08 Junio 2025

Expte. Nº 6.155/17.

VISTO:

Ley Nacional Nº 12.665

Ley Provincial Nº 5.516

Ley Provincial Nº 12.208

Decreto Reglamentario Nº 84.005/41

Declaración Nº 286/2014, y

CONSIDERANDO:

            Que el centro polivalente TEATRO-CINE AVENIDA de la ciudad fue fundado   en 1932 y,  que funciono como único cine de la ciudad hasta su cierre.

            Que fue re inaugurado el martes 14 de octubre de 2008 a cargo de la municipalidad.

Que a partir del año 2012 quedo a cargo del  centro cultural Nuevo Pueblo.

Que además continúa con la tradicional matiné de cine infantil,  conteniendo a una gran cantidad de chicos de la zona,  El CINE AVENIDA es el único cine de barrio que funciona en la ciudad y zonas aledañas.

 Que, el edificio, donde está ubicado  el día 22 de mayo del año 2014, fue declarado Patrimonio histórico cultural (DECLARACION Nº 286/2014.) 

En él funcionan actualmente diversas actividades;

  • Proyección de películas.
  • Escuela de pastelería artesanal para niños y adultos.
  • Escuela de peluquería.
  • Escuela de folklore y danzas nativas para niños, adolescentes y adultos
  • Grupo de danzas brasileras.
  • Taller de cumbia cruzada.
  • Taller de danza clásica, de elementos coreográficos, que incluye técnicas de clásico, contemporáneo y jazz.
  • Taller de danzas árabes.

Todas estas actividades, entre otras, apuntan a lograr la inserción de la gente a nuestra sociedad,  hoy tan acechada por los flagelos de la droga, la delincuencia y la trata de personas.

Mediante la pertenencia a través del amor al lugar, es que queremos destacar que las propuestas van surgiendo de la misma gente del barrio, y de esa manera se forma una cadena de trabajo, para así, mostrar principalmente a los jóvenes que se puede crecer como personas, cumpliendo un rol valedero en nuestra ciudad, y representando a ésta en distintos lugares.

Por ejemplo:

  • NUEVO PUEBLO participó de la segunda luna del Festival de Cosquín 2016 en el escenario mayor de la Plaza Próspero Molina, "Atahualpa Yupanqui", el domingo 24 de enero del corriente año acompañando al violinista rosarino Leandro “Lele” Lovato.
  • El GRUPO MIX BRASIL, de danzas brasileras participó de los Carnavales de Victoria, Entre Ríos  sábado 20 de febrero del 2016, y siendo participes este año, invitados especialmente para los carnavales de Acebal 2017.
  • NUEVO PUEBLO participó del QUERER, CREER, CREAR 2014 V.G.G., El Centro cultural NUEVO CINE AVENIDA, en esa oportunidad presentó los grupos de salsa, tango, cumbia cruzada, folklore argentino y danzas brasileras.

Que sería de suma importancia el sostenimiento económico del único centro Cultural de nuestra ciudad por parte de estado municipal, no solo por la implicancia de la cultura en la sociedad, sino y fundamentalmente por el trabajo por parte del equipo que allí trabaja, en defensa de la identidad y el arraigo a nuestras  tradiciones culturales.

Que el lugar territorial que ocupa este centro cultural, es óptimo ya que es el emplazamiento donde los inmigrantes llegados a nuestra ciudad adoptaron como propio y esto lo convierte en el ámbito propicio para el desarrollo de este tipo de actividades.

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 980/2017

ART.1º)  El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar las gestiones necesarias a los fines de preservar las actividades culturales que se desarrollan en las instalaciones del Centro Cultural Polivalente “Teatro Cine Avenida” ubicado en la intersección de las calles Remedios de Escalada de San Martín e Italia de nuestra ciudad.

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal otorgará un subsidio mensual de Pesos  Seis Mil  ($ 6.000.-) a la Directora del Ballet “Nuevo Pueblo” Sra. Sandra Pérez, D.N.I. Nº 23.113.281, destinado a solventar los gastos que demanden el mantenimiento del local del Centro Cultural descripto en el artículo 1º del presente. Dicho subsidio será efectivo mientras las actividades sociales deportivas, culturales, etc. funcionen en dicho edificio.

ART.3º) La Sra. Sandra Pérez, rendirá mensualmente cuenta  documentada del destino dado a los fondos otorgados en el artículo precedente ante la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.4º) El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el Art. 2º del presente Decreto se imputará a la partida presupuestaria que corresponda.    

ART.5º) Quiénes coordinen  las actividades en el Centro Cultural deberán comprometerse a la regularización de una Personería Jurídica.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

Expte. Nº 6.166/17.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 y;

Ordenanza 1947/2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Nacional, desde el año 2016, viene estando presente en diferentes provincias de la Argentina, haciendo un trabajo social y territorial que acerca al vecino teniendo todos los Organismos Nacionales en un mismo lugar y así poder realizar sus trámites personales.

 Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, nombre que tiene este programa nacional, reúne diferentes prestaciones públicas para realizar trámites tales como: Documentación, Consultas Médicas, y Asesoramiento en todas las prestaciones sociales entre otras.

Que este programa busca promover el acceso de la población en situación de vulnerabilidad a servicios y prestaciones sociales para mejorar la calidad de vida y garantizar el goce pleno de todos los derechos como ciudadanos.

Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, junto con las administraciones Provinciales y Municipales logran llevar a cabo una tarea coordinada y efectiva para los organismos en general.

Que este programa va a llegar a nuestra ciudad los días 6, 7, 8 y 9 de junio del corriente año ubicándose en un punto estratégico de la ciudad como lo es el ANFITEATRO  MUNICIPAL, para que todos los sectores sociales puedan acceder al programa.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 413/2017

ART. 1º) Declárese de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa “EL ESTADO EN TU BARRIO”, que se llevara a cabo los días 6,7,8 y 9 de junio de 2017 en el horario de 8:00 A 13:00 hs, en el Anfiteatro Municipal de nuestra ciudad.

 

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

Expte. Nº 6.165/17.

VISTO:

La  visita del José Samuel Henríquez González para disertar y presentar su libro “Milagro en la Mina” en nuestra ciudad, el próximo sábado 3 de junio de corriente año,

La hazaña de los 33 mineros que permanecieron 69 días atrapados en la profundidad de una mina  ubicada en el norte de la hermana República de Chile,

La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO:

Que el  5 de agosto de 2010  se produjo un derrumbe en la mina San José, dejando atrapados a 33 mineros a unos 720 metros de profundidad durante 69 días. El yacimiento en cuestión se encuentra ubicado en la comuna chilena de Caldera, a 30 km al noroeste de la ciudad de Copiapó y era explotado por la compañía minera San Esteban Primera S.A.

Que entre los 33 mineros se encontraba  José Samuel Henríquez González, quien se destacara durante la odisea por su religiosidad y compromiso con sus compañeros; atributos por los cuales fue elegido para ser el guía espiritual del equipo y liderar las oraciones a más de 700 metros profundidad.

Que durante el forzado cautiverio su capacidad de liderazgo permitió sobrellevar las dificultades en tan complicada situación y contener al resto de los mineros en los momentos de zozobra y desasosiego. 

            Que a partir  esa experiencia, junto con sus 32 compañeros fueron invitados por el Primer Ministro de Israel quien los honró en su país, también el ex presidente de Estados Unidos, Barak Obama, lo invitó personalmente a participar en un desayuno anual con personalidades destacadas.

Que  José Samuel Henríquez González escribió un libro que se titula "Milagro en la Mina", el cual se tradujo a tres idiomas y fue presentado en más de 25 países alrededor del mundo; brindado conferencias y relatando su experiencia de vida.

Que es deber de este Concejo Deliberante reconocer a personas excelsas y nobles que hayan realizados acciones relevantes para toda la humanidad.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 412/2017

ART. 1º) Declárese visitante distinguido de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez al Sr. José Samuel Henríquez González, quien visitará nuestra ciudad el día sábado 3 de junio del 2017 para disertar y presentar su libro “Milagro en la Mina”.

 

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

Expte. Nº 6.163/17.

VISTO: 

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El pedido de la sub comisión de hockey sub acuático del Club Talleres RPB, y

CONSIDERANDO:

Que por entrenar con regularidad,  practicar algún deporte o hacer actividad física nos ayuda a mantener la salud y prevenir las enfermedades, pero tiene también otras ventajas que van desde el control de peso, hasta mejoras en la autoestima pasando por la flexibilidad, la fuerza y el descanso.

Que un estilo de vida activo protege la salud, disminuye el riesgo de sufrir enfermedad cardiaca, presión arterial alta, niveles elevados de colesterol en sangre y algunos tipos de cáncer.

Que en nuestra ciudad  contamos con distintas instituciones dedicadas al deporte, que realizan diferentes tipos de  estos, extendiendo sobre las niñas, niños y jóvenes involucrados, un paragua de contención tan necesarios para nuestros menores.

Que en el Club Talleres RPB se desarrolla la práctica de hockey sub acuático a niveles competitivos muy altos con resultados que han coronado campeones a nivel nacional a las categorías sub 19 en los años 2014-2015 y a la sub 15 en el 2016, mientras que la sub 19 se alzó con un subcampeonato en el 2016.

Que en el mes de julio del presente año se realizará en Australia el mundial de hockey, donde han sido convocados para integrar el seleccionado que nos representará en dicho evento, representando a la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

Que el hockey sub acuático es amateurs, con el consiguiente problema que consiste en poder sostener económicamente esta actividad tanto para la institución como para los padres de los jugadores que deben sacrificar parte de sus ingresos para afrontar los gastos emergentes de la práctica del deporte mencionado.

Que un grupo de padres integrantes de la sub comisión de hockey sub acuático del Club Talleres RPB organiza una maratón en nuestra ciudad para poder adquirir fondos para ser destinados a solventar el viaje y estadía de un grupo de jugadores de la institución que han sido elegidos para conformar el seleccionado argentino que participará en el mundial de esta disciplina a realizarse en Australia entre los días 10 de julio hasta el 29 del mismo.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 411/2017

ART.1º)  El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal la maratón que se realizará el 11 de junio del presente año en nuestra ciudad organizada por la sub comisión de hockey subacuático del Club Talleres RPB.

ART.2º)     Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

 

Expte. Nº 6.164/17.

VISTO:

La Convención  Internacional sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural establecida en  La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 17a reunión celebrada en París, del 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972,

La Convención de UNESCO sobre el Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1977, celebrada en Costa Rica,

Ley Nacional Nº 27.103, modificatoria de la Ley Nº 12.665 de Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos,

Ley Provincial Nº 12.208, de Patrimonio Cultural de la Provincia de Santa Fe,

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756,

La Declaración Nº 286 del 2014, por cual se declara Patrimonio Histórico cultural al Cine Avenida,

El Decreto Nº 980/17, Se gestione para evitar el cierre de las actividades  culturales del Cine Avenida,

El posible cierre del Cine Avenida de nuestra ciudad, y 

CONSIDERANDO:

 Que la preservación de la cultura, la historia, el arte, y los lugares y espacios donde las mismas expresiones se manifiestan debe ser un mandato de toda la sociedad, manteniendo todo ello mediante acciones colectivas y participativas.

 Que la importancia del Cine Avenida para la vida misma de nuestra ciudad se ve reflejada en su presencia a través del devenir histórico desde su lugar de emplazamiento en el centro poblacional de Pueblo Nuevo; promoviendo las artes y actividades que allí se realizan.

Que para una definición de aquello que debemos concebir como “bienes culturales históricos” la legislación provincial, por medio de la ley 12.208, expresa en su artículo 2º que “Se entiende por “bienes culturales históricos – artísticos”, todos los objetos o sitios que constituyen el testimonio de la creación humana, que tienen un valor arqueológico, histórico, artístico, científico o técnico excepcional y que constituyen el acervo cultural de la Provincia.” Y seguidamente en el artículo 3º de la misma ley expresa que: “Será un bien cultural, aquel que pertenezca a alguna de las siguientes categorías (…) Los bienes inmuebles del patrimonio arquitectónico. Los bienes que se refieren a la historia, las ciencias, la   actividad   social,   política, cultural   y    militar, la   vida  de  los pueblos y los   dirigentes, pensadores, científicos y artistas (…)”

Que internacionalmente, la UNESCO ha defendido el derecho universal de las expresiones artísticas y los valores culturales históricos, de eso cabe destacarse  “La Convención  Internacional sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural” que en su capítulo  II  versa sobre la “PROTECCION NACIONAL Y PROTECCION INTERNACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL”, asimismo sostiene en su  Artículo 4º que: “Cada uno de los Estados Partes en la presente Convención reconoce que la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, le incumbe primordialmente. Procurará actuar con ese objeto por su propio esfuerzo y hasta el máximo de los recursos de que disponga, y llegado el caso, mediante la asistencia y la cooperación internacionales de que se pueda beneficiar, sobre todo en los aspectos financiero, artístico, científico y técnico.” La Convención también señala que es responsabilidad de los Estados Nacionales la preservación del patrimonio, empero extendiendo tal responsabilidad a los estados subnacionales y locales.

            Que en nuestro país las normativas son claras y precisas en cuanto a la conservación de los edificios considerados Patrimonio Histórico Cultural, en franca consonancia con las disposiciones concertadas internacionalmente. En tal sentido la ley 27.103 de MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS en su artículo. 2º señala que:  “Los monumentos, lugares y bienes protegidos, que sean de propiedad de la Nación, de las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de los municipios, quedan sometidos por esta ley a la custodia y conservación del Estado nacional y, en su caso, en concurrencia con las autoridades locales. La Comisión Nacional podrá gestionar o apoyar las gestiones de terceros ante organismos públicos o privados, para la obtención de créditos de fomento para la conservación de los bienes declarados, en cualquiera de sus clases.”

            Que en relación con la normativa precitada, nuestro Concejo Deliberante en el año 2014, por declaración Nº 286 estableció en su art. 1° que “declara Patrimonio, histórico y cultural al antiguo edificio de Centro Cultural Polivalente “TEATRO-CINE AVENIDA “ubicado en la ochava sudoeste de la intersección de Remedios de Escalada de San Martín e Italia de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.” Y entre los considerandos de la declaración se adujo, en consonancia con la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de la UNESCO de 1977,   que: “el patrimonio histórico y cultural de la ciudad está constituido por todos aquellos elementos y manifestaciones tangibles o intangibles producidas por las sociedades. Que el patrimonio de una comunidad no sólo se refiere a los bienes que se encuentran en la órbita del Estado, sino también bienes muebles o inmuebles, que son de propiedad privada. Por lo que el bien referido constituye la identidad de la ciudad.”

            Que en tanto la situación del cine Avenida compele al Estado Nacional, al Estado Provincial y al Estado Municipal a aunar esfuerzos para la conservación tanto del edificio como de las actividades que se desenvuelven en su recinto, por deber considerárseles necesarias y positivas para toda la sociedad villagalvense actual y en su proyección de futuro, gestionándose los recursos fundamentales desde todas las esferas de la función pública.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN Nº 1.962/2017

ART. 1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe a fin de que en las mismas se considere la declaración de Patrimonio Cultural Provincial del “Cine Avenida” ubicado en la ochava sudoeste de la intersección de Remedios de Escalada de San Martín e Italia de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, contemplando tanto el valor arquitectónico del mismo, como la dimensión histórica, social y cultural que representa.       

 

ART. 2º) Adjúntese a la presente copia de la Declaración Nº 286/14 de este Concejo Deliberante donde se declara Patrimonio Histórico Cultural al Cine Avenida.

 

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

 

Viernes, 02 Junio 2017 17:21

Resol. 1961/17 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas  presentadas por los Sres. Duarte, Aranda, Birro, Dominguez, Ruiz, Martínez, Gaitan, Benitez, Ramos, Perez y Farias a  este Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO:

Que los mismos exponen  diferentes situaciones que,  necesariamente deben contar con una ayuda económica  para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN Nº 1.961/2017

ART.1º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil)  a la  Sra. Duarte, Eva M.,  D.N.I. Nº 28.557.721, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

ART.2º) Autorizase un pago de $ 1.000  (Pesos Un Mil) a la  Sra. Aranda, Sandra I., D.N.I. Nº 22.833.437,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque Socialista FPCyS.

ART.3º) Autorizase un pago de $ 2.500  (Pesos Dos Mil Quinientos) al  Sr. Birro, Pablo G., D.N.I. Nº 23.729.926,  en concepto de ayuda económica gestionado de la siguiente manera: $1.500 (Pesos Un Mil Quinientos) por el Bloque Cambiemos y $1.000 (Pesos Un Mil) por el Bloque Extracción Cultural.

 

ART.4º) Autorizase un pago de $ 1.000  (Pesos Un Mil) a la  Sra. Dominguez, Jesica V., D.N.I. Nº 38.451.740,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque FPV.

ART.5º) Autorizase un pago de $ 1.000  (Pesos Un Mil) a la  Sra. Ruiz, Irma B., D.N.I. Nº F6.685.288,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque FPV.

 

ART.6º) Autorizase un pago de $ 1.000  (Pesos Un Mil) a la  Sra. Martinez, Joana E., D.N.I. Nº 35.449.701,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque UNA.

 

ART.7º) Autorizase un pago de $ 500  (Pesos Quinientos) a la  Sra. Gaitan, Ana E., D.N.I. Nº 22.703.995,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque UNA.

 

ART.8º) Autorizase un pago de $ 1.500  (Pesos Un Mil Quinientos) al  Sr. Benitez, Fernando R., D.N.I. Nº 40.620.021,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque UNA.

 

ART.9º) Autorizase un pago de $ 2.500  (Pesos Dos Mil Quinientos) al  Sr. Ramos, Ivan E., D.N.I. Nº 31.758.897,  en concepto de ayuda económica gestionado de la siguiente manera: $750 (Pesos Setecientos Cincuenta) por el  Bloque FPV; $500 (Pesos Quinientos) por el Bloque Socialista FPCyS; $500 (Pesos Quinientos) por el Bloque UNA; $250 (Pesos Doscientos Cincuenta) por el Bloque Extracción Cultural; $250 (Pesos Doscientos Cincuenta) por el Bloque PRO y $250 (Pesos Doscientos Cincuenta) por el Bloque Cambiemos.

ART.10º) Autorizase un pago de $ 3.000  (Pesos Tres Mil) a la  Sra. Perez, Sandra M., D.N.I. Nº 23.113.281,  en concepto de ayuda económica gestionado de la siguiente manera: $900 (Pesos Novecientos) por el  Bloque FPV; $600 (Pesos Seiscientos) por el Bloque Socialista FPCyS; $600 (Pesos Seiscientos) por el Bloque UNA; $300 (Pesos Trescientos) por el Bloque Extracción Cultural; $300 (Pesos Trescientos) por el Bloque PRO y $300 (Pesos Trescientos) por el Bloque Cambiemos.

ART.11º) Autorizase un pago de $ 3.200  (Pesos Tres Mil Doscientos) a la  Sra. Farias, Carina M., D.N.I. Nº 21.962.454,  en concepto de ayuda económica gestionado de la siguiente manera: $1200 (Pesos Un Mil Doscientos) por el  Bloque FPV; $800 (Pesos Ochocientos) por el Bloque Socialista FPCyS; $400 (Pesos Cuatrocientos) por el Bloque UNA; $400 (Pesos Cuatrocientos) por el Bloque PRO y $400 (Pesos Cuatrocientos) por el Bloque Cambiemos.

 

ART.12º) Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  01 de Junio de 2017.

 

 

 

Viernes, 02 Junio 2017 00:11

8º Sesión Ordinaria 01/06/17

007

 36º PERIODO

11º  REUNIÓN                                           1 DE JUNIO DE  2.017                      8º SESIÓN CARACTER ORDINARIA

ORDEN  DEL  DIA

Presidente: Susana M. Mangiaterra                                            Secretaría: Claudio G. Luraghi.

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

 

PUNTO 2º)  Aprobación de Actas Nº 1.643 y 1.644.

 

PUNTO 3º)  Aprobación  Resolución Nº  1.961/17.

 

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, se gestione para evitar cierre de las actividades culturales del Cine Avenida. Expte. Nº 6.155/17.

 

PUNTO 5º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Resolución,  para que las Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Santa Fe consideren declarar Patrimonio Cultural Provincial al “Cine Avenida” Expte. Nº 6.164/17.

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,    Proyecto de Ordenanza,  creación de la Agencia de Seguridad Vial de VGG. Expte. Nº 6.129/17.

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,    Proyecto de Decreto, se dé cumplimiento al Decreto Nº 284/10. Expte. Nº 6.158/17.

PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal la maratón organizada por la Sub Comisión de Hockey Sub Acuático del Club Talleres RPB. Expte. Nº 6.163/17.

