Expte. 5.287/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Que numerosos barrios de la ciudad carecen de la correspondiente señalización callejera, y;
CONSIDERANDO:
Que la falta de señalización no solo impide a vecinos, conductores y visitantes orientarse en la ciudad sino que atenta contra la Seguridad del Tránsito Vehicular;
Que la ausencia de señales es aún más grave en calles pavimentadas, donde pueden ocasionarse daños importantes, existiendo en este caso una responsabilidad del estado;
Que es necesario promover y proveer una mejora en la infraestructura vial a fin de crear condiciones más seguras en el tránsito de la ciudad;
Que algunas de las señales de tránsito y carteles identificatorios de las calles se encuentran en muy mal estado provocando un inminente peligro para las personas que esperan el colectivo y los ciudadanos transeúntes.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2067/2014
ART. 1º)El Concejo Deliberante de nuestra Ciudad se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría que correspondaestudie la factibilidad deseñalizar las calles de la ciudad que carecen de la correspondiente denominación, indicando: Nombre, Numeración y Sentido de Circulación Vehicular. Priorizando los barrios y reponiendo aquellos postes y señales faltantes producto de daños en la vía pública.
ART. 2º) El Concejo Deliberante de nuestra Ciudad se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría que corresponda estudie la factibilidad de reparar los carteles de señaĺización de calles y Seguridad Vehicular.-
ART. 3) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de agosto de 2014
Presidente: Raúl Avelino Martínez
Secretaria: Roberto Leiva