CONSIDERANDO:
Que cuadrillas de empleados de la municipalidad han realizado tareas de
poda y extracción en distintos lugares del ejido urbano de nuestra ciudad.
Que
las actividades mencionadas se encuentran perfectamente reglamentadas por
Que
Que
es necesario emplear técnicas adecuadas a fin de salvaguardar los ejemplares
del arbolado público que ocasionen problemas en la vía pública determinando la
adopción de un sistema de poda que compatibilice la conservación del recursos
con la seguridad publica.
Que
es deber del municipio contribuir al cuidado del Medio Ambiente con este tipo
de medidas que disminuyen la temperatura
del aire, actúan como barrera sonora y además capturan el dióxido de
carbono liberado y lo transforman en oxigeno.
Por
todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el
siguiente:
DECRETO Nº298/2010
ART. 1º) Impleméntese un Plan de Reposición de los ejemplares arbóreos extraídos o mal podados en todo el ejido urbano municipal.
ART. 2º) Impleméntese las medidas adecuadas y acordes a la Ley Provincial Nº 9004 sobre Arbolado Público en todo lo que se refiere a la extracción y poda de árboles.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo
Deliberante, 26 de agosto de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez A/C Secretaria: Mario Correale