El expediente
F-26-14, de la Sociedad
de Protección Mutua "Centro Unión y
Previsión VILLA DIEGO", y
CONSIDERANDO:
Que solicitan que se les exima del pago de la Tasa
Gral. de Inmuebles del inmueble situado en J. B. Justo
1914, el cual es sede social de dicha
institución, basándose dicho pedido en el
art. 75 de la Ley
Provincial 8173 y
en el art. 45 de Ley Nacional
17.376 por tratarse de una entidad de bien público.
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 071/88
ART.1º) Exceptúase del Pago de la Tasa Gral. de
Inmuebles a la Sociedad
de Protección Mutua "Centro
Unión y
Previsión VILLA DIEGO" del inmueble situado en J. B. Justo
1914, en razón de que
el inmueble citado será utilizado por el
"Centro Unión y Previsión" y la Asociación "Amigos
del Museo Municipal" de esta ciudad.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala del Concejo
Deliberante, 13 de Octubre de 1988.