Expte. Nº 5.528/15.
VISTO:
Ley Nº 2.756 Artículo 39º;
El reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que en la bocacalle Guido Spano a la altura del 1800 y 1900, se encuentra totalmente destruida.
Que los vehículos al pasar sufren rupturas por la profundidad del bache.
Que en días de lluvia el bache se llena de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.
Que es deber del Municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 767/2015
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a realizar trabajos de bacheo en bocacalle de Guido Spano a la altura del 1800 y 1900.
ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de junio de 2015