Expte. Nº 5.967/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El reclamo de vecinos que se dedican exclusivamente a la actividad pesquera, y
CONSIDERANDO:
Que en nuestra ciudad contamos con una cantidad importantes de personas que se dedican por tradición familiar exclusivamente a la pesca y comercialización de los productos resultantes de esta.
Que es una tarea que lleva consigo el riesgo propio de las aguas de nuestro rio con la incertidumbre de tener en el día una buena o mala faena para mantener a sus familias con el producto de la venta a distintos comercios y o distribuidores del rubro.
Que deben tener los implementos mínimos y necesarios para llegar a tener éxito en esta riesgosa tarea, como ser botes, motores, combustible, redes, cañas, rieles, implementos de seguridad y otros instrumentos que son afín a esta labor.
Que todo este equipo tiene un costo monetario en la mayoría de las veces muy alto para las economías inestables de los pescadores que están sometidos a circunstancias cambiantes como el clima o las vedas.
Que a tal fin y en pro de ayudar a las arcas de las personas que se dedican a la pesca en nuestra
ciudad existen subsidios destinados a subvencionar parte de los gastos enumerados más arriba.
Que estos subsidios son otorgados por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Producción Municipal.
Que para ser ecuánimes en la distribución de éstos, es necesario conocer la nómina de beneficiarios y actualizar los datos de los mismos para responder rápidamente ante las nuevas necesidades de individuos que requieran de este beneficio.
Que también es preciso dar a conocer los requisitos para obtener los subsidios de modo que los subsidios lleguen a los destinatarios que realmente los necesiten.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 918/2016
ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que en el Término de 15 días eleve a este cuerpo deliberativo un informe escrito sobre:
- Registro de personas que reciben en nuestra ciudad el subsidio destinado a los pescadores
- Registro de personas inscriptas que no hayan recibido el beneficio.
- Requisitos que se deben cumplimentar para ser beneficiarios del mencionado subsidio
- Monto del aporte en cuestión.
- Fecha de finalización del pago del beneficio.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.