 

PUNTO 9º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Declaración, declarando visitante distinguido de la ciudad de VGG al Sr. José Samuel Henriquez González. Expte. Nº 6.165/17

PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto; Para que se exima del pago de la TGI período 2016 a los propietarios del loteo social "Mi tierra Mi casa". Expte. Nº 6.162/17.

 

PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS PUBLICOS,  Proyecto de Ordenanza; Creación del Registro de Servicios Especiales a demanda para el Transporte de Pasajeros de Villa Gdor Gálvez. Expte. Nº 6.160/17.

 

PUNTO 12º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y ACCIÓN SOCIAL, Proyecto de Decreto, convocando a una reunión informativa sobre la problemática   referida al loteo social “Mi Tierra Mi Casa” Expte. Nº 6.151/17. 

PUNTO 13º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PLANEAMIENTO, Proyecto de Ordenanza, modificación Ordenanza Nº 2.448/17. Expte. Nº 6.153/17.

 

PUNTO  14º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE,  Proyecto de Ordenanza, ratificación en todos sus términos del Acta Acuerdo de Conformación de la Persona Jurídica de naturaleza pública no estatal supra municipal denominada Consorcio Regional de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos “Zona Sur”, según Ley Nº 13.055. Expte. Nº 6.157/17. 

PUNTO 15º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, “Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de T.G.I.,  Derecho Cementerio y DReI. Expte. Nº 6.154/17.

 

PUNTO 16º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras públicas en Bv. San Diego entre Av. Gral. J. D. Perón y calle San Luis. Expte. Nº  6.152/17. 

PUNTO 17º) DICTAMEN DE COMISIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Vecinal Villa Diego Oeste, solicita se les otorgue el boleto urbano e interurbano gratuito a los Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad. Expte. Nº 6.156/17.

 

PUNTO 18º) DICTAMEN DE COMISIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Ordenanza; Modificación Ordenanza 2044/12 (Servicio especial de Transporte de Personas Discapacitadas. Expte. Nº 6.159/17.

PUNTO 19º) Proyecto de Declaración; Declarando de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa "El Estado en tu barrio". Exp. 6166/17.

 

001
001
002
002
003
003
004
004
005
005
006
006
007
007
008
008
009
009
010
010
011
011
012
012
013
013
014
014
015
015

 

 

 

 

 
Autora del proyecto: Concejal Cuevas
Asunto: Proyecto de Declaración; Declarando de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa "El Estado en tu barrio". Exp. 6166/17.

VISTO

Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 y;

Ordenanza 1947/2010

CONSIDERANDO

Que el Estado Nacional, desde el año 2016, viene estando presente en diferentes provincias de la Argentina, haciendo un trabajo social y territorial que acerca al vecino teniendo todos los Organismos Nacionales en un mismo lugar y así poder realizar sus trámites personales.

Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, nombre que tiene este programa nacional, reúne diferentes prestaciones públicas para realizar trámites tales como: Documentación, Consultas Médicas, y Asesoramiento en todas las prestaciones sociales entre otras.

Que este programa busca promover el acceso de la población en situación de vulnerabilidad a servicios y prestaciones sociales para mejorar la calidad de vida y garantizar el goce pleno de todos los derechos como ciudadanos.

Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, junto con las administraciones Provinciales y Municipales logran llevar a cabo una tarea coordinada y efectiva para los organismos en general.

Que este programa va a llegar a nuestra ciudad los días 6, 7, 8 y 9 de junio del corriente año ubicándose en un punto estratégico de la ciudad como lo es el ANFITEATRO MUNICIPAL, para que todos los sectores sociales puedan acceder al programa.

Por todo lo expuesto la concejal abajo firmante solicita el siguiente proyecto de:

                                   DECLARACION

ART. 1º) Declárese de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa “EL ESTADO EN TU BARRIO”, que se llevara a cabo los días 6,7,8 y 9 de junio de 2017 en el horario de 8:00 A 13:00 hs, en el Anfiteatro Municipal de nuestra ciudad.

ART. 2º) De forma

Dado en la sala del Bloque Unión PRO Federal, el 1º junio de 2017.

 

 

 

Autores del proyecto: Concejales Dolce y Camiscia

Asunto: Proyecto de Declaración; Declarando visitante distinguido de la ciudad de Villa Gdor Gálvez al Sr. José Samuel Henríquez González. Exp. 6165/17.

VISTO:

           

La  visita del José Samuel Henríquez González para disertar y presentar su libro “Milagro en la Mina” en nuestra ciudad, el próximo sábado 3 de junio de corriente año,

La hazaña de los 33 mineros que permanecieron 69 días atrapados en la profundidad de una mina ubicada en el norte de la hermana República de Chile,

La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, y

            CONSIDERANDO QUE:

 

El 5 de agosto de 2010  se produjo un derrumbe en la mina San José, dejando atrapados a 33 mineros a unos 720 metros de profundidad durante 69 días. El yacimiento en cuestión se encuentra ubicado en la comuna chilena de Caldera, a 30 km al noroeste de la ciudad de Copiapó y era explotado por la compañía minera San Esteban Primera S.A.

            Entre los 33 mineros se encontraba  José Samuel Henríquez González, quien se destacara durante la odisea por su religiosidad y compromiso con sus compañeros; atributos por los cuales fue elegido para ser el guía espiritual del equipo y liderar las oraciones a más de 700 metros profundidad.

            Durante el forzado cautiverio su capacidad de liderazgo permitió sobrellevar las dificultades en tan complicada situación y contener al resto de los mineros en los momentos de zozobra y desasosiego. 

           

A partir  esa experiencia, junto con sus 32 compañeros fueron invitados por el Primer Ministro de Israel quien los honró en su país, también el ex presidente de Estados Unidos, Barak Obama, lo invitó personalmente a participar en un desayuno anual con personalidades destacadas.

José Samuel Henríquez González escribió un libro que se titula "Milagro en la Mina", el cual se tradujo a tres idiomas y fue presentado en más de 25 países alrededor del mundo; brindado conferencias y relatando su experiencia de vida.

            Es deber de este Concejo Deliberante reconocer a personas excelsas y nobles que hayan realizados acciones relevantes para toda la humanidad.

           

            Por todo ello, los concejales abajo firmantes elevan el presente proyecto de:

  

 

DECLARACION:

Art. 1º): Declárese visitante distinguido de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez al Sr. José Samuel Henríquez González, quien visitará nuestra ciudad el día sábado 3 de junio del 2017 para disertar y presentar su libro “Milagro en la Mina”.

Art. 2º): De forma.

Dado en Sala de Bloque Socialista – Frente Progresista Cívico, al 1 día del mes de junio de 2017.

.

 

Jueves, 01 Junio 2017 16:31

Exp. 6166/17 Unión Pro Federal

BLOQUE UNION PRO FEDERAL
 
Autora del proyecto: Concejal Cuevas
Asunto: Proyecto de Declaración; Declarando de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa "El Estado en tu barrio". Exp. 6166/17.

VISTO

Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 y;

Ordenanza 1947/2010

CONSIDERANDO

Que el Estado Nacional, desde el año 2016, viene estando presente en diferentes provincias de la Argentina, haciendo un trabajo social y territorial que acerca al vecino teniendo todos los Organismos Nacionales en un mismo lugar y así poder realizar sus trámites personales.

Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, nombre que tiene este programa nacional, reúne diferentes prestaciones públicas para realizar trámites tales como: Documentación, Consultas Médicas, y Asesoramiento en todas las prestaciones sociales entre otras.

Que este programa busca promover el acceso de la población en situación de vulnerabilidad a servicios y prestaciones sociales para mejorar la calidad de vida y garantizar el goce pleno de todos los derechos como ciudadanos.

Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, junto con las administraciones Provinciales y Municipales logran llevar a cabo una tarea coordinada y efectiva para los organismos en general.

Que este programa va a llegar a nuestra ciudad los días 6, 7, 8 y 9 de junio del corriente año ubicándose en un punto estratégico de la ciudad como lo es el ANFITEATRO MUNICIPAL, para que todos los sectores sociales puedan acceder al programa.

Por todo lo expuesto la concejal abajo firmante solicita el siguiente proyecto de:

                                   DECLARACION

ART. 1º) Declárese de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa “EL ESTADO EN TU BARRIO”, que se llevara a cabo los días 6,7,8 y 9 de junio de 2017 en el horario de 8:00 A 13:00 hs, en el Anfiteatro Municipal de nuestra ciudad.

ART. 2º) De forma

Dado en la sala del Bloque Unión PRO Federal, el 1º junio de 2017.