08 Junio 2025

Expte.  5.276/14.

VISTO:

La Ordenanza Nº 1865/09 Creación Comisión de Apoyo a la Seguridad;

Decreto Nº  453/13 Construcción de nuevos destacamentos y comisarías;

La Ordenanza Nº 2176/14 Declaración de Emergencia en Seguridad Pública;

La Declaración Nº 306/14 Interés Municipal de la Permanencia de Gendarmería;

La Ley Provincial Nº 13.297/12 de Emergencia en materia de Seguridad Pública;

La Ley 2756 Orgánica de Municipalidades;

El incremento de hechos delictivos que requieren la necesidad de contar con un sistema integrado de seguridad ciudadana que permita una respuesta rápida y eficaz ante cada situación de emergencia;

La complejidad de las ciudades en lo relativo a la comunicación y el transporte en general; y

CONSIDERANDO:

Que frente a contingencias en materia de fenómenos climáticos, accidentes, inseguridad y violencia de género es necesario mancomunar esfuerzos y recursos que optimicen la capacidad operativa entre los estamentos públicos y otras organizaciones que puedan aportar a la solución de los mismos.

Que la interacción entre ciudadanía y fuerzas de seguridad y emergencias permitirá acortar los tiempos en la toma de conocimiento de los siniestros y en la intervención de los mismos, tiempos que para situaciones extremas termina siendo la diferencia entre la vida y la muerte.

Que la participación ciudadana facilitará el contralor por parte de los vecinos que son los principales interesados en el éxito de este sistema mediante el seguimiento de las políticas a implementar conjuntamente con las tareas preventivas y operativos de intervención.

Que las nuevas herramientas tecnológicas informativas y comunicacionales han marcado nuevas formas de relacionarnos e interactuar y el Estado debe acompañar el avance de la ciencia aprovechando los beneficios para la aplicación de políticas públicas.

Que la digitalización de la información abrirá la posibilidad de llevar estadísticas diarias para profundizar la planificación de políticas de seguridad ciudadana.

Que en diferentes municipios de la Argentina (Pergamino, Tigre y Bahía Blanca, entre otros) se han ido implementando sistemas integrados de alertas que permiten integrar múltiples canales de comunicación para mejorar la atención y control de la seguridad ciudadana, estableciendo un mecanismo de interacción entre los vecinos y las distintas fuerzas de seguridad. Por ejemplo, el Centro de Operaciones de Tigre pretende fortalecer la prevención de delitos, accidentes de tránsito y siniestros en general. Cuenta con un sistema de cámaras de vigilancia ubicadas a lo largo de todo el distrito, a través del cual se monitorea lo que ocurre en las calles del municipio. El objetivo es mejorar la eficiencia diaria de los profesionales y el tiempo de respuesta en cada operativo.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.226/2014

ART.1°)Créase el Sistema Municipal de Alertas de seguridad y emergencias dentro del ámbito de la Secretaría de Gobierno.

ART.2°)El mismo se formará a través de una plataforma informática que integrará cámaras de videovigilancia, teléfonos celulares, redes sociales, internet, botones de pánico, GPS, posnets, alarmas comunitarias y de entidades públicas, los números para atención de emergencias como el 911, 100, *717 (Violencia de Género), 08002223444 (Linea Salud Sexual), y 0804441661 (Seguridad).

ART. 3°)El sistema de seguridad tendrá como objeto:

1.        Generar un sistema de protección ciudadana que trabaje coordinadamente con el gobierno de la provincia y de la nación en la seguridad de sus habitantes.

2.           Fortalecer la capacidad operativa de las distintas fuerzas de seguridad, de emergencias yáreas municipales de protección y defensa ciudadana.

3.           Establecer un mecanismo de interacción entre la ciudadanía y las distintas fuerzas de seguridad y emergencias.

4.                  Implementar el empleo de herramientas tecnológicas de uso frecuente como celulares, computadoras que en red sumadas a la innovadora plataforma informática permiten el ingreso de alertas desde los comercios de cada barrio a través de los posnet de tarjetas de crédito y débito o botones de alertas instalados a tal fin, computadoras conectadas a internet, mensajes de texto, botones de pánico alarmas en escuelas, transporte público, entre otras.

5.           Procurar que las empresas de seguridad privadas habilitadas cuenten con su sistema de alerta para que las fuerzas de seguridad pública puedan intervenir eficazmente.

ART.4°)El dispositivo funcionará en el Centro de Monitoreo Municipal desde donde se articularán entre los estamentos Nacional, Provincial y Municipal la atención y respuesta de llamados y denuncias.

ART.5°)La Municipalidad podrá firmar con los Gobiernos Nacional,  Provincial y con entes privados los convenios necesarios para la coordinación complementación de recursos y protocolos de actuación.

ART. 6º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  7  de  agosto  de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

Publicado en 2014

Exptes. Nº 5041/14; 5042/14 y 4776/13.

VISTO:

La Ley Nro. 2.756

La situación de inseguridad que padece la ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que sería de suma importancia la llegada de efectivos de Gendarmería Nacional que se asienten de forma permanente hasta que los niveles de inseguridad sean mínimos.

Que además de la policía de Proximidad que, según el acuerdo firmado entre la provincia y el Ministerio de Seguridad de la Nación, se implementaría a partir de marzo (según lo publicado en la agencia Télam el 18 /02/14).

Que estos dos cuerpos de seguridad provocarían un impacto de confianza en la población y aminorarían la ola de delictiva.

Que uno de los reclamos de los vecinos autoconvocados es la falta de controles de motovehículos que incumplen absolutamente todas las normas de tránsito y seguridad.

Que Villa Gobernador Gálvez necesita que la policía se desligue de cuestiones administrativas y se aboque a la prevención del delito.

Que para ello, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe creo por Decreto los Centros Territoriales de Denuncias (CTD), atendidos por profesionales que orientarán a las personas, recibirán las denuncias o derivarán a las instituciones correspondientes.

Que esto, además de liberar a la policía de cuestiones administrativas, garantizaría el rápido tratamiento de los temas que en ocasiones se demoran en llegar a tribunales desde las comisarías y les permitiría obtener un asesoramiento adecuando a las personas.

Que el municipio no cuenta con un área específica que se ocupe del tema, recayendo en la mayoría de los casos la responsabilidad sobre la Secretaría de Gobierno, secretaría que tiene una gran cantidad de obligaciones en su haber, y que podrían desviar la atención que requiere esta problemática.

Contar con una Secretaría de Seguridad en la Ciudad nos permitiría tener un equipo de trabajo que se dedique concretamente a abordar lo concerniente a este tema que es, sin lugar a duda la prioridad para la gran mayoría de la población.

Que es menester que la Dirección de Transito destine más personal y recursos y propicie políticas de concientización a los conductores de esos vehículos para que en breve tiempo se adecuen a las normas establecidas.

Que es imprescindible que estás medidas se implementen en forma efectiva y sistemática con el fin de erradicar de nuestra ciudad los elementos y locaciones que sirven de base para la propagación delictiva, dícese, venta y consumo de drogas, exclusión social, desocupación y pobreza.

Que esta ciudad necesita una solución urgente por lo tanto es ineludible agilizar los tiempos, evitando que esta declaración de Emergencia en Seguridad Pública se pierda en trámites burocráticos mientras que los hechos delictivos aumentan minuto a minuto.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.176/2014

 

ART. 1º) Declárese en todo el ámbito de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez la EMERGENCIA EN SEGURIDAD PUBLICA.

 

ART. 2º) Autorícese al D.E.M. en conjunto con el Concejo Deliberante gestione ante el Ministerio de Defensa, efectivos de gendarmería nacional u otro cuerpo de Seguridad Nacional; para que se instalen de manera permanente hasta que la ola de delictiva sea controlada.

 

ART. 3º) Autorícese al D.E.M. y el Concejo Deliberante para que se gestione, en forma inmediata, ante quien corresponda, la puesta en marcha de la Policía de proximidad destinada a Villa Gobernador Gálvez.

 

ART. 4º) Dispóngase que se refuerce los controles vehiculares permanentes, haciendo particular hincapié en los conductores de motovehículos, procurando su secuestro de manera que se impida la circulación sin contar con la documentación legal respectiva y normas de seguridad vial según el Código Municipal de Faltas –Ordenanza 490/89 y sus modificatorias- y la Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449.

 

ART. 5º) El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará ante el Superior Gobierno de Santa Fe la instalación de un Centro Territorial de Denuncias para Villa Gobernador Gálvez y elevará a este Concejo un informe sobre las gestiones solicitadas en el plazo de 10 días de sancionado el presente.

 

ART. 6º) Créase la Secretaría de Seguridad Comunitaria en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal, retornando el expediente de referencia (4776/13) para su inmediato tratamiento pormenorizado en la próxima reunión de Comisión.

 

ART. 7º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de febrero de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

 

Publicado en 2014