Expte. Nº  6.085/17.

VISTO:

Ley 2.756, y
CONSIDERANDO:

Que calle San Juan y su intersección con calle Junín se encuentra un bache de importante dimensión.

Que calle San Juan es una arteria de significativo caudal de tránsito,

Que varios conductores cambian a la mano de sentido contrario para poder seguir su trayecto, cometiendo infracciones de tránsito.

Que muchos conductores se quejan de la cantidad de averías que sufren sus vehículos si intentan atravesar este bache sin desviarse.

Que los vehículos que tratan de evitar el bache, generan situaciones de peligro para vecinos, peatones y otros vehículos.

Agregándose el inconveniente de reducir bruscamente la velocidad a causa del bache ubicado en el lugar.

Que en los días de lluvia se tapa el bache haciéndose poco visible  y que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial.

Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es deber del Municipio.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.116/2017

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache ubicado en calle San Juan y Junín

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar el bache hasta que se efectúe las reparaciones pertinentes en el sector mencionado en el Art..1º.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  28  de marzo de 2017   

 

Publicado en 2017

Expte. Nº 5.910/16

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39°.

Decreto N° 654/2014

Reclamos de vecinos, y

           

CONSIDERANDO:

Que en la calle Chile a la altura del 2000 en la esquina con calle Comandante Espora se encuentra en pésimas condiciones el estado del pavimento, en el cual se ha formado un bache de gran dimensión.

            Que por dicha arteria a diario circulan centenares de automóviles, sumado a dos líneas de ómnibus del transporte interurbano de pasajeros, las cuales tienen parada en esa esquina dificultándose el ascenso y descenso de pasajeros.

Que en días de lluvia el bache se llena de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos y del transporte interurbano de pasajeros, siendo este causal de posibles accidentes.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los vecinos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 903/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache en calle Chile esq. Comandante Espora, ubicada dentro de la Sección Catastral N° 5.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de septiembre de 2016.

 

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº  5.487/15.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39º.

Reclamos de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la calle Mosconi a la altura del 1300 esquina Urquiza,  se encuentra un bache profundo en el centro de la calle,  producto de un descuido de la empresa que realizó el trabajo de cloacas.

             Que el bache se encuentra en una calle muy transitada, y prohíbe el tránsito vehicular por su gran dimensión.

Que en días de lluvia el  bache se llena de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 753/2015

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a la reparación del bache ubicado en calle Mosconi a la altura del 1300, esquina Urquiza.

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   30 de abril  de 2015

 

 

Publicado en 2015

Expte.  Nº  5.486/15.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39º.

Reclamos de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la calle Libertad a la altura del 1800, entre Av. Filippini y Buenos Aires, se encuentra un bache de gran inmensidad y profundidad.

             Que el bache se encuentra en una calle doble mano  a escasos metros de Av. Filippini, y prohíbe el tránsito vehicular por su gran dimensión.
             Que en días de lluvia el  bache se llena de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 752/2015

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a la reparación del bache ubicado en calle Libertad a la altura del 1800, entre Av. Fiippini y Buenos Aires.

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   30 de abril  de 2015

 

 

Publicado en 2015

Expte. Nº 4.981/13.

VISTO:

             La Ley 2.756 articulo 39º incisos 30,

             El reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

           Que en la intersección de las calles Estrada y Jujuy se encuentra  un bache de importante profundidad.

          Que el mencionado lugar es de significativo caudal de transito debido a que en  la zona transitan dos líneas de transporte público.

          Que dicha situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial, principalmente para los vehículos de dos ruedas, cuyo equilibrio puede perderse de atravesar el mencionado bache.

         Que al encontrarse justo en el medio de la calle, esta queda solo de una sola mano,

        Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es responsabilidad del Ejecutivo Municipal.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 555/2013

 

ART. 1º) El concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda, realice las obras de reparación  en hormigón del bache ubicado en la intersección de calle J.M Estrada y Jujuy.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013

 

 


Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

Publicado en 2013