Miércoles, 25 Enero 2017 20:43

Decl. 369/16 Interés Municipal el Programa de Capacitación para Municipios y Comunas Munigestión de la Provincia de Santa Fe. Expte. Nº 5.798/16

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Expte.  Nº  5.798/16.

VISTO:                                                                                                                                                   

Ley  Orgánica de Municipalidades  Nº 2756.

La Ordenanza  1947/2010 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras distinciones.

El Programa Munigestión de la Universidad Nacional de Rosario y la Universidad Nacional del Litoral,  y

CONSIDERANDO:

Que el Programa MUNIGESTIÓN se sustenta en el principio de cooperación mutua entre Universidades con Municipios y Comunas en el cual aquellas no son simples prestadoras de servicios que establecen una relación de oferente-receptor, sino que este tipo de propuestas está enriquecida por la construcción de conocimientos y saberes compartidos entre los diversos actores sociales comprometidos con el desarrollo de la región.

Que el mencionado PROGRAMA tiene como finalidad establecer estrategias que profundicen las articulaciones interinstitucionales Universidad/Estado,  contribuyendo  al mejoramiento continuo de las funciones de los gobiernos municipales/comunales y fortaleciendo las capacidades de gestión de las administraciones locales.

Que por un lado las “UNIVERSIDADES” se comprometen a: 1. Colaborar en la construcción de agendas de trabajo de acuerdo a las necesidades de la localidad y las posibilidades de las “UNIVERSIDADES”. 2. Generar un espacio articulando acciones tendientes a acompañar las políticas públicas locales, regionales y provinciales. 3. Diseñar propuestas de capacitación de acuerdo a temáticas de interés.

Que mientras que el ¨GOBIERNO LOCAL” se compromete a: 1. Participar activamente en la elaboración de las agendas de trabajo con las “UNIVERSIDADES” con el objetivo de fortalecer las actividades planteadas.2. Relevar tópicos de interés local, que serán abordados en instancias de formación y capacitación local. 3. Acompañar permanentemente en cada una de las líneas de trabajo que se acuerden llevar adelante, poniendo a disposición su infraestructura y recursos para lograrlo.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 369/2016

           

ART. 1º)El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, declara de  INTERÉS EDUCATIVO Y SOCIAL del municipio de Villa Gobernador Gálvez, al Programa de Capacitación para Municipios y Comunas MUNIGESTIÓN de la Provincia de Santa Fe dictado por la Universidad Nacional del Litoral y la Universidad Nacional de Rosario.

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  9 de junio  de 2016

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