VISTO:
La necesidad de preservar la salud general del pueblo, y
CONSIDERANDO:
Que es importante mantener la limpieza de nuestra Ciudad, que debemos evitar cualquier tipo de focos infecciosos y que debemos prohibir terminantemente que los irresponsables sigan depositando basura en cualquier sitio de nuestra Ciudad.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 514/89
ART.1º)Erradicar total y definitivamente el basural que encontramos en la intersección de las calles Mitre a la altura de 9 de Julio y Crespo, y hacia el Arroyo Saladillo por Mitre y por el campo allí existente.
ART.2º) Ordenar a los dueños de esos terrenos, que cierren convenientemente con alambrados dichos terrenos.
ART.3º) De acuerdo a Ordenanzas anteriores, castigar como corresponda a quienes cometan dichos actos tan irresponsables e ilegales como atentatorios a la salud del pueblo.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 27 de abril de 1.989.
Presidente: Juan Mintzias
Secretaria: Victor Mautone