Expte. Nº 6.085/17.
VISTO:
Ley 2.756, y
CONSIDERANDO:
Que calle San Juan y su intersección con calle Junín se encuentra un bache de importante dimensión.
Que calle San Juan es una arteria de significativo caudal de tránsito,
Que varios conductores cambian a la mano de sentido contrario para poder seguir su trayecto, cometiendo infracciones de tránsito.
Que muchos conductores se quejan de la cantidad de averías que sufren sus vehículos si intentan atravesar este bache sin desviarse.
Que los vehículos que tratan de evitar el bache, generan situaciones de peligro para vecinos, peatones y otros vehículos.
Agregándose el inconveniente de reducir bruscamente la velocidad a causa del bache ubicado en el lugar.
Que en los días de lluvia se tapa el bache haciéndose poco visible y que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial.
Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es deber del Municipio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.116/2017
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache ubicado en calle San Juan y Junín
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar el bache hasta que se efectúe las reparaciones pertinentes en el sector mencionado en el Art..1º.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de marzo de 2017