Viernes, 28 Septiembre 2012 03:51

Min. 1981/12 Reductores de velocidad en calle Belgrano entre Pasteur y Alberdi

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VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, Art. 39° Inc. 30.

El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que muchos automóviles y motos transitan por calle Belgrano sin ningún tipo de precaución, por lo que resulta necesario implementar medidas tendientes a hacer cumplir normativa de tránsito y  evitar accidentes.

Que al ser Belgrano desde Pasteur hasta Alberdi una cuadra por lo demás extensa, se ha vuelto propicia para que los motociclistas tomen dicha arteria como pista de carrera, molestando de esa forma a los vecinos y transeúntes y violando las normas vigentes.

Que es imprescindible la colocación de reductores de velocidad, con su correspondiente señalización, en calle Belgrano entre Pasteur y Alberdi a fin de aminorar la velocidad de autos y motos.

Que es deber del Concejo Deliberante bregar por la seguridad y bienestar de los vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1981/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de colocar reductores de velocidad en calle  Belgrano entre Pasteur y Alberdi y con su  correspondiente señalización.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  27 de septiembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

               

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