VISTO:
El Decreto Nº
1002/85 del D. Ejecutivo, y
CONSIDERANDO:
Que dicho
Decreto veta en partes la Ordenanza Nº 152/85 de espectáculos públicos
específicamente en el inciso d) del
artículo 2 y
su total del
artículo 3 de
dicha reglamentación este Concejo,
considera que en
muchas ciudades existen salas de
exhibición restringida, con un número de
butacas que no superan las 300, y con un
precio superior a otros cines y solo aptas para mayores de 18
años, lo
que queda librado a la
libertad personal del espectador de concurrir o no a esas salas,
es por ello que este Concejo sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 026/85
ART.1º) Déjase sin efecto el
VETO, a la Ordenanza Nº 152/85 en lo atinente al inciso d) del artículo 2 y en
su totalidad el contenido en el artículo 3º de dicha reglamentación, que componen
la Ordenanza según el Decreto Nº 1002/85 del D. Ejecutivo de fecha 29/Jul/85.
ART.2º) Comuníquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo
Deliberante, 8 de Agosto de 1985.