Expte.Nº 4.626/12.
VISTO:
Ley Nº 2.756
Reclamo de vecinos y
CONSIDERANDO:
Que en Bulevar San Diego a la altura del 300 entre las calles 17 de Octubre y Alvear, se encuentra un inmenso basural sobre la vereda de los números pares.
Que es una zona donde existe un templo religioso, clubes de futbol infantiles, escuelas primarias y secundarias, donde los niños y adultos pasan diariamente obligado por el basural.
Que es un foco infeccioso constante, porque se ha formado un basural permanente en ese lugar.
Que es necesario realizar limpieza y colocar contenedores para mejorar la calidad de vida de nuestra ciudad.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la limpieza, reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 435/2012
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de noviembre de 2012.
Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci