VISTO Y
CONSIDERANDO:
El expediente 5618/87 donde se solicita la
colocación de una propaladora en la
ciudad pra dar informaciones generales de la ciudad considerando un bien
social, se sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 051/87
ART.1º) Se autoriza
al uso precario de una propaladora
por el término de 3 (TRES) años
siendo exclusivo uso del solicitante no
pudiendo ceder, alquilar o prestar.
ART.2º) El Horario será de
ART.3º) Sin cargo alguno se
propalará las informaciones municipales como las del Concejo Deliberante.
ART.4º) Pagará los impuestos que
corresponda.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala del Concejo
Deliberante, 21 de Mayo de 1987.