Que la Subsecretaría de
Ingresos Públicos dependientes del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe,
ha realizado un relevamiento territorial y fiscal de las instalaciones
portuarias del cordón industrial del Gran Rosario.
Que dicho relevamiento arrojó como
resultado que 784.398 m2
de edificaciones no fueron declaradas y por lo tanto no se encuentran
incorporadas a la base catastral de la provincia.
Que de acuerdo a la información
suministrada por la
Subsecretaría, los relevamientos se hicieron con fotografías
aéreas de alta definición que posibilitaron detección y medición de detalles
con alto grado de precisión, tarea realizada con equipos y operadores del
Instituto Geográfico Militar y de la Fuerza
Aérea Argentina.
Que además se incorporó para el
relevamiento, toda la información documentada, de las empresas existentes en la
base fiscal y territorial de la
Provincia, de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Comisión Arbitral
del Convenio Multilateral.
Que del relevamiento resulta, que
en el Distrito de Villa Gobernador Gálvez, la superficie de mejoras edilicias y
portuarias no declarada es de 78.003
m2 y su valuación de $ 11.109.301,10.- (Pesos Once
Millones Ciento Nueve Mil Trecientos Uno con diez centavos)
Que de acuerdo a lo previsto en el
Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99 y en la Ordenanza Tributaria
Anual Nº 1.608/04 y modificatoria Art. 19º Derecho Permiso Edificación ítem 3, Regulaciones-. El
erario municipal podría haber dejado de percibir una cifra próxima a los $ 500.000.-
con el grave perjuicio que ello implica.
Que resulta necesario un rápido
accionar por parte de la
Administración Municipal a fin de
determinar con precisión las superficies por mejoras no declaradas y los montos
por derechos y tasas por servicios de edificación, adeudados por las empresas
que no declararon dichas mejoras, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal,
ordenar su regularización.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
aprueba el siguiente:
DECRETO Nº
249/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige el Departamento
Ejecutivo Municipal, para que en forma perentoria disponga controles respecto a
las mejoras edilicias y construcciones portuarias, en las empresas ribereñas
del Distrito Villa Gobernador Gálvez, con apoyo del relevamiento territorial y
fiscal dispuesto por la
Subsecretaría de IngresosPúblicos de la
Provincia de Santa Fe, a fin de determinar las obligaciones
tributarias dispuestas por el Art. 19º de la Ordenanza Nº 1.608/04 y
modificatorias, que en cada caso corresponda e intime su regularización.
ART. 2º) Comuníquese,
Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo
Deliberante, 16 de Abril de 2.009.