Martes, 12 Mayo 2009 17:46

Ord. 0660/90 Se Faculta Al Dpto. Ejec. A Regl. Un Rég. Esp. De Compens. Y/O Cobro De Créd.

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VISTO:

 

El Art. 38º de la Ley provincial Nº 10.472, a la cuál este Municipio está adherido por Ordenanza Nº 602/90 ,  referido al régimen de compensación de créditos y deudas del sector público y cancelación de sus saldos netos, y

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Nacional Nº 404/90 se reglamenta un  régimen de similares características aplicable a los  estamentos Nacionales, provinciales y Municipales.

 

Que esta situación está prevista en los Arts. 2º y 3º  del decreto  Provincial  Nº 877/90 al cuál este  Municipio  se adhiere por Ordenanza Nº 593/90 .

 

Que atento a la magnitud de tales débitos o acreencias que han alcanzado en esta jurisdicción, acumulándose a  través del tiempo, ocasionando serias preocupaciones  financieras y  de  gestión, merece ser legislado  y  reglamentado  los mecanismos  que  hacen  a su  inmediata  compensación  y/o cancelación.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 660/90

 

 

ART.1º) Facúltase  al Departamento Ejecutivo Municipal, a  reglamentar  un régimen especial de compensación y/o  sobre  de créditos y deudas entre los entes no financieros de sector público Nacional o Provincial.

 

 

 

ART.2º) Inclúyase  en los alcances de esta norma los  créditos  y deudas que correspondan a obligaciones líquidas, exigibles y vencidas al 31 de julio de 1.990.

 

 

 

ART.3º) A  los  fines del cumplimiento de la  presente  norma  el Departamento Ejecutivo Municipal, encomendará a las Secretarías de Obras y servicios Públicos y a a de Hacienda, la realización  de  todas las gestiones  con  los  organismos enunciados  en  el  Art. 1º, así como  las  valuaciones  y determinación  de mecanismos de compensación  en  especies (mercaderías, maquinarias, hora hombre, fletes, etc.).

 

 

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 22 de noviembre de 1.990.

 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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