VISTO:
La transformación en que esta inmersa nuestra sociedad.
Que incentivando todos los
valores se estimula el crecimiento, el
desarrollo y por ende la calidad de vida.
Que las sociedades
evolucionadas preveen su crecimiento mediante medidas de presente y futuro, y que las
mismas han resultado ser de factor decisivo en los países
que apostaron a pensar de esa manera.
Que para la plena transformación es necesario tomar grandes
decisiones políticas, y estas siempre
deben apuntar para la consecución
de obras de gran envergadura, las que se
cree conveniente deban extenderse a nuestra ciudad.
Que diversas comunidades del mundo entero han operado una transformación socio-económico tomando
medidas tendientes a prever el
desarrollo y el crecimiento, y
CONSIDERANDO:
Que para el mejoramiento de nuestra calidad de vida, es necesario pensar en el presente y el futuro.Que es dable
prever que se construya una cisterna
de almacenamiento de agua potable, para la
prevención de futuras deficiencias
en el suministro del líquido
elemento, o bien sería de
relevancia que se disponga la construcción
de un tanque distribuidor de agua potable en la zona
periférica a
Que la temporada de verano implica mayor consumo de agua, y
que si bien la obra de calle
Flammarión posibilitó
incrementar el flujo de la misma, es insuficiente
para surtir a toda la ciudad; como ya ocurrió que por deficiencias técnicas
en el mencionado reducto
o por cortes efectuados por
Que las empresas que quieren radicarse en la zona necesitan tener la seguridad, de que por lo
menos, este servicio esencial sea prestado ininterrumpidamente y eficazmente.
Que para ello esta dependencia Provincial debería convenir con el Departamento Ejecutivo Municipal y poder
tener de esta forma
el control total de consumo y
necesidad del vital elemento, del
mantenimiento y la explotación de los
tanque y redes instalados y a instalar
en nuestra ciudad por el Plan PROVI-AGUA; que forma parte del plan
Social encarado por el Gobierno
Nacional, conjuntamente con las
Provincias, los Municipios y el Ejercito Argentino.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
aprueba el siguiente:
DECRETO
Nº121/94
ART.1º)
Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante
ART.2º)
Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a firmar un convenio con
ART.3º)
Facúltase al Departamento
Ejecutivo a conformar
una Comisión de trabajo integrado por representantes de
ART.4º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Mayo 27, 1994.