de las ciudades más importantes de país. En nuestra ciudad, en el año 1972 se constituye el primer cuerpo de bomberos voluntarios.
Que nombrar una institución escolar con el nombre de “Bomberos voluntarios” indica el valor que tiene para nuestra sociedad la templanza, la ayuda, la colaboración, el humanismo y el esfuerzo compartido, en definitiva, toda la gama de valores que este cuerpo representa.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 406/2017
ART. 1º) Declárese de interés social y comunitario la imposición del nombre Bomberos Voluntarios al Taller de Educación Manual Nº 68 de nuestra ciudad.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de abril de 2017
Decl. 368/16 Interés Social y Comunitaria la conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina
Expte. Nº 5.792/16.
VISTO:
La Ley Nacional N° 25.425, de conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina,
La Ley N° 12.969, Ley Provincial de Asociaciones de Bomberos Voluntarios,
La Ley N° 2.756, Artículo 39º,
La Declaración N° 226/2012, que declara a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez como “institución destacada de la ciudad”,
La Ordenanza Nº 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la sanción de la ley nacional N° 25.425 todos los años se conmemora el 2 de junio como el día del Bombero Voluntario de la República Argentina, en alusión a la fecha de la fundación del primer cuerpo de bomberos de todo el país en el barrio de La Boca de la ciudad de Buenos Aires. Allí en el año 1884, Tomas Liberti, un inmigrante italiano, creó en la calle Brandsen el primer destacamento de Bomberos Voluntarios, bajo el lema "querer es poder".
Que los Bomberos Voluntarios contribuyen desinteresadamente, y bajo cualquier circunstancia, con la defensa de la vida y bienes de la población; siendo en muchos casos el único medio con el que la comunidad cuenta para enfrentar los distintos siniestros que se producen.
Que también es oportuno mencionar el valiente aporte que, desde hace más de 40 años, vienen haciendo los bomberos voluntarios de nuestra ciudad en las numerosas situaciones que acontecen, muchas veces ejerciendo roles sociales que exceden largamente su finalidad específica. Tal como menciona la declaración 226/2012: “Que el personal de Cuerpo de Bomberos se enfrenta a grandes temperaturas en incendios, a derrumbes de estructuras y a posibles intoxicaciones de las vías respiratorias, entre otras cosas, poniendo en riesgo su vida de forma permanente para resguardar desinteresadamente a los demás.
Que nuestros Bomberos acuden en ayuda de localidades vecinas cada vez que se lo solicitan, sin importar distancias o siniestros, demostrando los valores que desarrollan en cada una de sus acciones.”
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 368/2016
ART. 1º) Declárese de interés social y comunitario la conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina, a celebrarse el día 2 de junio.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de junio de 2016
Decl. 290/14 Adhesión al “Día Nacional del Bombero Voluntario”
Expte. 5.183/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
La Ley Nacional Nº 25.425/2001
La Declaración Nº 226/12 nombrando a Bomberos Voluntarios como Institución destacada de la ciudad.
El Expediente del Senado de la Nación 1536-S-14 aprobado el día 28 de Junio del corriente adhiriendo al Día del Bombero Voluntario, y
CONSIDERANDO:
Que el día 2 de Junio se conmemora el Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina, fecha fijada por la Ley Nacional 25.425/01. Esta fecha responde a la creación de la “Sociedad Italiana de
Bomberos Voluntarios de la Boca” en el año 1884.
Que a partir de allí, con el tiempo se fueron sumando otros cuerpos hasta llegar a las más de seiscientas cincuenta Asociaciones de Bomberos Voluntarios con que cuenta el país hoy.
Que la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gdor. Gálvez fue creada el 11 de Abril de 1972, contando con más de 40 años en la ciudad. Surge de una propuesta del Rotary Club y el 17 de Mayo de 1977 obtiene su personería jurídica.
Que el trabajo de los Bomberos Voluntarios de la ciudad ha sido reconocido por el Senado de la Nación, cuando fueron distinguidos con la mención de honor "Domingo Faustino Sarmiento" luego de su actuación destacada en la tragedia de Salta junto a Bomberos de todo el país.
Que su tarea, que muchas veces involucra poner en riesgo sus vidas, también es destacada constantemente por la ciudadanía misma, teniendo hoy la institución y sus miembros un prestigio que no solo reside en la importancia de su actividad sofocando y previniendo incendios, sirviendo de apoyo en inundaciones y realizando tareas de salvataje entre otras, sino también por la seriedad y presteza con que las mismas se desarrollan.
Que de cara a la comunidad, y por las razones anteriormente citadas, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez se ha constituido en un motivo de orgullo para la ciudad y un ejemplo a nivel regional, ya que prestan ayuda en localidades vecinas en cada oportunidad que se le es solicitado.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 290/2014
ART. 1º): El Concejo Deliberante adhiere a la conmemoración del “Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina”, instituido el día 2 de junio por ley 25.425/2001.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de junio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decl. 226/12 Institución destacada de la ciudad Bomberos Voluntarios
Expte. Nº 4.345/12.
VISTO:
La importante y destacada labor de los Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad
La Ordenanza Nº 1.947/2010 y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez fue creada el 11 de Abril de 1972, estando próxima a cumplir 40 años.
Que dicha asociación surge por una propuesta del Rotary Club a fines del año 1971 y obtiene su personería jurídica el 17 de Mayo de 1977.
Que los Bomberos son actores fundamentales de una ciudad, convirtiéndose en guardianes de la misma y en nuestro caso, por ser Voluntarios, es mayor el reconocimiento que merecen.
Que la Ley Nº 12.969 expresa en su Artículo 20º que “Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios tendrán por misión la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional.”
Que el personal de Cuerpo de Bomberos se enfrenta a grandes temperaturas en incendios, a derrumbes de estructuras y a posibles intoxicaciones de las vías respiratorias, entre otras cosas, poniendo en riesgo su vida de forma permanente para resguardar desinteresadamente a los demás.
Que nuestros Bomberos acuden en ayuda de localidades vecinas cada vez que se lo solicitan, sin importan distancias o siniestros, demostrando los valores que desarrollan en cada una de sus acciones.
Que en ese sentido, el 1 de Julio de 2010 se inauguró un destacamento en el Parque Industrial de la vecina localidad de Alvear.
Que el crecimiento cuantitativo y cualitativo del cuartel local en estos últimos años, con la adquisición de nuevas autobombas y equipamientos, lo ha convertido en un ejemplo regional.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACIÓN Nº 226/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, declara a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez como “INSTITUCIÓN DESTACADA DE LA CIUDAD”.
ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci