VISTO:
Las
patologías sociales, DROGADICCION, ALCOHOLISMO, DISCAPACIDAD, y la necesidad de replantear determinadas situaciones dentro de nuestra
Comunidad.
Que la vejez no es solamente una cuestión de
edad ni del cuerpo, sino un
estado de estancamiento psíquico, que padecen
aquellas personas asiladas de la sociedad
por algún motivo.
Que
muchas veces ese motivo es la deficiencia física, o el daño mental provocado por la droga o el
alcohol.
Que
la falta de creatividad ay trabajo que
involucre a este tipo
de personas hace a la presencia de
quienes lucran en su beneficio con los cuerpos de nuestros jóvenes.
Que parte de nuestra población está siendo
utilizada como un elemento de consumo de
un mercado, el que sólo tiende a la transformación de una sociedad en vieja y
enferma.
La
falta en nuestra comunidad de un ente avalado por
CONSIDERANDO:
El
deber que nos fue otorgado por el Pueblo, de mejorar la calidad de vida de
nuestra comunidad.
Que
debemos tratar por todos los medios de
frenar el Síntoma Social,
el cual no es el que se
produce en su Sujeto, sino es aquello que nos alerta de
un mal funcionamiento den nuestra sociedad.
La necesidad de crear en favor de quiénes
viven marginados por la deficiencia física, o la ignorancia familiar y que esa marginación no sea el escalón
anterior a la droga.
Que es imperiosa la detención del comercio infrahumano,
el cual lleva a la producción de
desechos que no se pueden procesar.
Que debemos terminar con las propagandas
contra
Son
prioritarias las intervenciones que
promuevan la creación de un espacio grupal propio en el cuál se confieran oportunidades de expresión a sus integrantes.
La
falta en nuestra comunidad de un
Departamento de
Que debemos dejar de estar al margen y
participar creando condiciones de
solidaridad entre las personas permitiendo
Re - Crear
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA Nº 786/92
ART.1º) DEL NOMBRE: Dése el nombre de HACER
al presente proyecto de Ordenanza.
FIN: Crear
en la conciencia de la
ciudadanía todo un compromiso solidario de participación.
ART.2º) DEL ESPACIO FISICO: Acción Social y
Medio Ambiente designará un lugar físico acorde a las necesidades del proyecto.
FIN:
El espacio físico deberá tener la suficiente
dimensión para que en el mismo pueda funcionar un Centro
de Rehabilitación del drogadicto,
un Banco de Préstamos de elementos
ortopédicos y el desarrollo
de actividades y diversos talleres.
MEDIOS: La
erogación económica que origine
el espacio físico deberá realizarse con la colaboración de Instituciones
de Bien Público, empresas , personas o entes oficiales que deseen hacerse cargo.
ART.3º) DEL DIRECTOR DEL PROYECTO: El
Ejecutivo Municipal nombrará una persona
encargada de la ejecución y
dirección general del proyecto.
FIN:
Esta persona deberá ser lo suficientemente capacitada para coordinar las actividades en etapas,
las que
se sucederán hasta la concreción total de HACER.
ART.4º) DEL PERSONAL: El Ejecutivo Municipal
nombrará un empleado discapacitado, para la atención del Banco de
Préstamos de elementos.
FIN:
Se trata de que esta persona cumpla
más eficientemente el trabajo dado su condición y además podrá
ser un nexo para acercar ciudadanos de similar
condición física con espíritu solidario.
ART.5º) DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR:
5a) ACTIVIDADES
DENTRO DE
a) Talleres con adolescentes y padres.
FIN:
se abordarán temas de interés general y
fundamentalmente el de
b) Talleres de Música, Arte, de Danzas, de
Arte Literario.
FIN:
mediante la incursión en las artes podrá
mantenerse activa la mente de los participantes, permitiendo un desarrollo y
una forma de expresión de sus
inquietudes.
c) Banco de elementos ortopédicos.
FIN: mediante el préstamo de aparatos
ortopédicos se podrá cubrir
una falla grave en nuestra comunidad
que carece de un lugar destinado, no sólo al
discapacitado físico, sino al
discapacitado en tránsito, que no pueden
abonar e4l alquiler requerido por una ortopedia.
El mismo tendrá como finalidad, además del préstamo,
la reparación y construcción de
nuevos elementos, realizar las tramitaciones correspondientes
ante los entes oficiales de
Además de asistir a los necesitados, el Banco
atenderá cuando la capacidad de elementos lo permita, el pedido de quienes
puedan abonar una renta o comprar alguna
de las fabricaciones propias.
En una
segunda etapa el encargado del proyecto en conjunto con el Ejecutivo Municipal crearán el
Departamento de
d) Podrán realizarse también, dentro de
FIN: con la fabricación de determinadas
prendas puede llegarse a la venta con bajos costos para el consumidor y de esa manera auto subvencionar parte del
proyecto.
e) Un Consultorio Psicológico.
FIN: asistir los casos que requieran
de un tratamiento especial y personal,
siempre en el campo de
5b) ACTIVIDADES
FUERA DE
a) Talleres con alumnos, padres y docentes en
las Escuela en general.
b) Huertas Comunitarias.
c) Actividades de apicultura.
d) Talleres de costura y tejido.
e) Actividades deportivas gripales, etc.,
etc.
ART.6º) RELACION
INTER INSTITUCIONAL: el
Ejecutivo Municipal realizará las
gestiones que sean necesarias para
unificar en este proyecto el Banco de préstamo de elementos ortopédicos
ya existente en la ciudad.
FIN: aunar esfuerzos y conocimientos
ya adquiridos para un mejor funcionamiento.
ART.7º) Los casos que demanden erogaciones, las
cuales no puedan ser absorbidas
por
ART.8) Los
empleados Municipales nombrados en la medida que el
proyecto lo necesite deberán ser aquellos que surjan de la misma Institución.
ART.9º) Las actividades que tomen carácter de Microemprendimiento, deberán ser
reglamentadas por una Ordenanza adicional; la cual será insertada al proyecto
HACER.
ART.10º) Dada
la importancia que implica la recuperación
de un sector de la sociedad para ser utilizado en
beneficio de la misma deberá declararse
el proyecto de Interés Municipal.
ART.11º) Elévese el proyecto a
ART.12º) Comuníquese, Publíquese, Archívese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Octubre 1, 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea