Expte. Nº 4.599/12.
VISTO:
Ley 2.756. Art: 39 Inc.30, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Mosconi a la altura del 1900, entre Buenos Aires y San Nicolás, existe un cruce ferroviario, la cual tiene pavimento precario y se encuentra intransitable debido a la formación de pozos muy profundos de un lado y del otro de la vía.
Que es un barrio muy populoso y un paso obligado para los padres, que deben llevar sus hijos a las escuelas y/o dispensarios de la zona.
Que los vecinos piden que se realice un mejorado y hacer una bajada y/o subida más extensa, para mejorar la circulación de vehículos y transporte público.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, por una mejor calidad de vida a nuestros ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1994/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de noviembre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci