VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las personas que concurren al Cementerio San Lorenzo de esta localidad , y lo hacen mediante los colectivos que tienen como punto terminal o inicial dicho nosocomio, se exponen permanentemente a las inclemencias del tiempo, ya sea cuando llueve, en ocasión de días de mucho viento, frío o calores, no teniendo, mientras desciende o espera la llegada del colectivo para su retorno, un lugar donde guarecerse.
Que atendiendo a dichas penurias que tiene que soportar y en el ánimo de atemperarlas de la mejor manera posible, los concejales que suscriben la presente, se apersonaron ante los titulares de la empresa concesionaria del transporte de pasajeros Villa Diego S.R.L., a los cuáles en razón de ser los actuales beneficiarios del servicios de transporte, se los solicite y se obtuvo de su parte, al construcción con carácter de donación al municipio de un refugio de material, que de ser aceptado, se concretaría a la brevedad.
Que tratándose de un beneficio para los que asisten a recordar a sus muertos queridos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 357/87
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para solicitarle preste conformidad para que
ART.2º) Por
ART.3º) Cursar nota de agradecimiento a dicha empresa.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 1.987.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone