Expte.Nº 4.385/12.
VISTO:
La Ley Nº 2756.
El reclamo de vecinos del Barrio FONAVI de esta Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que el Barrio FONAVI de nuestra Ciudad se encuentra habitado por numerosas familias, las cuales en su mayoría contienen en su seno a niños menores de edad.
Que en las calles del barrio se generan reiteradamente micro basurales debido a que los contenedores receptores de residuos son muy escasos, generando estos montículos de basura focos infecciosos que pueden llegar a ser perjudiciales para la salud de los habitantes del lugar y particularmente de los niños.
Que los vecinos están muy preocupados ante esta problemática y solicitan se aumente el número de contenedores o volquetes en las calles del barrio para así controlar y disminuir la generación de micro basurales en la vía publica.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe asegurar la debida higiene y salubridad para los vecinos de nuestra ciudad proporcionando los medios necesarios para que esto se lleve a cabo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1926/12
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a colocar mayor cantidad de contenedores o volquetes en el Barrio FONAVI de nuestra Ciudad a fin de evitar que se generen micro basurales en la vía pública.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci