VISTO:
Que es de suma importancia el alquiler de una
máquina tipo cargadora frontal por el término de 200 horas, y
CONSIDERANDO:
Que para
realizar movimientos de tierra
en distintos sectores de la
ciudad, se hace necesario contar con
dicha máquina.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 774/92
ART.2º)
Se consideren los presupuestos mencionados por el Sr.
Secretario de Obras y Servicios Públicos,
teniendo en cuenta el más conveniente
para el Municipio; de acuerdo a importe
presupuestado y otros rubros que deben considerarse.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 14 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea