CONSIDERANDO:
Que en la calle
Que la concentración de
basura interrumple el flujo de agua pluvial y obstruye los desagües provocando
el riesgo de anegamientos e inundaciones.
Que es deber del
municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad, y la
prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública así como la
erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la
prevención de los mismos.
Por todo ello, el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1664/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:
- Limpieza, desobstrucción, desmalezamiento y zanjeo de calle La Esperanza.
- Reparación y mantenimiento de dichos desagües.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de mayo de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi A/C Pro Secretaria: Victoria Beloni