Decr. 1006/17 Pavimentación media calzada en Av. Gral. Juan D. Perón entre las calles Fournier y Almafuerte mano par
Expte. Nº 6.207/17.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nª 2756, y
CONSIDERANDO:
Que con recursos provenientes del Fondo de Obras Menores, pertenecientes al ejercicio 2015 en el año 2016 el municipio realizó el pavimento de media calzada de la Avenida Juan Domingo Perón entre Fournier y Almafuerte vereda impar, obra proyectada en la gestión que precedió a la actual
Que la idea original debido a la cantidad de recurso existente oportunamente planeaba la realización de una mano de la Avenida, vereda impar, para luego con los Fondos de Obras Menores 2016 terminar la obra con la construcción de la otra media calzada, vereda par, y el tramo desde calle Almafuerte a Avenida Libertador ambas manos.
Que al día de la fecha los trabajos realizados están reflejando lo proyectado en el 2015, es decir la media calzada vereda impar de la Avenida Juan Domingo Perón entre las calles Fournier y Almafuerte
Que entendemos necesaria la realización de todo lo ideado oportunamente para esta tan importante Avenida de nuestra ciudad,
Que la construcción de ambas manos pone en valor a la Avenida Juan Domingo Perón comunicando a numerosos barrios y gran cantidad de población de nuestra ciudad a lo largo de todo su recorrido
Que abre un campo de acción para las líneas del transporte público de pasajeros, para que transitando la Avenida Juan Domingo Perón y de esa manera descongestionar el tránsito por calle Belgrano.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.006/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se concrete la pavimentación de la media calzada vereda par de la avenida Juan Domingo Perón entre las calles Fournier y Almafuerte.
ART.2º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, realice las gestiones necesarias para la pavimentación de Juan Domingo Perón entre Almafuerte y Bomberos Voluntarios y esta última desde Juan Domingo Perón hasta avenida Libertador.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de julio de 2017
Decr. 1004/17 Apertura paso a nivel calle Vélez Sarsfield
Expte. Nº 6.206/17.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El incremento del parque automotor, y
CONSIDERANDO:
Que atentos al crecimiento del parque automotor en nuestra ciudad, tanto el que circula internamente, como los que ocasionalmente nos visitan producen un flujo importante de tránsito que diariamente debemos controlar y encausar para que dinámicamente sea un tráfico ágil y seguro.
Que en el circuito urbano se encuentran presentes grandes extensiones de cuerpos férreos que por sus conformaciones dividen a la urbe, con muy pocos pasos a niveles por lo que se intensifica el tránsito en los existentes principalmente en las horas picos.
Que en muchos sectores de la ciudad se hace necesaria la implementación de nuevos pasos a niveles para poder de esa manera descongestionar los escasos pasos reinantes.
Que al este del sector catastral número 8 se encuentra el tramo del ferrocarril del NCA, donde visualizamos solo dos cruces, el de Avenida San Martín y calle Mitre, y el bajo nivel Nogués.
Que en las inmediaciones del lugar descripto se encuentran dos instituciones educativas con gran afluencia de niñas, niños y jóvenes. Que estos se dirigen a las casas de estudios de diferentes maneras, pero en la mayoría de los casos lo hacen de forma particular con automóviles conducidos por sus padres o mayores a cargo.
Que la calle Sthepenson en su tramo correspondiente entre la calle Vélez Sarsfield y el bajo nivel Nogués es de único sentido de circulación, suroeste – noreste, por lo que imposibilita que automotores que toman por el bajo nivel puedan dirigirse directamente a través de Sthepenson hacia el sector catastral ya mencionado.
Que la maniobra que obligatoriamente deben realizar es por medio de avenida Circunvalación hacia el oeste, tomar Avenida San Martín hacia el Sur y a través de esta última llegar a la zona en cuestión.
Que se han gestionado nuevos cruces a niveles, y uno que principalmente actuaría directamente para solucionar esta problemática es el de Juan Domingo Perón y Garay que comunicaría con el sector de Sthepenson y Libertad, aun sin avances en la implementación del mismo.
Que haciendo observaciones detectamos que en el trayecto del ferrocarril detallado a la altura de la calle Vélez Sarsfield un espacio factible para la construcción de un paso a nivel que comunique a esta arteria mencionada con la calle interna de la plaza del ferroviario existente en Juan Domingo Perón al 900.
Que para mayor visualización del espacio en cuestión adjuntamos imagen satelital del lugar.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.004/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los estudios de factibilidad pertinentes para la construcción de un paso a nivel sobre las vías del NCA que comunique la calle Vélez Sarsfield con la calle interna de la plaza del Ferroviario.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de julio de 2017
Decr. 984/17 Diferentes trabajos de obras públicas en Bv. San Diego entre Av. Gral. J. D. Perón y calle San Luis
Expte. Nº 6.152/17.
VISTO:
La Ley N° 2756
Reclamo de Vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que el Bv. San Diego entre la Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis, se hace casi imposible poder cruzarlo, debido al gran caudal de tráfico que se genera a diario y por no poseer la señalización correspondiente que le facilite al peatón poder circular hacia la vereda contraria de manera no dificultosa.
Que en dicho bulevar se encuentran establecimientos educativos tanto de nivel primario como secundario, sumado a los clubes infantiles de la zona, los cuales poseen gran convocatoria en distintas horas del día.
Que esto complica a un más la circulación sobre la arteria potenciando constantemente la generación de accidentes, poniendo en riesgo y en peligro la integración física de cada persona que transita en la zona.
Que sería una solución la construcción de un cantero central en el Bv. San Diego, señalizando bajo todas las normativas de transito correspondientes cada esquina para facilitar el cruce de la misma.
Que cotidianamente en esta arteria, la cual es una de las principales de nuestra ciudad debido a su tráfico vehicular, se observan numerosos accidentes por la falta de señalización en cada una de sus intersecciones comprendidas desde Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 984/2017
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria de Obras Publicas realice un estudio de factibilidad para la construcción de un cantero central en el Bv. San Diego entre las intersecciones con la Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria de Obras Publicas proceda a señalizar de manera correspondiente las sendas peatonales en cada esquina del Bv. San Diego entre la Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras Públicas proceda a colocar sobre el Bv. San Diego entre Av. Gral. J. D. Perón y San Luis:
- a) Reductores de velocidad en cada esquina.
- b) Luminaria correspondiente en el cantero central.
- c) Semáforos en la esquina de calle Alvear.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1º de junio de 2017
Min. 2117/17 Reposición de tapa de cemento y mantenimiento de la cámara de desagüe ubicado en la intersección de Av. Gral. Juan D. Perón y Lavalle
Expte. Nº 6.077/17.
VISTO:
El reclamo de los vecinos de la zona de Av. Gral. Juan D. Perón y Lavalle,
Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756
CONSIDERANDO:
Que en la calle Av. Gral. Juan D. Perón y Lavalle a la altura del 400, se encuentra ubicado un terreno baldío con pastos muy altos.
Que en dicho terreno se encuentran alimañas tales como, alacranes, ratas, víboras los cuales representan un peligro para los niños que juegan en el lugar y los vecinos que transitan como así también para las casas de la zona que permanentemente tienen que estar cuidando que esos animales no entren en sus hogares.
Que los vecinos están cansados de llamar y reclamarle al propietario del terreno para que deje en condiciones el terreno no teniendo respuesta favorable del propietario.
Que a su vez en dicha esquina se encuentra una alcantarilla sin la tapa y es necesario reponer en forma urgente dicha tapa ya que el lugar es muy transitado especialmente por vehículos, colectivos y camiones de gran porte debido a que a metros se encuentra el ingreso al Frigorífico Swift.
Que cuando se rompió dicha alcantarilla, los vecinos hicieron los reclamos correspondientes y no obtuvieron respuestas, por lo cual los vecinos introdujeron un tanque dentro de la alcantarilla, que fue destruido y hundido por los camiones de gran porte que transitan la zona, y al estar ese tanque roto dentro de la misma no circula el agua debidamente y esta termina entrando a los hogares en los días de lluvia.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.117/2017
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área que corresponda, reponga la tapa de cemento y la reconstrucción de la cámara de desagüe ubicada en la intersección de Av. Gral. Juan D. Perón y Lavalle.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda realice la limpieza del terreno ubicado en Av. Gral. Juan D. Perón y Lavalle.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de abril de 2017
Min. 2114/16 Instalar semáforos en el cruce vehicular y peatonal en Av. Juan D. Perón y Fornieles
Expte. Nº 6.053/16.
VISTO:
Ley Nº 2.756 artículo 39º.
Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449; Decreto Reglamentario Nº 779/95.
Minuta de Comunicación Nº 1.749/2010
La problemática vial en la intersección de Av. J. D. Perón y Fornieles y;
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de Av. General Juan D. Perón y Fornieles, se producen serios inconvenientes por el importante caudal de tránsito y por la circulación de 3.500 socios que concurren diariamente al Club Talleres R.P.B, la gran mayoría menores de edad.
Que esta es una arteria muy transitada por automóviles, transportes públicos y peatones, siendo que el municipio, hace unos años incorporo reductor de velocidad, los cuales se rompen por el tránsito pesado de la zona y no son suficientes, ya que no son respetados por los automovilistas y motociclistas.
Que, es fundamental la incorporación de semáforos, para regular el tránsito vehicular en la mencionada intersección.
Que es deber del municipio prevalecer al ciudadano y evitar consecuencias fatales de los usuarios que diariamente transitan esta zona tan concurrida.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.114/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a instalar semáforos para regular el cruce vehicular y peatonal en la intersección de Av. General Juan Domingo Perón y Fornieles, en las condiciones estipuladas en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.
ART.2º) El municipio deberá estudiar la factibilidad de la incorporación de semáforos en Av. General Juan Domingo Perón y Fornieles.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de diciembre de 2016.
Decr. 946/16 Se instalen reductores de velocidad den Av. Gral. J. D. Perón entre las calles 3 de Febrero y Nogués
Expte. Nº 6.060/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que la Av. General Juan D. Perón, es una de las arterias más transitadas de la ciudad y esto hace peligroso el sector entre las calles Nogués y 3 de Febrero.
Que tampoco cuenta con semáforos que reduzcan la velocidad de los vehículos que transitan.
Que en la zona mencionada se encuentra una curva pronunciada, donde a la avenida la hace más peligrosa.
Que ya se han registrado accidentes, en el lugar mencionado, varios de ellos de suma gravedad.
Que el día viernes 17 de este mes, ocurrió un accidente grave de un motociclista, por esto los vecinos del sector proponen colocar reductores del lugar.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 946/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para través de la secretaria de obras públicas y en un plazo de 20 días hábiles, coloque reductores de velocidad en la Av. General Juan D. Perón entre las calles 3 de Febrero y Nogués.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de diciembre de 2016.
Decr. 945/16 Se realice el mantenimiento de las luminarias en la Plaza del Ferroviario y se instalen reductores de velocidad en Av. General Juan D. Perón al 1.300
Expte. Nº 6.054/16.
VISTO:
Ley orgánica de Municipalidades Nº 2756
Decreto Nº 395/12.
Minuta de Comunicación Nº 2037/13.
El reclamo de los vecinos de la zona de la Plaza del Ferroviario y;
CONSIDERANDO:
Que en la Av. General Juan Domingo Perón se encuentra la Plaza del Ferroviario.
Que dicha plaza está ubicada en una zona muy concurrida por los ciudadanos, donde muchas familias llevan sus hijos a pasear y sobre todo a pasar un grato momento de esparcimiento.
Que en la misma se encuentra un playón deportivo que los vecinos utilizan para su recreación.
Que en esta plaza los villagalvenses realizan constante actividad física (es utilizada para correr y caminar como así también los adolescentes utilizan el playón para jugar al futbol y entrenarse), tanto en horario diurno como nocturno.
Que esta zona es muy transitada vehicularmente debido a que se encuentra a metros del acceso, que es una de las entradas a la ciudad y que nos comunica con la ciudad de Rosario.
Que del otro lado del acceso se encuentra el Parque Regional.
Que a su vez se les dificulta a los ciudadanos llegar a pie hasta el Parque Regional ya que deben cruzar el acceso hasta llegar al Parque Regional, poniendo en riesgo su vida.
Que contamos con antecedentes de accidentes de tránsito en el lugar.
Que sería recomendable la incorporación de reductores de velocidad, ganando en seguridad para los transeúntes que cruzar caminando la avenida.
Que a su vez también se pudieron conocer hechos delictivos debido a la poca iluminación de la plaza.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la seguridad del ciudadano.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 945/2016
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del área que corresponda realice el mantenimiento de las luminarias en la Plaza del Ferroviario.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que gestione ante quien corresponda, la incorporación de reductores de velocidad en Av. General Juan Domingo Perón al 1.300.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de diciembre de 2016.
Decr. 919/16 SE instalen macetones con flores de estación a lo largo de las Avenidas San Martín, Gral. J. D. Perón, Alem y Soldado Aguirre
Expte. Nº 5.956/16.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
La Ley Provincial de Medio Ambiente Nº 11.717,
Las tareas de embellecimiento de las avenidas principales de la ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario cambiar el aspecto de las avenidas principales de la ciudad, para dar un efecto de embellecimiento y atraer la vista de los transeúntes.
Que al cambiar la fisonomía de los canteros centrales de la Av. San Martin y Av. Juan Domingo Perón, permitirá embellecer una de las arterias más transitadas de la ciudad y obtener una vista más agradable para los ciudadanos.
Que este proyecto tiende a mejorar con el cuidado y colocación de plantas, que no signifiquen una erogación importante en dinero para la Municipalidad y que puedan mejorar el aspecto del ambiente, con el cuidado de todos.
Que las medianas y grandes empresas de la ciudad podrían colaborar con la donación de maceteros como compromiso de su responsabilidad social sustentable y ecológica.
Que también se tendrá en cuenta al VIVERO MUNICIPAL, para el trabajo en dichos canteros centrales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 919/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria que corresponda, estudie la factibilidad de instalar macetones con flores de estación a lo largo de las Av. San Martin y Av. Juan Domingo Perón, también se deberá incluir a las Av.L.N. Além, Av. Soldado Aguirre y Av. Libertador.
ART. 2°) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá evaluar la factibilidad, de implementar el cambio de vista de los canteros principales, en un término no menor a 45 días promulgado este proyecto.
ART. 3°) Inclúyase el padrinazgo de las medianas y grandes empresas de la ciudad, para la donación de maceteros.
ART. 4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.
Decr. 915/16 Se gestione un cajero automático ante las autoridades del Nuevo Banco Santa Fe en CIM de Av. Gral. J.D. Perón 1549
Expte. Nº 5.958/16.
VISTO:
La Constitución Nacional, el artículo Nº 42, sobre derechos de usuarios y consumidores,
La ley nacional Nº 21.526, de Entidades financieras,
La Circular del BCRA COMUNICACIÓN "A" 845/1986 hacia las entidades financieras, marco regulatorio de instalación de cajeros automáticos,
La circular del BCRA COMUNICACIÓN “A” 5.983/2016, de expansión de entidades financiaras,
La problemática de faltante de cajeros automáticos en nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que en los últimos años se ha producido una notable bancarización de la economía cotidiana en todo el territorio nacional. Sin embargo, dicho proceso no ha tenido un impacto de magnitud en los pequeños comercios o negocios barriales. Así, el reemplazo definitivo del dinero líquido por el dinero virtual ha tenido sus límites visibles en la sociedad que todavía aún utiliza “el papel moneda” como medio de pago por antonomasia.
Que el artículo Nº 42 de nuestra Constitución Nacional sostiene que “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno(...)” En esta dirección, podrían encontrarse afectados algunos de los derechos prescriptos por la norma mencionada, pues los usuarios bancarios de nuestra ciudad verían notoriamente disminuida su posibilidad de acceso a un cajero automática en comparación con otras ciudades.
Que un cajero automático permite la realización de diversas operaciones sobre cuentas bancarias a saber: depósitos, extracciones, transferencias, pago de servicios, consultas de saldos, mensajes al banco, y sobre cuentas de crédito, como adelanto de dinero en efectivo, pago de resúmenes. La instalación del mismo generaría obligaciones al banco quien tendrá la responsabilidad de mantener el servicio las 24 horas, llevando además la contabilización y resumen de transacciones de uso efectuadas por sus clientes.
Que no habiendo una ley regulatoria general del sistema de cajeros automáticos, la misma debe hallarse en la circular A 845 del BCRA la cual establece entre sus normas que debe tener previa autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA) la instalación de cajeros automáticos en “Estaciones terminales ferroviarias, de ómnibus o de subterráneos, aeropuertos, centros comerciales, locales con acceso desde la vía pública adecuados a ese exclusivo fin. En estos casos, las recurrentes deberán contar con una casa operativa en la respectiva plaza(…)” En el caso de Villa Gobernador Gálvez, el Nuevo Banco de Santa Fe es la banca oficial de nuestra provincia, por tanto ante dicha entidad se debería realizar la gestión del mismo.
Que para su instalación deberán observarse las disposiciones que resulten aplicables de las normas sobre “Medidas mínimas de seguridad en entidades financieras” y, de las normas sobre “Requisitos mínimos de gestión, implementación, y control de los riesgos relacionados con tecnología informática, sistemas de información y recursos asociados para las entidades financieras”, de acuerdo a la circular Comunicación “A” 5.983/2016
Que a modo de comparación, a lo largo de la provincia se está viviendo la misma situación que acontece en nuestra ciudad. Por ello, las ciudades de: Santa Fe, San Lorenzo, Rafaela y San Javier entre otras, han tomado la iniciativa de solicitar ante el Nuevo Banco de Santa Fe la instalación de nuevos cajeros automáticos.
Que por último, cabe mencionar que la movilidad de los precios, el crecimiento demográfico, la creciente automatización del sistema, hacen imperiosa la gestión de un cajero automático para el Centro de Innovación Municipal (CIM), a fin cubrir las necesidades y expectativas de un buen servicio que requieren los concurrentes y vecinos de dicha dependencia.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 915/2016
ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda y en el término de 30 días, la gestión de un cajero automático ante las autoridades del Nuevo Banco de Santa Fe en el Centro de Innovación Municipal (CIM) de Avenida Juan Domingo Perón 1549.
ART .2) Se le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal la realización de las tareas necesarias a fin de adaptar el edifico del CIM para la instalación del cajero automático mencionado en el art. 1, garantizando el acceso de personas con movilidad reducida.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.
Decr. 873/16 Se realicen trabajos de bacheo en calle 3 de Febrero desde 17 de Octubre hasta Av. Gral. Juan D. Perón
Expte. Nº 5.816/16.
VISTO:
Ley orgánica de municipalidades N° 2756
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle 3 de febrero, entre las arterias transversales 17 de Octubre y Av. General Juan Domingo Perón, se encuentra destruida y en pésimas condiciones por la falta total de mantenimiento, donde ya hay formaciones de baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que el área mencionada en el primer párrafo, es transitada por colectivos del transporte público de pasajeros que circulan en ambos sentidos y en el mismo lugar existen diversas paradas de ómnibus y que este inconveniente puede provocar la clausura del paso de los ómnibus, de parte de la empresa, como ya ha pasado en otros lugares.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y que este punto en especial los vecinos no quieren esperar más, solo exigen resultados.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 873/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda realice bacheos en la calle 3 de Febrero desde 17 de octubre hasta Avenida Juan Domingo Perón, la obra deberá realizarse en el término de 15 días hábiles.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de junio de 2016