Expte. Nº 4.880/13.
Visto:
Ley 2.756 Art. 39º Inciso 30 y;
Considerando:
Que Avenida San Martín es una arteria de importante caudal de tránsito, por la cual circulan vehículos livianos y también de gran porte como transporte de pasajeros –colectivos- y camiones.
Que en el ingreso a la ciudad desde la vecina localidad de Rosario, por Av. San Martín, saliendo del puente que une ambas ciudades, se encuentran numerosos baches de distintas dimensiones.
Que la presencia de dichos baches dificulta la transitabilidad de la arteria anteriormente mencionada debido a que en dicha intersección se encuentran los vehículos provenientes de la bajada norte de Av. Circunvalación Pte. A. Illia, los que ingresan a la ciudad desde calle Ayacucho (Rosario) y los que circulan por Av. San Martín hacia el norte e intentan girar a la izquierda para tomar la subida a Av. Circunvalación.
Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es responsabilidad del Ejecutivo Municipal como así también velar por la seguridad de los ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2040/2013
ART 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice obras de bacheo en el ingreso a Villa Gobernador Gálvez por Avenida San Martín –carriles de sentido de circulación norte/sur-.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar los baches hasta que se efectúe las reparaciones pertinentes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de agosto de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci