Expte. Nº 4.852/13.
VISTO:
La Constitución Nacional Art. 41º.
La Ley 2756 Art. 39º Incs. 14 y 52; Art. 41º Inc. 24.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso, conocida como loteo Las Quintas no se encuentra en condiciones de ser habitado debido a la presencia de un basural ubicado entre las calles Alem, Pasaje Malatesta y Alvear.
Que el mismo favorece la presencia de ratas y distintos tipos de alimañas que pueden afectar la salud de los vecinos.
Que la ubicación del mencionado basural obliga a los vecinos a desviar su trayecto para poder acceder al transporte urbano de pasajeros debido a que no cuentan con otra salida a calles Constitución y Alvear.
Que los vecinos del barrio solicitan se realicen distintas obras para mejorar su calidad de vida.
Que el barrio en cuestión carece de obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento.
Que la falta de obras de zanjeo implica que en días de lluvia ingrese agua a las casas provenientes de la calle o del mismo pozo ciego, debido a que en el mismo se vierten todos los líquidos de las viviendas, ya sean agua de los baños, lavadero y cocinas.
Que los vecinos solicitan las obras de zanjeo, y de ser posible, obras de cordón cuneta.
Que el estado de las calles obstruye la circulación, aumentando las condiciones de intratabilidad durante los días de lluvia.
Que, también solicitan los vecinos, se realice la apertura de las calles Constitución y Alvear, que por el momento se encuentran cerradas al paso.
Que las viviendas del mencionado loteo no cuentan con el servicio de gas natural, por lo cual solicitan se realicen las gestiones pertinentes para poder acceder al suministro del mencionado servicio.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2034/2013
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso, conocida como Loteo Las Quintas.
ART. 2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras de pavimentación y cordón cuneta o, en su defecto, mejorado en las mencionadas calles.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.
ART.4º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la remoción del basural ubicado entre las calles Alem, Pasaje Malatesta y Alvear.
ART.5º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes a fin de suministrarle el servicio de gas natural a los vecinos de la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso, conocida como Loteo Las Quintas.
ART.6º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar la apertura de las calles Constitución y Alvear.
ART.7º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci