Miércoles, 18 Enero 2017 20:20

Decl 351/16 Monumento Histórico de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez a la Iglesia Antigua San Enrique

Valora este artículo
(0 votos)

Expte. Nº 5.699/16.

VISTO:

La Disposición 172 del Archivo General de la Provincia de Santa Fe;

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756;

El Decreto N°217/78,

El Proyecto de Comunicación, Expediente N° 30219 – DB – de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, presentado por los Diputados Olga Coteluzzi, Marcela Aeberhard, y Eduardo Toniolli; y

CONSIDERANDO:

Que la Iglesia Antigua o “Iglesia Vieja” (Tal la denomicación vernácula), lleva el nombre del fundador de Villa Gobernador Gálvez y fue construída en el año 1890 en los terrenos donados po el General Nicolás Levalle, quien poseía tierras en la zona antes de la fundación de nuestra ciudad, a la señora Luisa Matti de Mosconi quien fuera esposa del Ingeniero Enrique Mosconi, fundador de la ciudad.

Que la iglesia de levantó sobre la calle Cafferatta en la zona cercana a las vías del Ferrocarril Central Argentino y el Arroyo Saladillo, siendo este templo durante muchos años el único de la zona, teniendo como más cercanos a Santa Rosa de Lima de la Ciudad de Rosario y a la iglesia parroquial de Arroyo Seco.

Que entre los regentes que tuvieron a su cargo se destaca la figura del padre Pascual Netri, quien tiempo después se destacara junto a los pequeños productores agropecuarios de nuestra provincia en la gesta histórica conocida como Grito de Alcorta.

Que desde el año 1916 hasta la fecha la iglesia se encuentra a cargo de los Reverendos Padres Capuchinos.

Que con motivo de las reparaciones que se efectuaron en su edificio, en las que intervinieron y colaboraron autoridades municipales, eclesiásticas, y la comisión pro restauración al cumplirse noventa años de la fundación de nuestra ciudad, las autoridades locales promulgaron el decreto N° 271/78 firmado por el entonces interventor municipal Tte. Coronel (Re) Darío Dardo Rocha el 23 de Febrero de 1978 declarando “monumento histórico” para la ciudad.

Que dicha declaración, manifestación institucional de aquellos tiempos, fue relizado mediante un decreto dictado en el marco de circunstancias de rectricciones políticas y civiles que difieren sustancialmente de las hoy imperantes. Tal aggiornamiento – que por este instrumento se procura no invalida la voluntad popular (civil) trasuntada en 1978.

Procede pues, la adecuación de la normativa de marras a las actuales exigencias legales y libertades democrátias a fin de que, a la par de mantener el justo reconocimiento, procure, extramuros, instrumentos económicos y financieros que posibiliten LA RESTAURACIÓN Y POSTERIOR Y REGULAR MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO MENTADO, sin incidencia patrimonial ni menoscabo de las arcas municipales. Es por lo dicho que resulta necesario que este cuerpo deliberativo, Órgano cuya integración fue elegida libremente por el Pueblo de Nuestra Ciudad, promulgue una nueva declaración en el marco del sistema legal actual de convivencia social.

Que la presente declaración, además de las enunciadas precedentemente, busca la protección del valor histórico, patrimonial y arquitéctonico, tángible e intangible, con el objeto de preservarlo, revalorizarlo y difundirlo como hito de nuestra ciudad.

Que en la actualidad, la Iglesia Antigua producto del paso de los años y las históricas crecidas y desbordes del Arroyo Saladillo, (Circunstancias afortunadamente saldadas en la actualidad), carece de una correcta conservación patrimonial y edilicia presentando un estado de deterioro general de características importantes.

Que a pesar de dicho estado la Iglesia Antigua continúa siendo año tras año el centro de las celebraciones de nuestras fiestas patronales y desarrollandose catequesis diaria y tareas pastorales, celebraciones que son réplicas y trascendencias de aquél primer bautismo llevado a cabo en ese edificio el 8 de diciembre del año 1890.

Que en virtud de sus antecedentes, valor histórico y edilicio, personajes y grupos vinculados y función actual, es de vital importancia la implementación de políticas públicas destinadas a la preservación y conservación de nuestra iglesia mediante la gestión de recursos del sector público y privado, a fin de mantener viva, en la conciencia y memoria colectiva de la comunidad de Villa Gobernador Gálvez, el significado de dicho monumento, expresión de fe de nuestro pueblo, transmitida en el tiempo por nuestros mayores.

Que el 25 de Junio de 2015 los Diputados Olga Coteluzzi, Marcela Aeberhard y Eduardo Toniolli, presentaron un proyecto de comunicación para restaurar y poner en valor el templo de la Iglesia San Enrique. El mismo contó con Dictámen de Comisión de Obras y Servicios Públicos el 16 de Septiembre de 2015 y se aprobó sin modificaciones el 15 de Octubre del mismo año.

Que es necesario gestionar la Declaración por parte de la Provincia en virtud de la posibilidad de conseguir fondos del erario provincial en el marco del plan de conservación del patrimonio histórico.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 351/2016.

ART 1°) Abróguese el Decreto Municipal N°217/78 en un todo de acuerdo con las consideraciones precedentes y en razón de ellas.

ART.2°) Declárese Monumento Histórico de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez a la Iglesia Antigua San Enrique y su salón parroquial adyacente, contruídos en el año 1890 en calle Cafferata 2180.-

ART. 3°) El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará ante la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas o ante el Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe la declaración de Monumento o Lugar Histórico Provincial para poder acceder a los beneficios destinados para la restauración y conservación del predio.

ART. 4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de marzo de 2016

Visto 32 veces