Expte. Nº 6.197/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es fundamental dar lugar al reclamo de los vecinos de calle Moreno entre Alberdi y Fournier.
Que dicha arteria se encuentra sin pavimentar a las alturas 2500 y 2600, y debido a esto se encuentran intransitables, poniéndose más engorroso el tránsito los días de lluvia.
Que a este problema de los vecinos se le suma que tampoco se hacen los trabajos de zanjeo con la periodicidad que se requiere.
Que debido a estas situaciones antes descriptas se hace muy complicados los accesos para remises, ambulancias y el lógico traslado particular de los vecinos que se deben a realizar sus actividades.
Que los vecinos les solicitan respuestas al Departamento Ejecutivo Municipal ante los reiterados pedidos y llamados.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.000/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría que corresponda, realice en un plazo de 10 días hábiles, el mejorado y zanjeo en la calle Mariano Moreno a las alturas del 2500 y 2600.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de junio de 2017