VISTO:
El cuadro tarifario remitido por el Departamento Ejecutivo para ser aplicado por la Cooperativa Integral Ltda. en el Mes de Diciembre 1.988, y
CONSIDERANDO:
Los estudios realizados por la Comisión correspondiente y el Cuerpo en general, de nmo cargar los honorarios jurídicos al Facturado que debe ponerse en vigencia , por considerar que los accionistas no deben sufrir dicha carga.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 481/88
Efectuado los cálculos respectivos se redactará el nuevo cuadro a aplicar por la Cooperativa Integral Limitada de Va. Gdor. Gálvez, para el facturado Diciembre / 88. Al nuevo cuadro resultante, la Cooperativa Integral adicionará el T. A. P. y los impuestos Nacionales en vigencia.
ART.2º) La rebaja del citado por ciento está basada en la no admisión por parte de este Concejo de los Honorarios Jurídicos a soportar por la Cooperativa en el Mes de Diciembre.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 31 de Diciembre de 1.988.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone