Expte. Nº 5.268/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º;
El Código Urbano Municipal, Ordenanza Nº. 1.144/95;
El Decreto Nº 596/14 Carpeta Asfáltica, Nivelado, Estabilizado y Mejorado calle Bordabehere;
El Decreto Nº 616/14 Tareas de nivelado y mejorado en Sección Catastral N° 12;
El estado de la calle Alvear al 2.100, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario mejorar el estado de las calzadas sobre las cuales se encuentran instaladas las diferentes instituciones escolares de la ciudad.
Que el Pasaje Capuchino en el cual se encuentra emplazada la Escuela Nº 516 “Leticia Cossettini” carece de carpeta asfáltica.
Que, a su vez, la calle Alvear que conduce a la Escuela de Educación Secundaria Nº 448 “Perito Moreno”, también se encuentra en estado intransitable.
Que, la calle Bordabehere a la altura 2200 frente a la Escuela Nº 364 "Soldado Aguirre" tampoco se encuentra pavimentada.
Que en la presencia de numerosos baches dificulta la transitabilidad de las mencionadas arterias.
Que en días de lluvia, los alumnos no pueden acceder a la escuela debido al barro y agua que se acumula en las calles.
Que consideramos que el Departamento Ejecutivo Municipal debería proveerles a los vecinos y, principalmente, a los niños y jóvenes, la posibilidad de trasladarse cómodamente hacia las instituciones escolares.
Que resulta imperioso que las arterias en las cuales las escuelas se encuentran emplazadas se encuentren pavimentadas o, en su defecto, con un mejorado que permita el traslado sin complicaciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 664/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento EjecutivoMunicipal para que, a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar carpeta asfáltica en las calles en cuyo frente se realiza el ingreso y egreso de alumnos. Principalmente en Pasaje Capuchino donde se encuentra la Escuela Nº 516; calle Alvear favoreciendo el ingreso a la Escuela Nº 448 y calle Bordabehere frente a la Escuela Nº 364.
ART.2º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento EjecutivoMunicipal para que, a través de la secretaria que corresponda, realice un relevamiento de las arterias donde se encuentran las instituciones educativas de la ciudad y envíe a este Cuerpo un informe sobre los resultados obtenidos.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva