VISTO:
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se establece una bonificación a los jubilados y pensionados de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 351/87
ART.1º) Se establece un incremento del 30 % en forma automática sobre los valores mínimos jubilatorios que establezcan las cajas correspondientes en los ajustes periódicos que estas realicen, se establece un mínimo de A 245.- (Australes Doscientos Cuarenta y Cinco).
Dado en Sala del Concejo Deliberante, diciembre 23 de 1.987.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone