VISTO:
Que la administración Municipal atraviesa
desde hace bastante tiempo una incómoda situación económica financiera
que no le permite afrontar con sus
obligaciones elementales, como pago en término de salarios, asignaciones
familiares, fondo especial para seguridad, presupuesto del
Concejo Deliberante donde están
cubriendo al arbitrio del Poder Ejecutivo las dietas de
Diciembre de los Concejales, el no pago
del Fondo de Asistencia Educativa, y
CONSIDERANDO:
Que además de todo lo expuesto nos
encontramos con calles construidas con imposibilidad de mantenimiento, veredas rotas, parque automotor desmantelado, desagües
tapados, caños rotos, etc. se
hace necesario que a fin de que por
lo menos
mantener la actual y complicada situación,
y teniendo preferentemente en cuenta que este año 1.991 será cuando las
actuales autoridades del
Gobierno Municipal dejarán
de ejercer funciones y en consecuencia
deberán abstenerse de asumir
compromisos que comprometen aún más al
futuro Gobierno Municipal.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
la siguiente:
ORDENANZA Nº 689/91
ART.1º) Dispóngase a partir del 30 de Abril de 1.991 el congelamiento de todas las vacantes en
ART.2º) La restricción impuesta en el punto anterior se refiere a la incorporación de
personal a la planta
permanente municipal.
ART.3º) La contratación de personal
temporario no podrá superar la fecha
tope del 5 de Diciembre de 1.991.
ART.4º) Cualquier disposición de carácter posterior que se oponga a la presente será considerada nula a sus
efectos y responsable directo sus
ejecutores.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de Abril de 1.991.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone