VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el
cobro del Séptimo Anticipo Mensual correspondiente al Período Fiscal 1.992.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 764/92
ART.1º)
Emítase el Séptimo Anticipo Mensual de
ART.2º)
Fíjase como primer vencimiento del sexto Anticipo Mensual el día 10 de Agosto
de 1.992.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 16 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea