Expte. Nº 4.577/12.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
Reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en
Que es necesario la limpieza de basurales que se forman en las esquinas, produciéndose un foco infeccioso, siendo que es un populoso barrio con muchos niños que circulan para concurrir a las escuelas de la zona.
Que los vecinos reclaman por el mal estado de las calles, y aducen la imposibilidad que al barrio entren ambulancias, policías, taxis, remises y cualquier otro vehiculo que deba circular por la zona, en especial en los días de lluvias.
Que las zanjas de las calles de la zona se encuentran tapadas y/o obstruidas siendo necesario realizar una urgente tarea de limpieza de zanjas y desmalezamiento en la zona.
Que en épocas de verano es imposible transitar por las calles, debido a los olores nauseabundos que produce el estancamiento de las aguas en mal estado.
Que asimismo, los vecinos de la zona reclaman reparación y mantenimiento del alumbrado público.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, para una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1992/2012
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, proceda a realizar tareas de zanjeo, limpieza y desmalezamiento en toda la zona.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de octubre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci